Page 233 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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Para  que  la  convocatoria  telemática  de  la     Investigador responsable1.
                Comisión  Delegada  sea  válida  requerirá  la     Título de la invención/obra.
                contestación por vía telemática de la mayoría de     Descripción de la invención/obra.
                sus  miembros.  Dicha  contestación  deberá  ir     Pronunciamiento  sobre  su  interés  en
                dirigida  al  Vicerrectorado  con  competencias  en   proteger el resultado.
                Transferencia  de  Conocimiento  y  con  copia  a     Fuente de financiación.
                todos  los  miembros  de  la  Comisión  y  a  la     Datos   de   publicaciones   o   proyectos
                Directora   del   Servicio   de   Gestión   de   existentes relacionados.
                Investigación-OTRI.                             Cuando se trate de invenciones, la comunicación
                                                                de resultados irá acompañada de un Informe de
                En  la  convocatoria  telemática  de  la  Comisión   patentabilidad emitido por la OEPM, en el que la
                Delegada no será válida la delegación de voto y   Oficina se pronuncie sobre si la invención cumple
                representación entre sus miembros.              con  los  requisitos  de  novedad  y  actividad
                                                                inventiva. El Vicerrectorado con competencias en
                Los  acuerdos  de  la  Comisión  se  adoptarán  por   Transferencia  de  Conocimiento  asumirá  el  50%
                mayoría simple. Cuando se hubiera llegado a un   del importe de dicho informe.
                empate  en  los  acuerdos,  el  voto  del  Presidente   8.3.  El  SGI-OTRI  examinará  la  documentación
                será considerado como voto de calidad           recibida  y,  si  considerase  necesario  precisarla  o
                                                                completarla,  contactará  a  tal  fin  con  el
                Artículo 7.- Actas                              investigador responsable. El SGI-OTRI remitirá la
                                                                documentación revisada a la Comisión Delegada
                De  cada  sesión  de  la  Comisión  Delegada,  el   a  fin  de  que  ésta  resuelva  acerca  de  la
                Secretario  levantará  acta  circunstanciada,  en  la   conveniencia de solicitar el correspondiente título
                que  se  recogerán  claramente  los  acuerdos   de   propiedad.   En   la   instrucción   del
                adoptados y los resultados de las votaciones, si   procedimiento,  la  Comisión  Delegada  podrá
                las hubiera.                                    solicitar  cuanta  información  adicional  estime
                                                                oportuna,  y  podrá  solicitar  la  participación  del
                El  acta  de  cada  sesión  será  aprobada  en  la   SGI-OTRI y dar audiencia a los inventores/autores
                primera  reunión  de  carácter  ordinario  que  se   cuando   la   propuesta   de   acuerdo   del
                celebre con posterioridad.                      procedimiento así lo requiera.
                                                                8.4 La resolución de la Comisión Delegada sobre
                Los miembros de la Comisión, que así lo deseen,   la  protección  del  resultado  será  notificada  al
                podrán  hacer  constar  en  el  acta  sus  votos   investigador  responsable  a  través  del  SGI-OTRI,
                particulares contrarios a los acuerdos adoptados.   en  un  plazo  máximo  de  tres  meses  desde  la
                                                                recepción  de  la  comunicación  de  resultados
                       Capítulo 3.- Procedimiento Interno       debidamente cumplimentada.
                Artículo  8:  Procedimiento  de  comunicación  de   Artículo 9.- Asunción de costes
                resultados                                      En el caso de que la Comisión Delegada resuelva
                8.1.  Corresponde  al  Servicio  de  Gestión  de  la   de  forma  positiva  sobre  la  protección  de  los
                Investigación-OTRI  gestionar  los  derechos  de   resultados de investigación, las tasas oficiales así
                Propiedad Industrial e Intelectual procedentes de   como los costes de protección y mantenimiento
                los resultados de investigación regulados por la   correrán  a  cargo  de  la  partida  del  presupuesto
                presente normativa.                             que la Universidad dotará al efecto, de acuerdo a
                8.2.  De  acuerdo  al  apartado  4.2.1,  los    los  límites  económicos  aprobados  por  la
                inventores/autores deberán notificar a la UMH, a   Universidad anualmente.
                través  del  SGI-OTRI,  el  resultado  en  el  plazo   La partida de presupuesto será gestionada por el
                máximo de tres meses desde su obtención, con    Vicerrectorado   con    competencias     en
                independencia  de  su  posición  respecto  a  la   Transferencia de Conocimiento.
                protección  de  dicho  resultado.  A  tal  fin,   El  mantenimiento  de  la  protección  de  los
                cumplimentarán  y  remitirán  a  dicha  oficina  la   resultados estará condicionado a la viabilidad de
                correspondiente  Comunicación  de  Resultados,   explotación de la misma y a la disponibilidad de
                siendo  imprescindible  para  su  gestión  que  se   fondos.
                incluya como mínimo:
               Nombre      y   DNI     de    todos     los            Capítulo 4: Patentes/Modelos de Utilidad
                inventores/autores.     Porcentaje      de      Artículo 10.- De la protección a nivel nacional:
                participación   de   cada   uno   de    los
                inventores/autores.
                                                               1 Responsable de la interlocución con la OTRI, y persona con quien
                                                               se intercambiarán las comunicaciones relacionadas con el
                                                               procedimiento de protección y explotación



                                                           2017                    233 | P á g i n a
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