Page 233 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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Para que la convocatoria telemática de la Investigador responsable1.
Comisión Delegada sea válida requerirá la Título de la invención/obra.
contestación por vía telemática de la mayoría de Descripción de la invención/obra.
sus miembros. Dicha contestación deberá ir Pronunciamiento sobre su interés en
dirigida al Vicerrectorado con competencias en proteger el resultado.
Transferencia de Conocimiento y con copia a Fuente de financiación.
todos los miembros de la Comisión y a la Datos de publicaciones o proyectos
Directora del Servicio de Gestión de existentes relacionados.
Investigación-OTRI. Cuando se trate de invenciones, la comunicación
de resultados irá acompañada de un Informe de
En la convocatoria telemática de la Comisión patentabilidad emitido por la OEPM, en el que la
Delegada no será válida la delegación de voto y Oficina se pronuncie sobre si la invención cumple
representación entre sus miembros. con los requisitos de novedad y actividad
inventiva. El Vicerrectorado con competencias en
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por Transferencia de Conocimiento asumirá el 50%
mayoría simple. Cuando se hubiera llegado a un del importe de dicho informe.
empate en los acuerdos, el voto del Presidente 8.3. El SGI-OTRI examinará la documentación
será considerado como voto de calidad recibida y, si considerase necesario precisarla o
completarla, contactará a tal fin con el
Artículo 7.- Actas investigador responsable. El SGI-OTRI remitirá la
documentación revisada a la Comisión Delegada
De cada sesión de la Comisión Delegada, el a fin de que ésta resuelva acerca de la
Secretario levantará acta circunstanciada, en la conveniencia de solicitar el correspondiente título
que se recogerán claramente los acuerdos de propiedad. En la instrucción del
adoptados y los resultados de las votaciones, si procedimiento, la Comisión Delegada podrá
las hubiera. solicitar cuanta información adicional estime
oportuna, y podrá solicitar la participación del
El acta de cada sesión será aprobada en la SGI-OTRI y dar audiencia a los inventores/autores
primera reunión de carácter ordinario que se cuando la propuesta de acuerdo del
celebre con posterioridad. procedimiento así lo requiera.
8.4 La resolución de la Comisión Delegada sobre
Los miembros de la Comisión, que así lo deseen, la protección del resultado será notificada al
podrán hacer constar en el acta sus votos investigador responsable a través del SGI-OTRI,
particulares contrarios a los acuerdos adoptados. en un plazo máximo de tres meses desde la
recepción de la comunicación de resultados
Capítulo 3.- Procedimiento Interno debidamente cumplimentada.
Artículo 8: Procedimiento de comunicación de Artículo 9.- Asunción de costes
resultados En el caso de que la Comisión Delegada resuelva
8.1. Corresponde al Servicio de Gestión de la de forma positiva sobre la protección de los
Investigación-OTRI gestionar los derechos de resultados de investigación, las tasas oficiales así
Propiedad Industrial e Intelectual procedentes de como los costes de protección y mantenimiento
los resultados de investigación regulados por la correrán a cargo de la partida del presupuesto
presente normativa. que la Universidad dotará al efecto, de acuerdo a
8.2. De acuerdo al apartado 4.2.1, los los límites económicos aprobados por la
inventores/autores deberán notificar a la UMH, a Universidad anualmente.
través del SGI-OTRI, el resultado en el plazo La partida de presupuesto será gestionada por el
máximo de tres meses desde su obtención, con Vicerrectorado con competencias en
independencia de su posición respecto a la Transferencia de Conocimiento.
protección de dicho resultado. A tal fin, El mantenimiento de la protección de los
cumplimentarán y remitirán a dicha oficina la resultados estará condicionado a la viabilidad de
correspondiente Comunicación de Resultados, explotación de la misma y a la disponibilidad de
siendo imprescindible para su gestión que se fondos.
incluya como mínimo:
Nombre y DNI de todos los Capítulo 4: Patentes/Modelos de Utilidad
inventores/autores. Porcentaje de Artículo 10.- De la protección a nivel nacional:
participación de cada uno de los
inventores/autores.
1 Responsable de la interlocución con la OTRI, y persona con quien
se intercambiarán las comunicaciones relacionadas con el
procedimiento de protección y explotación
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