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ANEXO X: NORMATIVA INTERNA PARA LA GESTIÓN DE LOS REMANENTES
PRESUPUESTARIOS PROCEDENTES DE ACCIONES DEL VII PROGRAMA MARCO
DE LA UNIÓN EUROPEA.
Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 19 de septiembre de 2007
Modificada:
Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones 2ª, 3ª, y 5ª.
Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2014. Modificación de la Disposición 5
Dicha disposición de fondos deberá contar
Objetivo de la normativa propuesta con la aprobación preceptiva del Vicerrector
con competencias en investigación.
La presente normativa tiene por objeto establecer
una regulación interna en la UMH para la gestión 3) Una vez recibido el último pago previsto
de los fondos remanentes (RLDs) procedentes de en el Acuerdo de Subvención, los
acciones del VII Programa Marco de la Unión remanentes presupuestarios (RLDs) de cada
Europea. una de las acciones del VII Programa Marco
ejecutadas en la UMH, se repartirán de la
Disposiciones normativas
forma siguiente:
1) Los remanentes presupuestarios RLDs de las
acciones del VII Programa Marco que se a) El 50% se destinará a engrosar un
realicen en la UMH, pertenecen a dicha fondo común de la Universidad
institución, y serán puestos a disposición de
la misma, una vez que finalicen todas las b) El otro 50% se destinará al grupo de
operaciones previstas en cada acción, esto es, investigación que desarrolló el
cuando se produzca el pago final previsto en proyecto. Dicho grupo de
el Acuerdo de Subvención firmado con la CE. investigación deberá presentar, para
su aprobación preceptiva, un plan de
2) Los investigadores responsables de los utilización de dichos fondos. Se
proyectos podrán hacer un uso limitado, detraerá de estos fondos la cantidad
durante el desarrollo del proyecto, de los previamente consumida durante el
remanentes previstos para cubrir gastos desarrollo del proyecto, de acuerdo
relacionados con la ejecución del proyecto y con lo establecido en la disposición
no directamente justificables en el mismo. Se 2ª).
establece, como límite para este concepto el 1%
de la subvención máxima otorgada a la UMH, 4) El fondo común generado con estos
de acuerdo con las provisiones del Acuerdo remanentes se destinará a fortalecer y
de Subvención firmado con la CE y/o el consolidar las capacidades de investigación de la
Acuerdo de Consorcio firmado con los universidad en su conjunto. En función de las
demás socios participantes en el proyecto. disponibilidades del fondo y, previo acuerdo del
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