Page 274 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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18.2   El SGI-OTRI llevará  un registro  del  know-  de  garantizar  una  difusión  previa  adecuada  del
                how entendido según el artículo 16 y titularidad de   mismo.
                la  UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión   20.2   El SGI-OTRI podrá recurrir a profesionales
                Presupuestaria  y  Patrimonial  el  Know-How  a  los   externos  para  realizar  las  actuaciones  de
                efectos  de  su  inclusión  en  el  patrimonio  de  la   promoción y comercialización de los resultados de
                Universidad como inmovilizado inmaterial.       la UMH. Esta colaboración se regulará mediante los
                                                                correspondientes acuerdos.
                Capítulo 10: Variedades Vegetales               20.3   Cualquier resultado con anterioridad a ser
                Artículo 19.- Concepto y Procedimiento          transferido tendrá que contar con una declaración
                                                                del Vicerrector con competencias en Transferencia
                19.1 Se entiende por variedad vegetal un conjunto   de  Conocimiento,  de  que  el  resultado  no  es
                de plantas de un solo taxón botánico del rango más   necesario para la defensa o mejor protección del
                bajo  conocido  que,  con  independencia  de  si   interés público, en virtud del artículo 55 de la Ley
                responde o no plenamente a las condiciones para   2/2011 de Economía Sostenible.
                la concesión de un derecho de obtentor, pueda:   20.4   El  SGI-OTRI  en  colaboración  con  el
                a)  Definirse  por  la  expresión  de  los  caracteres   investigador   responsable,   será   el   servicio
                resultantes de un cierto genotipo o de una cierta   encargado de negociar con la empresa interesada
                combinación de genotipos.                       la licencia de los derechos de explotación de los
                b)  Distinguirse  de  cualquier  otro  conjunto  de   resultados de investigación.
                plantas  por  la  expresión  de  uno  de  dichos   20.5   El  contrato  de  licencia  de  explotación
                caracteres por lo menos, y                      definitivo  será  sometido  a  la  aprobación  de  la
                c) Considerarse como una unidad, habida cuenta   Comisión  Delegada  en  materia  de  Propiedad
                de su aptitud a propagarse sin alteración.      Industrial e Intelectual.
                19.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en   20.6   Este  artículo  no  será  de  aplicación  a  los
                el artículo 8, en el caso de que se esté interesado   contratos de licencia suscritos para la creación de
                en la inscripción de la variedad vegetal serán los   empresas de base tecnológica de la UMH.
                autores  quienes  remitan  la  documentación  al
                Registro, trasladando posteriormente el expediente   Artículo 21.- Distribución de los ingresos obtenidos
                al SGI-OTRI                                     por la explotación de los resultados
                19.3  El  SGI-OTRI  llevará  un  registro  de  las   21.1 Los ingresos obtenidos como consecuencia de
                variedades vegetales solicitadas bajo titularidad de   los contratos de explotación de los resultados de
                la  UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión   investigación  que  correspondan  a  la  UMH
                Presupuestaria   y   Patrimonial   los   registros   compensarán en primer lugar los gastos en los que
                solicitados  a  los  efectos  de  su  inclusión  en  el   haya  incurrido  la  Universidad  asociados  a  la
                patrimonio  de  la  Universidad  como  inmovilizado   protección de los resultados.
                inmaterial                                      21.2 La diferencia entre los ingresos recibidos y los
                                                                gastos  incurridos  serán  considerados  como  los
                Capítulo 11: Explotación de los resultados      beneficios  generados  como  consecuencia  del
                Artículo 20.- Promoción y comercialización de los   contrato de explotación del resultado suscrito y se
                resultados protegidos                           distribuirán mediante el siguiente reparto:
                20.1   A partir de la presentación de la solicitud de   .- 70% entre los inventores/autores del resultado,
                protección  del  resultado  de  investigación  el  SGI-  repartido de acuerdo al porcentaje de participación
                OTRI lo incorporará en la Cartera de resultados que   que le corresponde a cada inventor según consta
                figura en su página web institucional con el objeto   en la Comunicación de resultados remitida al SGI-
                                                                OTRI.

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