Page 274 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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18.2 El SGI-OTRI llevará un registro del know- de garantizar una difusión previa adecuada del
how entendido según el artículo 16 y titularidad de mismo.
la UMH y comunicará al Servicio de Gestión 20.2 El SGI-OTRI podrá recurrir a profesionales
Presupuestaria y Patrimonial el Know-How a los externos para realizar las actuaciones de
efectos de su inclusión en el patrimonio de la promoción y comercialización de los resultados de
Universidad como inmovilizado inmaterial. la UMH. Esta colaboración se regulará mediante los
correspondientes acuerdos.
Capítulo 10: Variedades Vegetales 20.3 Cualquier resultado con anterioridad a ser
Artículo 19.- Concepto y Procedimiento transferido tendrá que contar con una declaración
del Vicerrector con competencias en Transferencia
19.1 Se entiende por variedad vegetal un conjunto de Conocimiento, de que el resultado no es
de plantas de un solo taxón botánico del rango más necesario para la defensa o mejor protección del
bajo conocido que, con independencia de si interés público, en virtud del artículo 55 de la Ley
responde o no plenamente a las condiciones para 2/2011 de Economía Sostenible.
la concesión de un derecho de obtentor, pueda: 20.4 El SGI-OTRI en colaboración con el
a) Definirse por la expresión de los caracteres investigador responsable, será el servicio
resultantes de un cierto genotipo o de una cierta encargado de negociar con la empresa interesada
combinación de genotipos. la licencia de los derechos de explotación de los
b) Distinguirse de cualquier otro conjunto de resultados de investigación.
plantas por la expresión de uno de dichos 20.5 El contrato de licencia de explotación
caracteres por lo menos, y definitivo será sometido a la aprobación de la
c) Considerarse como una unidad, habida cuenta Comisión Delegada en materia de Propiedad
de su aptitud a propagarse sin alteración. Industrial e Intelectual.
19.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en 20.6 Este artículo no será de aplicación a los
el artículo 8, en el caso de que se esté interesado contratos de licencia suscritos para la creación de
en la inscripción de la variedad vegetal serán los empresas de base tecnológica de la UMH.
autores quienes remitan la documentación al
Registro, trasladando posteriormente el expediente Artículo 21.- Distribución de los ingresos obtenidos
al SGI-OTRI por la explotación de los resultados
19.3 El SGI-OTRI llevará un registro de las 21.1 Los ingresos obtenidos como consecuencia de
variedades vegetales solicitadas bajo titularidad de los contratos de explotación de los resultados de
la UMH y comunicará al Servicio de Gestión investigación que correspondan a la UMH
Presupuestaria y Patrimonial los registros compensarán en primer lugar los gastos en los que
solicitados a los efectos de su inclusión en el haya incurrido la Universidad asociados a la
patrimonio de la Universidad como inmovilizado protección de los resultados.
inmaterial 21.2 La diferencia entre los ingresos recibidos y los
gastos incurridos serán considerados como los
Capítulo 11: Explotación de los resultados beneficios generados como consecuencia del
Artículo 20.- Promoción y comercialización de los contrato de explotación del resultado suscrito y se
resultados protegidos distribuirán mediante el siguiente reparto:
20.1 A partir de la presentación de la solicitud de .- 70% entre los inventores/autores del resultado,
protección del resultado de investigación el SGI- repartido de acuerdo al porcentaje de participación
OTRI lo incorporará en la Cartera de resultados que que le corresponde a cada inventor según consta
figura en su página web institucional con el objeto en la Comunicación de resultados remitida al SGI-
OTRI.
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