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Las facturas o documentos justificativos del gasto que No obstante, se les exime de esta obligación por las
se adjunten a los documentos contables, deben estar facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros.
conformadas individualmente por el responsable,
ajustarse a lo dispuesto en el RD. 1619/2012, de 30 de La Universidad Miguel Hernández se ha adherido al
noviembre, y contener como mínimo los siguientes Punto General de Entrada de Facturas de la AGE
datos: (FACE).
● Identificación clara de la Entidad receptora (nombre y La obligación de exigencia de facturas, podrá ser
CIF de la Universidad Miguel Hernández: Q-5350015- cumplida mediante la presentación de factura
C). simplificada en los siguientes supuestos:
● U.O. que efectuó el encargo. ● Para importes que no excedan de 400 euros (IVA
● Nombre o razón social del proveedor o contratista con incluido).
su número o código de Identificación Fiscal ● Para admisión de facturas rectificativas.
correspondiente. ● Para importes que no excedan de 3.000 euros (IVA
● Domicilio, tanto de la Universidad Miguel Hernández, incluido), en las operaciones siguiente:
como del Proveedor o contratista. ● Ventas al por menor.
● Número de la factura, y en su caso, serie. ● Transportes de personas y sus equipajes.
● Fecha de la factura. ● Servicios de hostelería y restauración.
● Descripción suficiente del servicio o suministro. ● Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de
● Número y clase de unidades servidas y precios cabinas telefónicas de uso público, así como mediante
unitarios. tarjetas que no permitan la identificación del portador.
● Importe de la factura que constituirá la base imponible ● Utilización de instalaciones deportivas.
del IVA, señalando tipo impositivo, importe IVA y ● Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
precio total. Se indicará por separado la parte de la ● Servicios de tintorería y lavandería.
Base Imponible, correspondiente a cada una de las ● Utilización de autopistas de peaje.
operaciones que se documenten en una misma
factura, en los casos en que incluya operaciones no
sujetas y exentas, y otras que no lo estén. En los casos Estas facturas simplificadas tendrán, al menos, los
en que la operación esté no sujeta o exenta del IVA, siguientes datos:
habrá que incluir mención a este hecho, o a las ● Número y, en su caso, serie.
disposiciones de la Directiva o de la Ley que así lo ● Fecha de Expedición.
fundamenten. ● Fecha en que se hayan efectuado las operaciones, o en
● Código Cuenta Cliente (C.C.C.) del perceptor, donde se su caso, el pago anticipado.
deba realizar el abono de la factura o justificante del ● Identificación del tipo de bienes o servicios.
gasto. ● NIF, nombre y apellidos, razón social o denominación
social completa del expedidor.
Todos los proveedores que hayan entregado bienes o ● Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, la expresión
"IVA incluido"; debiendo ser objeto de especificación por
prestado servicio a la Universidad podrán expedir y separado, aquellas operaciones sujetas a diferentes
remitir facturas electrónicas a través del Punto tipos impositivos.
General de Entrada de Facturas Electrónicas de la ● Contraprestación total.
Administración General del Estado de acuerdo con la ● En caso de facturas rectificativas, la referencia expresa e
Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la inequívoca de la factura rectificada y de las
factura electrónica y creación del registro contable de especificaciones que se modifican.
facturas en el Sector Público. En todo caso, estarán
obligadas a ello las entidades siguientes: Para poder deducir el IVA con factura simplificada, el
expedidor debe hacer constar necesariamente:
a) Sociedades anónimas; ● NIF del destinatario y domicilio.
b) Sociedades de responsabilidad limitada; ● Cuota repercutida, que se debe consignar de forma
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica separada.
que carezcan de nacionalidad española;
d) Establecimientos permanentes y sucursales de Así mismo, en las operaciones intracomunitarias se
entidades no residentes en territorio español en los estará a lo dispuesto en las Circulares de Gerencia.
términos que establece la normativa tributaria;
e) Uniones temporales de empresas; En todo caso, será preceptiva la presentación de
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de Factura Original, en aquellos casos en los que el IVA
interés económico europea, Fondo de Pensiones,
Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo sea deducible.
de utilización de activos, Fondo de regularización del
mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria Las facturas que tengan su origen en la compra de
o Fondo de garantía de inversiones. libros efectuadas a través de los diferentes Institutos,
Centros, Departamentos y Servicios, deberán adjuntar
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