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ANEXO X: NORMATIVA INTERNA PARA LA GESTIÓN DE LOS
REMANENTES PRESUPUESTARIOS PROCEDENTES DE ACCIONES DEL VII
PROGRAMA MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA.
Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 19 de septiembre de 2007
Modificada:
a. Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones 2ª, 3ª, y 5ª.
b. Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2013. Modificación de la Disposición 5ª.
c. Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2019. Modificación del punto 5º e inclusión de transitorias.
acciones del VII Programa Marco ejecutadas en
la UMH, se repartirán de la forma siguiente:
Objetivo de la normativa propuesta
La presente normativa tiene por objeto establecer a) El 50% se destinará a engrosar un fondo
una regulación interna en la UMH para la gestión de común de la Universidad
los fondos remanentes (RLDs) procedentes de
acciones del VII Programa Marco de la Unión b) El otro 50% se destinará al grupo de
Europea. investigación que desarrolló el proyecto. Dicho
grupo de investigación deberá presentar, para su
Disposiciones normativas
aprobación preceptiva, un plan de utilización de
dichos fondos. Se detraerá de estos fondos la
1) Los remanentes presupuestarios RLDs de las
cantidad previamente consumida durante el
acciones del VII Programa Marco que se realicen
desarrollo del proyecto, de acuerdo con lo
en la UMH, pertenecen a dicha institución, y
establecido en la disposición 2ª).
serán puestos a disposición de la misma, una vez
que finalicen todas las operaciones previstas en
4) El fondo común generado con estos remanentes
cada acción, esto es, cuando se produzca el pago
se destinará a fortalecer y consolidar las capacidades
final previsto en el Acuerdo de Subvención firmado
de investigación de la universidad en su conjunto. En
con la CE.
función de las disponibilidades del fondo y, previo
acuerdo del Consejo de Gobierno de la UMH, se
2) Los investigadores responsables de los proyectos
promoverán las siguientes actividades:
podrán hacer un uso limitado, durante el desarrollo
del proyecto, de los remanentes previstos para 1. Convocatorias de becas propias de la UMH.
cubrir gastos relacionados con la ejecución del 2. Convocatorias para la contratación de técnicos de
apoyo a la gestión de proyectos, destinados a prestar sus
proyecto y no directamente justificables en el
servicios en las Unidades Orgánicas que demuestren un
mismo. Se establece, como límite para este concepto mayor grado de actividad.
el 1% de la subvención máxima otorgada a la UMH, 3. Convocatorias para la contratación de técnicos de
laboratorio, destinados a prestar sus servicios en las
de acuerdo con las provisiones del Acuerdo de
Unidades Orgánicas que demuestren un mayor grado de
Subvención firmado con la CE y/o el Acuerdo de actividad y justifiquen su necesidad.
Consorcio firmado con los demás socios 4. Incrementar la dotación de recursos a los Servicios
participantes en el proyecto. Dicha disposición de Generales de Investigación para mejorar sus
infraestructuras y equipamientos.
fondos deberá contar con la aprobación
5. Convocatorias para financiar programas de
preceptiva del Vicerrector con competencias en internacionalización de investigadores de la UMH.
investigación. 6. Convocatorias para cubrir gastos de preparación de
proyectos europeos (Gastos de asistencia y/o organización
de reuniones, y servicios de asesoramiento para la
3) Una vez recibido el último pago previsto en el
elaboración del proyecto)
Acuerdo de Subvención, los remanentes
presupuestarios (RLDs) de cada una de las 5) El plan de utilización de los fondos
remanentes destinados al grupo de
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