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De los gastos generales se detraerá un 25% para Todas las actividades reguladas en esta Normativa
gastos de investigación a criterio del funcionan en régimen de autofinanciación, esto
departamento o instituto universitario, así como significa que los ingresos que generen dichas
otro 25% que será asignado al investigador actividades son de carácter finalista y, por tanto,
principal, para su libre disposición. Los financian única y exclusivamente el concepto o
correspondientes importes serán transferidos a conceptos de gastos específicos correspondientes a
medida que se vaya recibiendo en la universidad dicha actividad.
la financiación prevista. El importe de los gastos
En este sentido, hay que señalar que los efectos
generales no transferido al departamento o
económicos de estos ingresos son válidos desde el
instituto universitario o al investigador
momento en que se acredita el cobro de los mismos,
responsable queda a disposición del de manera que no se podrá materializar el gasto hasta
Vicerrectorado con competencias en Investigación que el ingreso esté efectivamente recaudado.
y Transferencia de Conocimiento para atender a
necesidades de biblioteca, reparación de equipos Por tal motivo, es imprescindible una correcta
o cualesquiera otras acciones especiales cuyo identificación de los ingresos que se produzcan por
objetivo final es el mejor funcionamiento de la dichas actividades, de modo que el Servicio de
investigación. Gestión Presupuestaria y Patrimonial pueda
generar los créditos presupuestarios necesarios para
II.5.- OPERACIONES DE GASTO
el desarrollo de la actividad que financien.
Durante la ejecución de la prestación de servicio,
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
el Departamento/Instituto emitirá cuantos
documentos contables precise hacer para cubrir Los bienes (material inventariable) que se adquieran
los gastos del mismo (pagos a proveedores, dietas, con recursos obtenidos como contraprestación de
etc.) de acuerdo con lo establecido en la las actividades reguladas en esta Normativa, se
Instrucción por la que se regula el Procedimiento incorporarán al patrimonio de la Universidad -
de Gestión de Gastos, en las normas por las que se siguiendo las normas generales de inclusión en
regulan las indemnizaciones por razón del servicio, Inventario- y quedarán adscritos al centro de gasto
y demás normas que se establezcan sobre la que haya generado los recursos correspondientes.
gestión económica de esta Universidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
II.6.- ESTADO DE CUENTAS
Los recursos obtenidos para la financiación de las
Los PR podrán consultar, el estado del centro de actividades reguladas en esta Normativa, que no
gasto asignado a sus PS en la aplicación contable hayan sido utilizados en un ejercicio se incorporarán
instalada en red de la Universidad, a través de la automáticamente al siguiente y quedarán afectados
cual se gestionarán los gastos de cada centro de a la financiación de la misma actividad que los
gasto. generó.
II.7.- RECUPERACIÓN DEL IVA DISPOSICIÓN FINAL
La recuperación del IVA se realizará en función de la La presente Normativa entrará en vigor el día
situación fiscal del régimen de IVA a la que se acoja siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la
la Universidad Miguel Hernández. Universidad Miguel Hernández de Elche
II.8.- RETRIBUCIONES AL PERSONAL Y
LIQUIDACIÓN
Las retribuciones del personal propio y ajeno se
realizarán de acuerdo con los procedimientos
previstos en el apartado I.10.
Las PS periódicas permitirán contratación en todo
momento, sin embargo, las no periódicas no podrán
contratar una vez finalizada la actividad y sin
previsión de nueva actividad. En su caso, las PS no
periódicas podrán solicitar PAR, por el importe que
se incorpore de oficio, es decir por el importe que
supere el techo de lo generado en el año anterior, o
los 3.000,00 euros de transitoria.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
110 | P á g i n a Presupuesto