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pendientes de cobro y de la existencia en Caja en la
               4. Las cantidades adeudadas a la Universidad podrán   misma fecha.
               devengar intereses de demora desde el día siguiente
               al del vencimiento de la deuda en periodo voluntario   De acuerdo con el Art. 126 del Decreto 208/2004, de 8
               hasta la fecha de su ingreso.                  de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se
               En cuanto a la determinación del plazo de pago y de   aprueban los  Estatutos  de la Universidad Miguel
               los intereses de demora se estará a lo dispuesto en: la   Hernández, rendirá cuenta de los resultados del
               Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,   ejercicio económico  mediante la Cuenta  General
               la ley 15/2010 de 5 de julio que modifica la Ley 3/2004,   anual. Corresponde aprobar, con carácter previo al
               de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas   trámite de rendición de cuentas ante la Intervención
               de lucha contra la  morosidad en las operaciones   General de la  Generalidad Valenciana o ante la
               comerciales y a lo dispuesto por el Reglamento   Sindicatura de Cuentas u  otros órganos que se
               General de recaudación, aprobado por R.D. 939/2005,   establezca, las cuentas anuales de la Universidad.
               de 29 de julio.
                                                              La elaboración de la  Cuenta General anual
               5. El interés de demora será el que se determine por la   corresponde a la Gerente, bajo la dirección del Rector,
               legislación estatal sobre la materia.          que la someterá al Consejo de Gobierno, y contendrá
                                                              la liquidación presupuestaria, los estados financieros
               6. No se practicará liquidación por interés de demora   anuales y sus anexos. Aprobada por éste, será
               cuando la cantidad resultante por este concepto sea   presentada al Consejo Social para su  aprobación
               inferior a la cifra que fije la Gerente como mínima para   definitiva, y posteriormente se hará pública.
               cubrir el coste de su exacción y recaudación.
                                                              Una vez liquidado el Presupuesto, los ingresos
               7. La gestión recaudatoria en periodo ejecutivo de   provenientes de ejercicios anteriores, que no tengan
               aquellos recursos de derecho  público de la    consignación en el Capítulo correspondiente de
               Universidad Miguel Hernández, se derivará a    ejercicios cerrados, se aplicarán al concepto
               cualquiera de las Administraciones Públicas con   correspondiente del ejercicio corriente. Si como
               competencias en este ámbito, mediante la suscripción   resultado de la liquidación del ejercicio se produjera
               del correspondiente Convenio entre ambas, en el   un Remanente  Genérico positivo, podrá aplicarse
               mismo se determinará el ámbito de aplicación, las   mediante modificación de créditos autorizada por el
               funciones de cada administración, el procedimiento   Rector, según lo dispuesto en el artículo 6º y siguiente
               aplicable en cada caso, el coste del servicio, los   de esta Normativa.
               sistemas de liquidación y transferencia de fondos y la
               vigencia del mismo.                            En relación a la obtención del Resultado
                                                              Presupuestario y del Remanente de Tesorería, se
               ARTÍCULO 35: Enajenación de Bienes             recogen a continuación las fórmulas de su cálculo a
                                                              partir de la Liquidación Presupuestaria, así como de los
               La enajenación y adjudicación directa de  los bienes   respectivos Informes de Saldos, y Estado de Ejecución
               muebles obsoletos o deteriorados por el uso, cuyo   a obtener directamente a partir de la aplicación UXXI-
               valor no supere 6.000,00 Euros por  unidad, será   Económico habilitada por la Universidad:
               autorizada por la Gerencia, por delegación del Rector.

               La enajenación y adjudicación directa de los bienes
               muebles obsoletos o deteriorados cuyo valor supere
               6.000,00  euros, será autorizada por el Consejo de
               Gobierno.

               ARTÍCULO 36: Liquidación del Presupuesto


               La liquidación del Presupuesto de cada ejercicio se
               efectuará antes del primer día del mes de marzo del
               ejercicio siguiente, siempre y cuando el mismo se haya
               ejecutado con normalidad y en su integridad (año
               natural)  con  especificación  de  las obligaciones
               reconocidas y no  satisfechas  el 31 de  diciembre del   La Liquidación del Presupuesto deberá  elaborarse
               ejercicio que se liquida, así como de los créditos   antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente.
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