Page 238 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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               ANEXO  XII:  NORMATIVA  INTERNA  PARA  LA  GESTIÓN  DE  LOS

               REMANENTES  PRESUPUESTARIOS  PROCEDENTES  DE  ACCIONES  DE
               PROGRAMAS COMPETITIVOS EUROPEOS E INTERNACIONALES.





               Aprobada en Consejo de Gobierno en sesión de 30 de noviembre de 2011

               Modificada:

                       Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2011. Modificación de las Disposiciones
               2ª, 3ª, y 5ª.
                       Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2013. Modificación de la Disposición 5ª.



                    Objetivo de la normativa propuesta         una de las acciones de Programas Competitivos
               La presente normativa tiene por objeto establecer   Europeos  e  Internacionales  ejecutadas  en  la
               una regulación interna en la UMH para la gestión   UMH, se repartirán de la forma siguiente:
               de los fondos remanentes (RLDs) procedentes de
               acciones de Programas Competitivos Europeos e   a) El 50% se destinará a engrosar un fondo de
               Internacionales (Life Long Learning, ALFA, LIFE +,   investigación común de la Universidad
               EMBO,    HSFP,   Fundaciones    Europeas   e    b)  El  otro  50%  se  destinará  al  grupo  de
               Internacionales,  entre  otros,  así  como  cualquier   investigación  que  desarrolló  el  proyecto.
               otro  en  el  que  la  UMH  actúe  como  beneficiario   Dicho   grupo   de   investigación   deberá
               de la ayuda).
                                                               presentar,  para  su  aprobación  preceptiva,  un
                         Disposiciones normativas              plan  de  utilización  de  dichos  fondos.  Se
                                                               detraerá  de  estos  fondos  la  cantidad
               1) Los remanentes presupuestarios RLDs de las   previamente  consumida  durante  el  desarrollo
               acciones de Programas Competitivos Europeos e   del proyecto, de acuerdo con lo establecido en
               Internacionales  que  se  realicen  en  la  UMH,   la disposición 2ª).
               pertenecen a dicha institución, y serán puestos
               a disposición de la misma, una vez que finalicen   4)  El  fondo  común  generado  con  estos
               todas las operaciones previstas en cada acción,   remanentes se destinará a fortalecer y consolidar
               esto  es,  cuando  se  produzca  el  pago  final   las capacidades de investigación de la universidad
               previsto en el contrato firmado con el organismo   en su conjunto. En función de las disponibilidades
               financiador o resolución de concesión.          del  fondo  y,  previo  acuerdo  del  Consejo  de
                                                               Gobierno  de  la  UMH,  se  promoverán  las
               2) Como norma general, durante el desarrollo del   siguientes actividades:
               proyecto, no se podrán realizar pagos a personal  >  - Convocatorias de becas propias de la UMH.
               propio.  Si  fuera  estrictamente  necesario  para  la  >  - Convocatorias para la contratación de técnicos
               ejecución y el buen desarrollo del proyecto, sería   de apoyo a la gestión de proyectos, destinados a
               el   Vicerrectorado   con   competencias   en   prestar  sus  servicios  en  las  Unidades  Orgánicas
               investigación  quien  verificara  y  diera  la   que justifiquen su necesidad en base a su grado
               conformidad para realizar dicho pago.           de actividad o a sus carencias manifiestas.
                                                            >  - Convocatorias para la contratación de técnicos
               3) Una vez recibido el último pago previsto en   de laboratorio, destinados a prestar sus servicios
               el  contrato  o  resolución  de  concesión,  los   en  las  Unidades  Orgánicas  que  justifiquen  su
               remanentes presupuestarios (RLDs) de cada
                                                               necesidad en base a su grado de actividad o a sus
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