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por perito experto o de reconocido prestigio cuya fecha de   Artículo 53. Tramitación.
              valoración sea inferior a un año desde la fecha en la que se   1. El correspondiente expediente de donación o cesión de
              presenta por registro general la solicitud de donación, y su   uso,  tendrá  carácter patrimonial y será tramitado  y
              acreditación documental, en su caso.               custodiado por la Gerencia a través del Servicio de Gestión
              d. Certificado de autenticidad del bien o de los bienes (si
              procede).                                          Presupuestaria y Patrimonial.
              e. En el caso de bienes afectados por la legislación vigente   2.  A la vista de la propuesta de donación o cesión, del
              en materia de derechos de autoría o cesión de los derechos   informe justificativo y de la documentación que los
              de explotación e imagen, reproducción, distribución,   acompañe, el  Servicio de Gestión  Presupuestaria  y
              comunicación pública (difusión, incluyendo Internet), y   Patrimonial elevará el expediente completo a la Comisión
              venta para todas sus  modalidades y otra modalidad de   de Patrimonio para su informe motivado, que se elevará a
              edición no contemplada expresamente en esta solicitud y   los órganos  competentes  para su aceptación o rechazo
              que la Universidad Miguel Hernández de Elche pueda   (tal y como se describe en el Capítulo I del Título III), el cual
              estimar conveniente para sus intereses. Esta cesión se   emitirá la decisión que corresponda, que será notificada
              entiende  sin limitación de soporte o medio  ni limitación
              temporal o territorial a contar desde la fecha de firma del   al interesado.
              Acuerdo de Donación. La donación o cesión, en caso de ser   3.  De  considerarse necesario por ambas  partes, podrá
              acordada, tendrá un carácter irrevocable y no supondrá para   firmarse un acuerdo  que recoja los pormenores de la
              el donante o cedente ningún derecho ni privilegio sobre el   donación o cesión, de acuerdo con la  normativa que
              bien objeto de donación o cesión.                  regule  el procedimiento para  la  formalización de
              f.  Finalidad propuesta de los bienes dentro de la Universidad   convenios por la Universidad Miguel Hernández de Elche.
              Miguel Hernández de Elche. A estos efectos, los bienes   Una copia de este convenio se incorporará al expediente
              podrán aceptarse o no con un destino funcional concreto,   patrimonial.
              que no ubicación, en el caso de ser bienes muebles, o a falta
              de una finalidad específica, se destinarán al sostenimiento
              de las actividades necesarias para el cumplimiento del   Artículo 54. Perfección de la donación o cesión.
              servicio público que realiza y de las funciones reconocidas a   La donación o cesión se perfeccionará desde el momento
              la Universidad al servicio de la sociedad.         en que el donante o cedente conozca la aceptación de la
              g. Listado de medidas y/o condiciones de actuación relativas   Universidad Miguel Hernández de Elche. Para ello, una vez
              a la conservación de la obra donada (según Documentos 2.1,   aceptada la donación o cesión por el órgano competente,
              2.2, 2.3, 2.4).                                    el Servicio de Gestión Presupuestaria  y Patrimonial
              h.  Declaración responsable de ser los legítimos propietarios,   notificará al/a la donante o cedente su aceptación, que
              al 100%, de los bienes que  proponen donar o ceder,   tendrá efectos desde la fecha de la recepción de la
              aportando, siempre que sea posible, documentación que lo
              justifique.                                        notificación. No obstante, los bienes donados o cedidos
              i.  Declaración de estar en  disposición de contratar y de   no estarán bajo la responsabilidad de la Universidad
              disponer de sus bienes,  conforme  a lo establecido en el   Miguel Hernández  de Elche hasta el momento de la
              artículo 624 del Código Civil.                     recepción de  los mismos, acreditado con la emisión de
              j.  Declaración  responsable  de  que los bienes  a donar o  a   Informe de Inventario.
              ceder están libres de cargas o gravámenes de cualquier tipo
              o, en su caso, justificación documental detallada y suficiente   Artículo 55. Recepción de la donación o cesión.
              de dichas cargas o gravámenes con indicación de sus   Una vez recibidos los bienes se firmará la correspondiente
              características,  importes, plazos de abono, personas  o   acta en  duplicado ejemplar, uno para  el donante  o
              entidades  beneficiarias de los mismos y cualquier
              información que contribuya a determinar el alcance y   cedente y otro para la Universidad Miguel Hernández de
              condiciones de la carga o gravamen.                Elche.
              k. Fecha y firma de todos los donantes o cedentes.
                                                                 Artículo  56.  Procedimiento en caso  de  atenciones
           Artículo 52. Asesores técnicos.                       institucionales o premios.
           1.  De  no existir un promotor de la Universidad, o aun   1.  En  el caso de las atenciones institucionales y si se
           existiendo, o bien si las características de los bienes cuya   tratara  de  bienes susceptibles de ser incluidos en el
           donación o  cesión que se  propone, si se considerara   Patrimonio Cultural, se deberá informar  al  Servicio de
           necesario por parte de la Comisión de Patrimonio, ésta   Gestión Presupuestaria y Patrimonial, pudiendo elevar el
           podrá designar un/a asesor/a técnico/a interno o externo   caso a la Comisión de Patrimonio.
           en función de su conocimiento sobre los bienes objeto de   2. Si la atención institucional o el premio fuese un bien
           la donación o cesión.                                 material no fungible susceptible de incorporación al
           2. Los asesores técnicos tendrán como cometido redactar   Patrimonio de la Universidad Miguel Hernández de Elche,
           y elevar el informe justificativo, que servirá de motivación   el receptor solicitará al Servicio de Gestión Presupuestaria
           para el Informe de la Comisión de Patrimonio.         y Patrimonial, su incorporación al mismo, aportando los
                                                                 datos y documentos de cesión o donación indicados en el
                                                                 artículo 51.  Asimismo, se deberá informar al
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