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ANEXO X: NORMATIVA INTERNA PARA LA GESTIÓN DE LOS REMANENTES

               PRESUPUESTARIOS PROCEDENTES DE ACCIONES DEL VII PROGRAMA MARCO


               DE LA UNIÓN EUROPEA.




               Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 19 de septiembre de 2007

               Modificada:

                      Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones 2ª, 3ª, y 5ª.
                      Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2014. Modificación de la Disposición 5



                                                                 Dicha  disposición  de  fondos  deberá  contar
                      Objetivo de la normativa propuesta         con la aprobación preceptiva del Vicerrector
                                                                 con competencias en investigación.
                 La presente normativa tiene por objeto establecer
                 una regulación interna en la UMH para la gestión   3) Una vez recibido el último pago previsto
                 de los fondos remanentes (RLDs) procedentes de   en   el   Acuerdo   de   Subvención,   los
                 acciones  del  VII  Programa  Marco  de  la  Unión   remanentes presupuestarios (RLDs) de cada
                 Europea.                                        una de las acciones del VII Programa Marco
                                                                 ejecutadas  en  la  UMH,  se  repartirán  de  la
                           Disposiciones normativas
                                                                 forma siguiente:
                 1) Los remanentes presupuestarios RLDs de las
                 acciones  del  VII  Programa  Marco  que  se          a) El 50% se destinará a engrosar un
                 realicen  en  la  UMH,  pertenecen  a  dicha          fondo común de la Universidad
                 institución, y serán puestos a disposición de
                 la  misma,  una  vez  que  finalicen  todas  las      b) El otro 50% se destinará al grupo de
                 operaciones previstas en cada acción, esto es,        investigación   que   desarrolló   el
                 cuando se produzca el pago final previsto en          proyecto.   Dicho     grupo     de
                 el Acuerdo de Subvención firmado con la CE.           investigación  deberá  presentar,  para
                                                                       su aprobación preceptiva, un plan de

                 2)  Los  investigadores  responsables  de  los        utilización  de  dichos  fondos.  Se
                 proyectos  podrán  hacer  un  uso  limitado,          detraerá de estos fondos  la cantidad
                 durante  el  desarrollo  del  proyecto,  de  los      previamente  consumida  durante  el
                 remanentes  previstos  para  cubrir  gastos           desarrollo  del  proyecto,  de  acuerdo
                 relacionados con la ejecución del proyecto y          con  lo  establecido  en  la  disposición
                 no directamente justificables en el mismo. Se         2ª).
                 establece, como límite para este concepto el 1%
                 de la subvención máxima otorgada a la UMH,      4)  El  fondo  común  generado  con  estos
                 de acuerdo con las provisiones del Acuerdo      remanentes  se  destinará  a  fortalecer  y
                 de  Subvención  firmado  con  la  CE  y/o  el   consolidar las capacidades de investigación de la
                 Acuerdo  de  Consorcio  firmado  con  los       universidad en su conjunto. En función  de las
                 demás  socios  participantes  en  el  proyecto.   disponibilidades del fondo y, previo acuerdo del


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