Page 236 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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                genotipo  o  de  una  cierta  combinación  de   aprobación  de  la  Comisión  Delegada  en
                genotipos.                                      materia   de    Propiedad    Industrial   e
               b)  Distinguirse  de  cualquier  otro  conjunto   Intelectual.
                de  plantas  por  la  expresión  de  uno  de    20.6   Este artículo no será de aplicación a
                dichos caracteres por lo menos, y               los  contrato  de  licencia  suscritos  para  la
               c)  Considerarse  como  una  unidad,  habida    creación  de  empresas  de  base  tecnológica
                cuenta  de  su  aptitud  a  propagarse  sin     de la UMH.
                alteración.
                19.2  Una  vez  seguido  el  procedimiento      Artículo  21.-  Distribución  de  los  ingresos
                descrito en el artículo 8, en el caso de que    obtenidos  por  la  explotación  de  los
                se  esté  interesado  en  la  inscripción  de  la   resultados
                variedad  vegetal  serán  los  autores  quienes   21.1   Los   ingresos   obtenidos   como
                remitan  la  documentación  al  Registro,       consecuencia    de    los   contratos   de
                trasladando  posteriormente  el  expediente     explotación    de    los   resultados   de
                al SGI-OTRI                                     investigación  que  correspondan  a  la  UMH
                19.3  El  SGI-OTRI  llevará  un  registro  de  las   compensarán en primer lugar los gastos en
                variedades   vegetales   solicitadas   bajo     los  que  haya  incurrido  la  Universidad
                titularidad  de  la  UMH  y  comunicará  al     asociados a la protección de los resultados.
                Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y        21.2  La  diferencia  entre  los  ingresos
                Patrimonial  los  registros  solicitados  a  los   recibidos  y  los  gastos  incurridos  serán
                efectos de su inclusión en el patrimonio de     considerados     como     los    beneficios
                la   Universidad     como     inmovilizado      generados como consecuencia del contrato
                inmaterial                                      de  explotación  del  resultado  suscrito  y  se
                                                                distribuirán mediante el siguiente reparto:
                       Capítulo  11:  Explotación  de  los      .-  70%  entre  los  inventores/autores  del
                resultados                                      resultado,   repartido   de   acuerdo    al
                Artículo  20.-  Promoción  y  comercialización   porcentaje   de   participación   que   le
                de los resultados protegidos                    corresponde  a  cada  inventor  según  consta
                20.1  A  partir  de  la  presentación  de  la   en la  Comunicación de resultados  remitida
                solicitud  de  protección  del  resultado  de   al SGI-OTRI.
                investigación el SGI-OTRI lo incorporará en     .-  10%  para  los  departamentos/institutos  a
                la  Cartera  de  resultados  que  figura  en  su   los que pertenezcan los inventores/autores,
                página  web  institucional  con  el  objeto  de   en proporción a la participación de éstos.
                garantizar una difusión previa adecuada del     .- 20% Universidad
                mismo.
                20.2  El   SGI-OTRI    podrá   recurrir   a            21.3  Cuando,  en  aplicación  de  lo
                profesionales  externos  para  realizar  las    dispuesto  en  un  contrato  o  convenio  de
                actuaciones      de      promoción       y      investigación,  la  Universidad  perciba  una
                comercialización  de  los  resultados  de  la   compensación económica procedente de la
                UMH.    Esta   colaboración   se   regulará     explotación de resultados de los que no es
                mediante los correspondientes acuerdos.         titular,  la  distribución  de  estos  beneficios
                20.3  Cualquier resultado con anterioridad      se  realizará  aplicando  los  porcentajes
                a ser transferido tendrá que contar con una     establecidos  en  el  apartado  anterior.  Para
                declaración     del     Vicerrector    con      llevar a cabo  el  reparto  correspondiente  al
                competencias     en    Transferencia    de      70%  entre  los  inventores/autores  se  estará
                Conocimiento,  de  que  el  resultado  no  es   a  lo  acordado  en  la  distribución  interna
                necesario   para   la   defensa   o   mejor     suscrita entre ellos.
                protección del interés público, en virtud del
                artículo  55  de  la  Ley  2/2011  de  Economía        TITULO  III:  DE  LOS  ACUERDOS  DE
                Sostenible.                                     CONFIDENCIALIDAD
                20.4  El  SGI-OTRI  en  colaboración  con  el
                investigador  responsable,  será  el  servicio   Artículo 22.- Acuerdo
                encargado  de  negociar  con  la  empresa             Los  acuerdos  de  confidencialidad  a
                interesada  la  licencia  de  los  derechos  de   suscribir  con  terceros  serán  firmados,
                explotación   de    los    resultados   de      preferentemente,  por  los  miembros  de  la
                investigación.                                  comunidad  universitaria  con  vinculación
                20.5  El   contrato    de    licencia   de      funcionarial  o  contractual,  obligándose  a
                explotación  definitivo  será  sometido  a  la   este respecto a título personal.


               236 | P á g i n a               Presupuesto
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