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b) en la cual cada imagen tenga la estructura o parte   una obra o un programa de ordenador en el
                de la estructura de una de las superficies del producto   Registro de la Propiedad Intelectual, serán los autores
                semiconductor  en  cualquiera  de  sus  fases  de   quienes  lo  presente  ante  el  mencionado  registro,
                fabricación.                                    trasladando  posteriormente  el  expediente  al  SGI-
                12.2 Para llevar a cabo la protección de una topografía   OTRI.
                de semiconductores se estará a lo establecido en el   14.3  En  los  programas  de  ordenador,  con
                Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento   independencia  de  que  se  registren  o  no,  se  hará
                interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo   constar  en  la  primera  pantalla  o  primera  página  lo
                4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    siguiente:
                12.3 El SGI-OTRI llevará un registro de las topografías
                de semiconductores solicitadas bajo titularidad de la   Copyright <año> UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ
                UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión   DE ELCHE. Todos los derechos reservados
                Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados a   14.4 El SGI-OTRI llevará un registro de los programas
                los  efectos  de  su  inclusión  en  el  patrimonio  de  la   de ordenador solicitados bajo titularidad de la UMH y
                Universidad como inmovilizado inmaterial        comunicará  al  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
                                                                Patrimonial los registros solicitados a los efectos de su
                Capítulo 6: Diseños Industriales                inclusión  en  el  patrimonio  de  la  Universidad  como
                                                                inmovilizado inmaterial
                Artículo 13.- Concepto y procedimiento de protección
                13.1 Se entiende por diseño industrial la apariencia   Capítulo 8: Otras Obras de propiedad intelectual
                externa  de  un  producto  que  se  deriva  de  líneas,
                contornos, colores, forma, textura, materiales y/o su   Artículo 15.- Concepto y Procedimiento
                ornamentación.                                  15.1 Se entiende por obra a efectos de la presente
                13.2  Con  relación  a  la  protección  y  extensión  del   normativa las creaciones originales literarias, artísticas
                diseño  industrial  se  estará  a  lo  establecido  en  el   o  científicas  expresadas  por  cualquier  medio  o
                Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento   soporte, tangible o intangible, actualmente conocido
                interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo   o que se invente en el futuro.
                4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    15.2  Para  la  publicación  de  libros  en  la  Editorial
                13.3  El  SGI-OTRI  llevará  un  registro  de  los  diseños   Electrónica de la UMH el procedimiento a seguir será
                industriales solicitados bajo titularidad de la UMH y   el establecido por el Servicio de Bibliotecas.
                comunicará  al  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y   15.3 Para la publicación de los artículos científicos, así
                Patrimonial los registros solicitados a los efectos de su   como  de  los  libros  en  los  que  el  personal  con
                inclusión  en  el  patrimonio  de  la  Universidad  como   vinculación  funcionarial  y  contractual  de  la  UMH
                inmovilizado inmaterial                         participe a título gratuito y sin posterior compensación
                                                                económica por derechos de autor, la UMH cede los
                Capítulo 7: Programas de Ordenador              derechos  patrimoniales  sobre  dichas  obras  a  los
                                                                autores,  pudiendo,  consiguientemente,  los  autores
                Artículo 14.- Concepto y Procedimiento Protección de   firmar  la  cesión  de  derechos  solicitada  por  las
                los programas                                   editoriales.
                14.1 A efectos de la presente normativa se entiende
                por  programa  de  ordenador  toda  secuencia  de   Capítulo 9: Know-How
                instrucciones  o  indicaciones  destinadas  a  ser
                utilizadas,  directa  o  indirectamente,  en  un  sistema   Artículo 16.- Concepto
                informático para realizar una función o una tarea o   Se entiende por know-how a efectos de la presente
                para  obtener  un  resultado  determinado,  cualquiera   normativa, el conocimiento técnico, explicitado que
                que fuere su forma de expresión y fijación. Quedan   pueda ser considerado nuevo, sustantivo y útil para su
                incluidos  dentro  del  programa  de  ordenador  la   explotación,  resultado  de  las  actividades  de
                documentación preparatoria, técnica y los manuales   investigación de la UMH, cuya protección se obtiene
                de uso.                                         mediante secreto industrial y que vaya a ser objeto de
                14.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en el   transferencia a una empresa para su explotación.
                artículo 8, en el caso de que apruebe la inscripción de

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