Page 269 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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con medios propios y fuera del tiempo dedicado a   1.- participar en los beneficios que obtenga la UMH
                su  actividad  profesional,  la  titularidad  de  los   de  la  explotación  de  los  derechos  sobre  los
                derechos, así como los beneficios, las obligaciones   resultados generados.
                y  responsabilidades  que  de  ellos  se  deriven,   2.-  ser  reconocido  como  inventor/autor  del
                corresponderán íntegramente al inventor/autor.    resultado obtenido
                Cuando se den las circunstancias indicadas en este   4.2. Los inventores/autores que generen cualquier
                apartado,  el  inventor/autor  podrá,  en  todo  caso,   resultado  que  pudiera  ser  susceptible  de
                proponer a la Universidad la cesión de la titularidad   protección mediante títulos de Propiedad Industrial
                del resultado.                                  o  Intelectual  en  el  ámbito  de  esta  normativa,
                Artículo  3.-  Cesión  de  titularidad.  Abandono  y   estarán obligados a:
                retirada de solicitudes                         Notificar a la UMH el resultado en un plazo máximo
                3.1. La UMH podrá renunciar a la titularidad de los   de  tres  meses  desde  su  obtención,  siempre  con
                resultados regulados por la presente normativa y   carácter  previo  a  su  publicación  o  divulgación,  y
                podrá cederla a sus inventores/autores en el caso   con  independencia  de  su  posición  respecto  a  la
                de que éstos hayan manifestado su propósito de   protección de dicho resultado.
                protegerlos, para que puedan depositar la solicitud   Mantener la máxima confidencialidad sobre dichos
                de protección en su propio nombre. En este caso,   resultados,  evitando  cualquier  tipo  de  difusión
                la UMH tendrá derecho a una licencia no exclusiva,   tanto oral como escrita.
                intransferible y gratuita de uso de los títulos de que   Facilitar  a  la  UMH  cuanta  documentación  e
                se trate.                                       información resulte necesaria para la protección del
                3.2.  En  el  caso  de  que  la  UMH  decida  ceder  la   resultado.
                titularidad a sus inventores/autores éstos deberán   Cooperar con la Universidad en cualquier acción
                informar a la UMH de los contratos de explotación   que ésta emprenda relativa a la protección, defensa
                suscritos  con  terceros  y  del  momento  en  que  la   y  explotación  de  sus  derechos  de  Propiedad
                explotación tenga lugar. La UMH tendrá derecho a   Industrial o Intelectual.
                una participación del 30% de los beneficios netos
                que  los  inventores/autores  obtengan  de  la   Capítulo 2.- De la Comisión Delegada
                explotación de tales títulos, y que se distribuirán de   Artículo  5:  Comisión  Delegada  del  Consejo  de
                la siguiente manera:                            Gobierno
                20% para la UMH                                 5.1  Corresponde  a  la  Comisión  Delegada  del
                10%  para  los  departamentos/institutos  a  los  que   Consejo  de  Gobierno  en  materia  de  Propiedad
                pertenezcan los inventores/autores, en proporción   Industrial  e  Intelectual  (en  adelante,  Comisión
                a la participación de éstos.                    Delegada),  resolver  los  procedimientos  sobre
                3.3.  La  UMH  podrá,  motivadamente,  retirar  o   protección,  mantenimiento  y  explotación  de  los
                abandonar cualquier solicitud o título de protección   resultados  de  la  investigación  y  de  las  obras
                en los términos que se establezcan en la legislación   reguladas por la presente normativa.
                aplicable.  En  este  caso  la  UMH  lo  pondrá  en
                conocimiento de los inventores ofreciéndoles, si lo   5.2  Dicha  Comisión  estará  compuesta  por  el
                valora procedente, la posibilidad de continuar con   Vicerrector  con  competencias  en  materia  de
                la protección de la invención a su nombre.      Transferencia de Conocimiento, que la presidirá, y
                Artículo 4   Derechos  y  obligaciones  de  los   cinco  vocales  designados  por  el  Consejo  de
                inventores/autores                              Gobierno  de  entre  su  personal  docente  e
                4.1. Los inventores/autores que generen cualquier   investigador. También podrá asistir a las reuniones
                resultado/obra  en  el  ámbito  de  esta  normativa,   de  la  Comisión  Delegada  un  representante  del
                tendrán derecho a:
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