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ANEXO XII: NORMATIVA INTERNA PARA LA GESTIÓN DE LOS REMANENTES
PRESUPUESTARIOS PROCEDENTES DE ACCIONES DE PROGRAMAS
COMPETITIVOS EUROPEOS E INTERNACIONALES.
Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 30 de noviembre de 2011
Modificada:
Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones 2ª,
3ª, y 5ª.
Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2013. Modificación de la Disposición 5ª.
quien verificara y diera la conformidad para realizar
dicho pago.
Objetivo de la normativa propuesta
3) Una vez recibido el último pago previsto en el
La presente normativa tiene por objeto establecer contrato o resolución de concesión, los
una regulación interna en la UMH para la gestión de
los fondos remanentes (RLDs) procedentes de remanentes presupuestarios (RLDs) de cada
acciones de Programas Competitivos Europeos e
Internacionales (Life Long Learning, ALFA, LIFE +,
EMBO, HSFP, Fundaciones Europeas e una de las acciones de Programas Competitivos
Internacionales, entre otros, así como cualquier otro Europeos e Internacionales ejecutadas en la UMH,
en el que la UMH actúe como beneficiario de la se repartirán de la forma siguiente:
ayuda).
a) El 50% se destinará a engrosar un fondo de
Disposiciones normativas investigación común de la Universidad
1) Los remanentes presupuestarios RLDs de las b) El otro 50% se destinará al grupo de
acciones de Programas Competitivos Europeos e investigación que desarrolló el proyecto. Dicho
Internacionales que se realicen en la UMH, grupo de investigación deberá presentar, para su
pertenecen a dicha institución, y serán puestos a aprobación preceptiva, un plan de utilización de
disposición de la misma, una vez que finalicen dichos fondos. Se detraerá de estos fondos la
todas las operaciones previstas en cada acción, cantidad previamente consumida durante el
esto es, cuando se produzca el pago final previsto desarrollo del proyecto, de acuerdo con lo
en el contrato firmado con el organismo financiador establecido en la disposición 2ª).
o resolución de concesión.
4) El fondo común generado con estos remanentes
2) Como norma general, durante el desarrollo del se destinará a fortalecer y consolidar las capacidades
proyecto, no se podrán realizar pagos a personal de investigación de la universidad en su conjunto. En
propio. Si fuera estrictamente necesario para la función de las disponibilidades del fondo y, previo
ejecución y el buen desarrollo del proyecto, sería el acuerdo del Consejo de Gobierno de la UMH, se
Vicerrectorado con competencias en investigación promoverán las siguientes actividades:
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