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3.1. La UMH podrá renunciar a la Mantener la máxima confidencialidad sobre dichos
titularidad de los resultados regulados por la presente resultados, evitando cualquier tipo de difusión tanto
normativa y podrá cederla a sus inventores/autores en oral como escrita.
el caso de que éstos hayan manifestado su propósito Facilitar a la UMH cuanta documentación e
de protegerlos, para que puedan depositar la solicitud información resulte necesaria para la protección del
de protección en su propio nombre. En este caso, la resultado.
UMH tendrá derecho a una licencia no exclusiva, Cooperar con la Universidad en cualquier acción que
intransferible y gratuita de uso de los títulos de que se ésta emprenda relativa a la protección, defensa y
trate. explotación de sus derechos de Propiedad Industrial o
3.2. En el caso de que la UMH decida ceder la Intelectual.
titularidad a sus inventores/autores éstos deberán
informar a la UMH de los contratos de explotación Capítulo 2.- De la Comisión Delegada
suscritos con terceros y del momento en que la
explotación tenga lugar. La UMH tendrá derecho a una Artículo 5: Comisión Delegada del Consejo de
participación del 30% de los beneficios netos que los Gobierno
inventores/autores obtengan de la explotación de 5.1 Corresponde a la Comisión Delegada del Consejo
tales títulos, y que se distribuirán de la siguiente de Gobierno en materia de Propiedad Industrial e
manera: Intelectual (en adelante, Comisión Delegada), resolver
20% para la UMH los procedimientos sobre protección, mantenimiento
10% para los departamentos/institutos a los que y explotación de los resultados de la investigación y de
pertenezcan los inventores/autores, en proporción a las obras reguladas por la presente normativa.
la participación de éstos. 5.2 Dicha Comisión estará compuesta por el
3.3. La UMH podrá, motivadamente, retirar o Vicerrector con competencias en materia de
abandonar cualquier solicitud o título de protección Transferencia de Conocimiento, que la presidirá, y
en los términos que se establezcan en la legislación cinco vocales designados por el Consejo de Gobierno
aplicable. En este caso la UMH lo pondrá en de entre su personal docente e investigador. También
conocimiento de los inventores ofreciéndoles, si lo podrá asistir a las reuniones de la Comisión Delegada
valora procedente, la posibilidad de continuar con la un representante del Servicio de Gestión de la
protección de la invención a su nombre. Investigación-OTRI, con voz, pero sin voto.
5.3 La convocatoria de las sesiones de la Comisión
Artículo 4 Derechos y obligaciones de los Delegada se realizará desde el Vicerrectorado con
inventores/autores competencias en Transferencia de Conocimiento.
4.1. Los inventores/autores que generen cualquier Deberá notificarse por escrito con una antelación
resultado/obra en el ámbito de esta normativa, mínima de cinco días e incluirá el correspondiente
tendrán derecho a: orden del día y la documentación perteneciente de los
1.- participar en los beneficios que obtenga la UMH de asuntos a tratar. No obstante, lo anterior se podrá
la explotación de los derechos sobre los resultados convocar reuniones, con carácter urgente, con una
generados. antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
2.- ser reconocido como inventor/autor del resultado
obtenido Artículo 6.- Sesiones de la Comisión Delegada
4.2. Los inventores/autores que generen cualquier Las sesiones de la Comisión Delegada podrán
resultado que pudiera ser susceptible de protección celebrarse de forma presencial o de forma telemática,
mediante títulos de Propiedad Industrial o Intelectual determinando el Presidente la modalidad de cada
en el ámbito de esta normativa, estarán obligados a: sesión.
Notificar a la UMH el resultado en un plazo máximo de 6.1 Sobre las sesiones presenciales de la Comisión
tres meses desde su obtención, siempre con carácter Delegada:
previo a su publicación o divulgación, y con Para que sea válida la constitución de la Comisión
independencia de su posición respecto a la protección Delegada, a efectos de la celebración de reuniones,
de dicho resultado. deliberación y toma de acuerdos, se requerirá la
presencia del Presidente y Secretario, o de quienes les
sustituyan y la mayoría de sus miembros. De no
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