Page 122 - 2020-TomoII (V7)
P. 122

Artículo 9.- Asunción de costes       de tres meses al vencimiento del plazo de prioridad,
                En el caso de que la Comisión Delegada resuelva de   aportando:
                forma positiva sobre la protección de los resultados de   -  Comunicación  de  Interés  en  extensión
                investigación, las tasas oficiales, así como los costes de   internacional de la protección
                protección y mantenimiento correrán a cargo de la     - Plan de explotación del resultado
                partida del presupuesto que la Universidad dotará al   11.2 El SGI-OTRI examinará la documentación recibida
                efecto,  de  acuerdo  a  los  límites  económicos   y realizará un informe de potencial de mercado que
                aprobados por la Universidad anualmente.        remitirá  a  la  Comisión  Delegada  junto  con  la
                La  partida  de  presupuesto  será  gestionada  por  el   documentación que considere oportuna, a fin de que
                Vicerrectorado con competencias en Transferencia de   ésta, en el plazo máximo de un mes, resuelva acerca
                Conocimiento.                                   de  la  conveniencia  de  dicha  extensión.  En  la
                El mantenimiento de la protección de los resultados   instrucción del procedimiento, la Comisión Delegada
                estará condicionado a la viabilidad de explotación de   podrá  solicitar  cuanta  información  adicional  estime
                la misma y a la disponibilidad de fondos.       oportuna   y   podrá   dar   audiencia   a   los
                                                                inventores/autores cuando la propuesta de resolución
                Capítulo 4: Patentes/Modelos de Utilidad        del procedimiento así lo requiera.
                                                                11.3 La Comisión Delegada valorará la documentación
                Artículo 10.- De la protección a nivel nacional:   aportada  y,  en  su  caso  la  información  requerida
                10.1  Si  como  consecuencia  del  procedimiento  al   durante  el  procedimiento  de  instrucción,  y  se
                efecto  instruido  la  Comisión  acuerda  instar  la   pronunciará sobre la extensión de la protección de la
                protección de la invención, para la tramitación de la   patente.
                inscripción de una invención, los inventores podrán   11.4  En  el caso  de  que  los inventores,  mediante  la
                contar  con  el  apoyo  de  los  adecuados  servicios   cumplimentación del modelo referido en el apartado
                profesionales externos y con el asesoramiento técnico   uno,  comuniquen  que  no  están  interesados  en  la
                del SGI-OTRI, redactarán un borrador de la memoria   extensión de la protección de la patente, o cuando no
                de solicitud de patente, que será revisado por el citado   se hayan pronunciado expresamente al respecto con
                Servicio.                                       un mes de antelación a la fecha de vencimiento del
                10.2  El  SGI-OTRI  gestionará  la  presentación  del   periodo de prioridad de la patente española, el SGI-
                expediente  resultante  ante  la  OEPM,  y  mantendrá   OTRI dará traslado de esta circunstancia a la Comisión
                informado  al  investigador  responsable  de  cualquier   Delegada junto con un Informe Potencial de mercado
                incidencia  que  pudiera  producirse  durante  la   para  que,  en  todo  caso,  se  pronuncie  sobre  la
                tramitación del citado expediente.              conveniencia de la extensión.
                10.3  Si  como  consecuencia  del  procedimiento  al   11.5  El  acuerdo  de  la  Comisión  Delegada  será
                efecto  instruido,  la  Comisión  Delegada  resuelve  no   notificada al investigador responsable a través del SGI-
                instar la protección, se estará a lo establecido en los   OTRI.
                apartados 3.1 y 3.2 de la presente normativa.   11.6 La entrada en fases nacionales a la finalización del
                10.4 El SGI-OTRI llevará un registro de las patentes y   procedimiento  de  extensión  internacional  quedará
                modelos de utilidad solicitadas bajo titularidad de la   condicionada a la existencia efectiva de acuerdos de
                UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión   explotación con empresas o a la posibilidad real de
                Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados a   suscribir un contrato de explotación con una empresa
                los  efectos  de  su  inclusión  en  el  patrimonio  de  la   que  financie  los  gastos  que  dicha  gestión  pueda
                Universidad como inmovilizado inmaterial        ocasionar.

                Artículo 11.- De la Extensión Internacional     Capítulo 5: Topografía de semiconductores
                11.1  Los  inventores,  a  través  del  investigador
                responsable,  podrán  manifestar  su  interés  por   Artículo 12: Concepto y procedimiento de protección
                extender  la  protección  de  una  patente/modelo  de   12.1 Se entiende por topografía de semiconductores
                utilidad  a  otros  países,  a  través  del  procedimiento   una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere
                establecido  en  el  presente  apartado.  Este  interés   la manera en que estén fijadas o codificadas:
                deberá comunicarse al SGI-OTRI, con una antelación   a) que representen la estructura tridimensional de las
                                                                capas que componen el producto semiconductor,


               122 | P á g i n a                                 Presupuesto
   117   118   119   120   121   122   123   124   125   126   127