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patrimonio de la Universidad Miguel Hernández de Elche,   cátedras institucionales de  la Universidad Miguel
           el receptor solicitará por escrito al Servicio de Gestión   Hernández de Elche, con independencia de su tipología o
           Presupuestaria y Patrimonial, su incorporación al mismo,   formato.
           aportando los datos del emisor, la valoración del bien, la   c.    Sin condición o carga: solo se aceptarán donaciones o
                                                                     cesiones de uso que no estén sujetas al cumplimiento de
           descripción del mismo y cuánta información contribuya a   carga y/o condición alguna a favor del donante.
           su mejor identificación, incluidas fotografías. Para      d.   Cesión de derechos: la donación que se acepta con el
           aquellos bienes susceptibles de ser incluidos en el       acuerdo del material donado pasa a ser propiedad legal de
           Patrimonio Cultural, el Servicio de Gestión Presupuestaria   la Universidad Miguel Hernández de Elche. Con la
           y Patrimonial  valorará la  misma pudiendo  elevar el     formalización de la donación, la Universidad Miguel
           expediente a la Comisión de Patrimonio.                   Hernández de Elche se convierte en propietaria del mismo,
                                                                     teniendo potestad para decidir su ubicación, uso y destino
           CAPÍTULO  II: DONACIÓN O CESIÓN. PATRIMONIO               final.
           CULTURAL                                                  e.     Respeto a la propiedad intelectual: solo se aceptarán
                                                                     obras originales, salvo en el caso de copia de interés
                                                                     obtenidas de acuerdo a la legislación vigente.
           Artículo 48. Admisión de la donación o cesión de uso de
           bienes de patrimonio cultural.                        2. Además de los criterios ya citados se tendrá en cuenta
           1.La Universidad Miguel  Hernández de Elche podrá     la relevancia del bien dentro del Patrimonio Cultural de las
           aceptar la donación o cesión de bienes para ser integrados   colecciones de Patrimonio Cultural, el espacio disponible
           en su Patrimonio Cultural  procedente de particulares e   en la Universidad Miguel Hernández para  su
           instituciones, en función de su valor cultural e histórico,   correspondiente  ubicación  y  conservación,  la
           siempre que esté en un estado de conservación que no   consideración del valor de la donación o cesión de uso, y
           comprometa la seguridad de la colección existente y su   el coste que suponga su conservación y cualquier otro que
           temática sea de interés para el Patrimonio Cultural y las   se estime oportuno.
           actividades de docencia e investigación que se desarrollan
           en  la  Universidad.  Para  ello,  deberá  contar     Artículo 50. Fondos en depósito.
           necesariamente con el informe favorable o desfavorable   La Universidad Miguel Hernández de Elche no aceptará
           de la Comisión de Patrimonio de la UMH, previa a la   fondos en depósito, salvo aquellos casos excepcionales en
           suscripción  del acuerdo preceptivo  por los órganos  de   que se consideren de gran interés para la colección, sus
           gobierno correspondientes (Consejo de Gobierno  y/o   usuarios/as y los fines de la Universidad, en cuyo caso se
           Consejo Social).                                      tramitará en los términos previstos en la presente
           2.La Universidad Miguel Hernández de Elche no admitirá   normativa, debiendo permitirse en todo caso el uso por
           ninguna  donación o cesión de uso de  bienes  de      parte de la Universidad, correspondiendo la competencia
           Patrimonio  Cultural  que  exija  condiciones  o      de informar favorablemente a la Comisión de Patrimonio
           contrapartidas que contravengan las  disposiciones    de la UMH.
           establecidas en este  Título o  en los procedimientos
           establecidos para la organización, gestión, conservación y   Artículo 51. Propuesta de donación o cesión de uso.
           difusión de su fondo cultural.                        1. El procedimiento de donación o cesión de los bienes
                                                                 destinados a Patrimonio Cultural al Patrimonio Cultural de
           Artículo 49. Criterios para la aceptación de donación o   la Universidad Miguel Hernández se iniciará a propuesta
           cesión de uso de bienes de Patrimonio Cultural.       del donante o cedente, que deberá dirigir su propuesta al
           1.A fin de garantizar la adecuación de las obras que se   Servicio de  Gestión Presupuestaria y  Patrimonial,
           pretenden donar o  ceder,  se tendrán en  cuenta los   conforme al  modelo recogido en el Documento 2:
           siguientes criterios para acceder a su aceptación:    “Propuesta de donación o  cesión  de  uso de bien/es
                                                                 destinado/s al Patrimonio  Cultural  de la Universidad
               a. Estado de conservación: se aceptarán piezas en buen
               estado y que no comprometa la seguridad del patrimonio   Miguel Hernández de Elche”, en el que constará, al menos,
               existente.  No se aceptarán piezas dañadas o material   de lo siguiente:
               dañado, excepto que por su antigüedad o valor interese al
               Patrimonio Cultural de la  UMH, procurando su        a. Datos de todos los donantes o cedentes que permitan su
               recuperación y restauración en la medida de lo posible, y   identificación y localización (nombre o denominación
               siempre que el coste de esto último no supere el valor del   completa, número de identificación fiscal, domicilio,
               bien donado o cedido.                                teléfono, correo electrónico, fotocopia del DNI, etc.).
               b.  Temática y tipología: se valorará si las obras mantienen   b.   Descripción de los bienes a donar o a  ceder y
               relación con las colecciones existentes de Patrimonio   características  de los mismos según la  ficha técnica del
               Cultural, los programas de estudios y  disciplinas   bien/es cuya  donación o cesión se propone  (según
               impartidas, así como con las líneas de investigación y las   Documentos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4).
               líneas estratégicas de proyección definidas por las   c. Factura de compra y/o informe de valoración de los bienes


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