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PREÁMBULO Artículo 2. Las actividades comprendidas en el
ámbito de aplicación del presente reglamento, con
La contratación de trabajos de carácter científico, independencia de la forma jurídica que adopten, y
técnico o artístico, así como de enseñanzas de de forma general, podrán agruparse en las
especialización o actividades específicas de siguientes categorías:
formación por parte de los Departamentos,
Institutos Universitarios de Investigación u otras 1. Investigación y Desarrollo.
estructuras de investigación creadas por la UMH, 2. Asesoramiento y apoyo tecnológico (entre otros,
grupos de investigación o de su profesorado está estudios o dictámenes científicos, asesoría
expresamente prevista en los artículos 68 y 83 de científico-técnica, proyectos profesionales,
la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades de 21 de certificaciones
diciembre de 2001, modificada por la Ley Orgánica 3. Formación a petición de terceros
4/2007, de 12 de abril, que remiten a la regulación 4. Prestaciones de servicio (entre otros, análisis,
específica que al respecto establezcan los informes técnicos, trabajos profesionales,
Estatutos de cada universidad en el marco de las dictámenes jurídicos, ensayos)
normas básicas que dicte el Gobierno.
Artículo 3. Se excluyen expresamente del ámbito
Los Estatutos de la UMH establecen en su artículo
de aplicación de este reglamento las siguientes
111 los principios de la Universidad en materia de
actividades o situaciones:
investigación y desarrollo, entre los que se
encuentra la transferencia a la sociedad de los I.8.- La actividad profesional de los profesores acogidos
resultados de la investigación. Asimismo, en su al régimen de dedicación a tiempo parcial siempre
artículo 114 determina las medidas que adoptará que no suponga el empleo de medios,
para potenciar esa transferencia, entre las que se instalaciones, equipamientos o servicios de la
encuentra la aprobación de los procedimientos de Universidad.
firma de contratos, de las correspondientes I.9.- Los proyectos de investigación financiados en
compatibilidades y de las condiciones de virtud de la participación de la Universidad en
remuneración de su personal, de acuerdo con lo convocatorias públicas de los planes de I+D+I,
que determine el Consejo Social. autonómicos, nacionales, europeos,
internacionales o cualesquiera otros de naturaleza
Asimismo, corresponde al Consejo de Gobierno de análoga, que se regirán por las normas específicas
la UMH, en virtud del artículo 24.1.32 de sus de la convocatoria.
Estatutos establecer los procedimientos de I.10.- Los contratos editoriales efectuados por los
autorización de los trabajos del Artículo 83 de la profesores para la publicación de sus trabajos o
LOU, los de formalización de los contratos y los para la preparación de originales destinados a la
criterios para fijar el destino de los bienes y publicación.
recursos que con estos se obtenga. I.11.- Los programas de formación o especialización que
formen parte de la oferta docente de la
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Universidad, ya sea como Título Oficial o Propio.
Artículo 1. El objeto de este Reglamento es regular Estas actividades formativas se atenderán a lo
la contratación de los trabajos de carácter regulado por el Vicerrectorado competente.
científico, técnico o artístico, así como de I.12.- Los contratos de cotitularidad y explotación
enseñanzas de especialización o actividades conjunta.
específicas de formación, que se formalizan con I.13.- Los contratos de transferencia de conocimiento
entidades o personas físicas al amparo del artículo cuya titularidad corresponda a la UMH.
83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, I.14.- Los convenios para la creación de Cátedras.
de Universidades, modificada por la Ley Orgánica I.15.- Los premios obtenidos por el profesorado
4/2007, de 12 de abril. universitario a título individual o colectivo.
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