Page 271 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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Nombre  y  DNI  de  todos  los  inventores/autores.   como  los  costes  de  protección  y  mantenimiento
                Porcentaje  de  participación  de  cada  uno  de  los   correrán a cargo de la partida del presupuesto que
                inventores/autores.                             la Universidad dotará al efecto, de acuerdo a los
                Investigador responsable1.                      límites económicos aprobados por la Universidad
                Título de la invención/obra.                    anualmente.
                Descripción de la invención/obra.               La partida de presupuesto será gestionada por el
                Pronunciamiento  sobre  su  interés  en  proteger  el   Vicerrectorado con competencias en Transferencia
                resultado.                                      de Conocimiento.
                Fuente de financiación.                         El mantenimiento de la protección de los resultados
                Datos  de  publicaciones  o  proyectos  existentes   estará condicionado a la viabilidad de explotación
                relacionados.                                   de la misma y a la disponibilidad de fondos.
                Cuando se trate de invenciones, la comunicación
                de resultados irá acompañada de un Informe de   Capítulo 4: Patentes/Modelos de Utilidad
                patentabilidad emitido por la OEPM, en el que la   Artículo 10.- De la protección a nivel nacional:
                Oficina se pronuncie sobre si la invención cumple   10.1  Si  como  consecuencia  del  procedimiento  al
                con los requisitos de novedad y actividad inventiva.   efecto  instruido  la  Comisión  acuerda  instar  la
                El   Vicerrectorado   con   competencias   en   protección de la invención, para la tramitación de la
                Transferencia de Conocimiento asumirá el 50% del   inscripción de una invención, los inventores podrán
                importe de dicho informe.                       contar  con  el  apoyo  de  los  adecuados  servicios
                8.3.  El  SGI-OTRI  examinará  la  documentación   profesionales  externos  y  con  el  asesoramiento
                recibida  y,  si  considerase  necesario  precisarla  o   técnico del SGI-OTRI, redactarán un borrador de la
                completarla, contactará a tal fin con el investigador   memoria de solicitud de patente, que será revisado
                responsable. El SGI-OTRI remitirá la documentación   por el citado Servicio.
                revisada a la Comisión Delegada a fin de que ésta   10.2  El  SGI-OTRI  gestionará  la  presentación  del
                resuelva  acerca de la conveniencia  de solicitar el   expediente resultante ante la OEPM, y mantendrá
                correspondiente  título  de  propiedad.  En  la   informado al investigador responsable de cualquier
                instrucción  del  procedimiento,  la  Comisión   incidencia  que  pudiera  producirse  durante  la
                Delegada  podrá  solicitar  cuanta  información   tramitación del citado expediente.
                adicional  estime  oportuna,  y  podrá  solicitar  la   10.3  Si  como  consecuencia  del  procedimiento  al
                participación  del  SGI-OTRI  y  dar  audiencia  a  los   efecto instruido, la Comisión Delegada resuelve no
                inventores/autores  cuando  la  propuesta  de   instar la protección, se estará a lo establecido en los
                acuerdo del procedimiento así lo requiera.      apartados 3.1 y 3.2 de la presente normativa.
                8.4 La resolución de la Comisión Delegada sobre la   10.4 El SGI-OTRI llevará un registro de las patentes
                protección  del  resultado  será  notificada  al   y modelos de utilidad solicitadas bajo titularidad de
                investigador responsable a través del SGI-OTRI, en   la  UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión
                un plazo máximo de tres meses desde la recepción   Presupuestaria   y   Patrimonial   los   registros
                de  la  comunicación  de  resultados  debidamente   solicitados  a  los  efectos  de  su  inclusión  en  el
                cumplimentada.                                  patrimonio  de  la  Universidad  como  inmovilizado
                Artículo 9.- Asunción de costes                 inmaterial
                En el caso de que la Comisión Delegada resuelva   Artículo 11.- De la Extensión Internacional
                de  forma  positiva  sobre  la  protección  de  los   11.1  Los  inventores,  a  través  del  investigador
                resultados de investigación, las tasas  oficiales, así   responsable,  podrán  manifestar  su  interés  por


               1 Responsable de la interlocución con la OTRI, y persona con quien   procedimiento de protección y explotación
               se intercambiarán las comunicaciones relacionadas con el
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