Page 268 - PRESUPUESTOS UMH 2018
P. 268

ANEXO XI: NORMATIVA SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL


               E INTELECTUAL DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE (UMH)

                       TITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN           2.1.2. Los resultados obtenidos por otros miembros
                Artículo 1.- Ámbito de aplicación               de  la  comunidad  universitaria,  con  vinculación
                1.- Esta normativa es de aplicación a:          funcionarial o contractual, como consecuencia de
                Los  resultados  de  los  trabajos  de  investigación,   sus funciones en la Universidad.
                desarrollo tecnológico e innovación susceptibles de   2.1.3  Los  resultados  obtenidos  por  personal  en
                derechos en exclusiva de los que sea titular la UMH   prácticas  formativas  en  investigación  durante  la
                según  lo  expuesto  en  el  artículo  2,  y  más   ejecución de su proyecto formativo. Así como los
                concretamente:                                  resultados obtenidos por cualquier beneficiario de
            o  Invención protegible mediante Patente, Modelo de   una ayuda gestionada por la Universidad que, de
                Utilidad o Topografía de semiconductores;       cualquier   forma,    colabore   con     un
            o  Diseño Industrial;                               Departamento/Instituto  para  iniciar  su  formación
            o  Programa de Ordenador                            en investigación.
            o  Otras Obras de Propiedad Intelectual             2.1.4. Los resultados cuya titularidad correspondiera
            o  Know-How                                         a cualquier persona física o jurídica, vinculada o no
            o  Variedad Vegetal                                 con  la  universidad,  y  que  haya  sido  cedida  a  la
                2.-  Esta  normativa  no  es  de  aplicación  a  los   Universidad mediante el correspondiente acuerdo
                resultados y las obras que el personal contratado o   suscrito al efecto.
                con  vinculación  estatutaria  con  la  UMH  pueda   2.1.5. Los derechos de explotación de las obras que
                generar en el ejercicio de sus funciones y siguiendo   se realicen bajo contrato suscrito por la UMH con
                instrucciones de la Universidad para solventar una   terceros.  En  particular,  corresponde  a  la  UMH  la
                necesidad  concreta  de  la  UMH,  en  cuyo  caso  la   titularidad de los derechos de explotación de los
                titularidad corresponde a la UMH sin que ésta deba   informes  científicos  emitidos  en  el  marco  de  los
                retribuir  económicamente  al  personal  encargado   acuerdos suscritos al amparo del art. 83 de la Ley
                de llevar a cabo la citada obra.                Orgánica de Universidades.
                                                                2.2. Lo señalado en el apartado anterior respecto a
                      TITULO  II:  DE  LOS  RESULTADOS  DE      titularidad de resultados, se entiende sin perjuicio
                INVESTIGACION                                   de  lo  establecido  en  los  contratos  o  convenios
                      Capítulo  1.  Titularidad,  Derechos  y   suscritos  con  entidades  públicas  o  privadas,  o
                Obligaciones                                    personas  físicas,  al  amparo  del  art.  83  de  la  Ley
            Artículo 2.- Titularidad de los resultados de I+D+i   Orgánica de Universidades (Ley 6/2001, de 21 de
                2.1.  Corresponde  a  la  UMH,  en  el  ámbito  de   diciembre), en cuyo caso se estará a lo dispuesto en
                aplicación de la presente normativa, la titularidad   los mismos.
                de  los  resultados  obtenidos  en  las  siguientes   2.3. Para aquellos supuestos en los que el resultado
                situaciones:                                    no  sea  exclusivamente  titularidad  de  la  UMH  se
                2.1.1.  Los  resultados  obtenidos  por  el  personal   suscribirá un contrato de cotitularidad con el resto
                docente  e  investigador  y  por  el  personal   de  entidades  públicas  y/o  privadas  titulares  del
                investigador,  con  vinculación  funcionarial  o   resultado,  en  el  que  se  regulará  las  condiciones
                contractual, como consecuencia de su función de   específicas de dicha cotitularidad.
                investigación en la universidad y que pertenezcan   2.4. En caso de que el resultado proceda de una
                al ámbito de sus funciones docente e investigadora.   actividad  no  relacionada  con  la  función  del
                                                                inventor/autor en la Universidad y ésta se realice



               266 | P á g i n a            Presupuesto
   263   264   265   266   267   268   269   270   271   272   273