Page 362 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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1. Con carácter previo a la elaboración del Documento RC de ejercicios posteriores,
procederá la emisión por el Servicio con competencias en materia de presupuestos de
certificado de cumplimiento de:
1. Que la parte de gasto imputable a ejercicios posteriores no sobrepasa los límites
reglamentarios.
2. Existencia de Crédito adecuado y suficiente previsto en el Proyecto o Presupuesto
siguiente, informado la partida presupuestaria que deberá ser utilizada en el RC de
ejercicios posteriores, que facilite la adecuada Planificación Presupuestaria, ajustando
la ejecución de la misma. En los casos de gastos que deban ser contemplados en la
Programación Plurianual, que no estuvieran previstos o previstos por importe menor,
iniciará expediente de modificación de Programación Plurianual.
2. El Servicio Gestor expedirá un documento “RC” de ejercicios posteriores detallando el
importe del gasto en cuestión correspondiente a cada uno de los ejercicios posteriores
afectados, adicional al “RC” de retención de créditos para gastar imputable a la anualidad en
curso a tramitar por el Servicio de Contratación.
3. Una vez aprobado el RC, se remitirá para su contabilización, guardando el Servicio con
competencias en Presupuestos, copia del documento “RC” de ejercicios posteriores, que
tendrá efectos de certificación para su consideración en la planificación presupuestaria de
ejercicios futuros.
4. Las posibles anulaciones que sea necesario realizar en la tramitación de gastos de carácter
plurianual, se efectuarán por el Servicio Gestor, remitiéndose “RC/ de ejercicios posteriores”
para su contabilización, guardando copia que tendrá efectos de certificación para su
consideración en la planificación presupuestaria de ejercicios futuros. En el caso de hacer
referencia a gastos previstos en la Programación Plurianual, se actualizará en los términos del
ajuste recibido
2. Aprobación y Compromisos de gasto derivados de los expedientes de gastos.
1. Una vez que se apruebe el expediente de gasto, el Servicio de Tramitación expedirá
documento “A” por el importe que de dicho expediente corresponda al Presupuesto en curso,
correspondiendo al Servicio Gestor la elaboración del documento “A” de ejercicios posteriores
por la parte que deba ser aplicada a ejercicios posteriores.
2. Cuando se produzca la adjudicación del gasto, el Servicio de Tramitación expedirá el
respectivo documento “D” por el importe que corresponda al Presupuesto corriente,
correspondiendo al Servicio Gestor la elaboración del documento “D” de ejercicios posteriores
por la parte que se aplique a ejercicios posteriores.
En los casos en los que se produzcan diferencias entre el importe de la Fase A, y el importe
de la Fase D, se aplicarán los siguientes criterios en la tramitación de los documentos de
ejercicios corrientes y de ejercicios posteriores:
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