Page 269 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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con medios propios y fuera del tiempo dedicado a 1.- participar en los beneficios que obtenga la UMH
su actividad profesional, la titularidad de los de la explotación de los derechos sobre los
derechos, así como los beneficios, las obligaciones resultados generados.
y responsabilidades que de ellos se deriven, 2.- ser reconocido como inventor/autor del
corresponderán íntegramente al inventor/autor. resultado obtenido
Cuando se den las circunstancias indicadas en este 4.2. Los inventores/autores que generen cualquier
apartado, el inventor/autor podrá, en todo caso, resultado que pudiera ser susceptible de
proponer a la Universidad la cesión de la titularidad protección mediante títulos de Propiedad Industrial
del resultado. o Intelectual en el ámbito de esta normativa,
Artículo 3.- Cesión de titularidad. Abandono y estarán obligados a:
retirada de solicitudes Notificar a la UMH el resultado en un plazo máximo
3.1. La UMH podrá renunciar a la titularidad de los de tres meses desde su obtención, siempre con
resultados regulados por la presente normativa y carácter previo a su publicación o divulgación, y
podrá cederla a sus inventores/autores en el caso con independencia de su posición respecto a la
de que éstos hayan manifestado su propósito de protección de dicho resultado.
protegerlos, para que puedan depositar la solicitud Mantener la máxima confidencialidad sobre dichos
de protección en su propio nombre. En este caso, resultados, evitando cualquier tipo de difusión
la UMH tendrá derecho a una licencia no exclusiva, tanto oral como escrita.
intransferible y gratuita de uso de los títulos de que Facilitar a la UMH cuanta documentación e
se trate. información resulte necesaria para la protección del
3.2. En el caso de que la UMH decida ceder la resultado.
titularidad a sus inventores/autores éstos deberán Cooperar con la Universidad en cualquier acción
informar a la UMH de los contratos de explotación que ésta emprenda relativa a la protección, defensa
suscritos con terceros y del momento en que la y explotación de sus derechos de Propiedad
explotación tenga lugar. La UMH tendrá derecho a Industrial o Intelectual.
una participación del 30% de los beneficios netos
que los inventores/autores obtengan de la Capítulo 2.- De la Comisión Delegada
explotación de tales títulos, y que se distribuirán de Artículo 5: Comisión Delegada del Consejo de
la siguiente manera: Gobierno
20% para la UMH 5.1 Corresponde a la Comisión Delegada del
10% para los departamentos/institutos a los que Consejo de Gobierno en materia de Propiedad
pertenezcan los inventores/autores, en proporción Industrial e Intelectual (en adelante, Comisión
a la participación de éstos. Delegada), resolver los procedimientos sobre
3.3. La UMH podrá, motivadamente, retirar o protección, mantenimiento y explotación de los
abandonar cualquier solicitud o título de protección resultados de la investigación y de las obras
en los términos que se establezcan en la legislación reguladas por la presente normativa.
aplicable. En este caso la UMH lo pondrá en
conocimiento de los inventores ofreciéndoles, si lo 5.2 Dicha Comisión estará compuesta por el
valora procedente, la posibilidad de continuar con Vicerrector con competencias en materia de
la protección de la invención a su nombre. Transferencia de Conocimiento, que la presidirá, y
Artículo 4 Derechos y obligaciones de los cinco vocales designados por el Consejo de
inventores/autores Gobierno de entre su personal docente e
4.1. Los inventores/autores que generen cualquier investigador. También podrá asistir a las reuniones
resultado/obra en el ámbito de esta normativa, de la Comisión Delegada un representante del
tendrán derecho a:
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