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establecidos en la legislación vigente en Todas las actividades deberán contar con un
materia de incompatibilidades, en investigador responsable, perteneciente a las
seminarios, cursos, conferencias, categorías de personal docente e investigador o
congresos, en programas de personal investigador facultado para ello. En el
comunicación. caso de que el investigador que actúe como
10. La producción científica en los términos responsable tenga vinculación contractual con la
establecidos en la legislación vigente en Universidad, será requisito necesario tener
materia de incompatibilidades. formalizada esta vinculación en el momento de
11. Las donaciones y el material en régimen iniciarse las actividades y mantenerla durante el
de comodato. período de ejecución de las mismas.
Artículo 4. En la ejecución de las actividades El investigador responsable podrá nombrar un co‐
reguladas por este reglamento podrá participar, investigador responsable que le apoye en la
además del personal docente e investigador, ejecución y coordinación del contrato,
funcionario o contratado de la UMH: cumplimiento de objetivos, así como de las demás
funciones que pudieran serle asignadas, y que
podrá sustituirle en caso de baja o ausencia
- Personal investigador cuyo contrato
específico de investigación le faculte. Artículo 5. La participación del personal de la UMH
- Personal docente e investigador, en las actividades reguladas en este reglamento
funcionario o contratado de otras será sin perjuicio del cumplimiento, en su caso, de
universidades, así como investigadores sus obligaciones académicas.
pertenecientes a las plantillas de otros
organismos públicos o entidades Asimismo, la participación en estas actividades
privadas, contando todos ellos con la supone la aceptación, por parte del personal
autorización previa expresa de sus implicado, de las disposiciones de las restantes
entidades de origen. normativas internas de la UMH que sean de
- Personal investigador en formación – aplicación.
vinculado a la UMH con beca o
contrato‐ siempre que lo permitan las
normas que regulen su financiación. TÍTULO II. PROCEDIMIENTOS DE
- Colaboradores eventuales y expertos. CONTRATACIÓN
En el caso de funcionarios de otras
APARTADO I. De los Contratos y Convenios
administraciones públicas, deberán
contar con la autorización previa del Artículo 6.
organismo al que pertenezcan.
- Personal contratado con cargo a la 1. Los contratos o convenios regulados en el
financiación de las actividades presente reglamento podrán ser firmados
reguladas en este reglamento, para la por:
realización de trabajos de carácter
científico, técnico o auxiliar. a) Rector o persona en quien delegue.
b) Los directores de los departamentos e
- Miembros de las plantillas del Personal institutos de investigación
Técnico, de Gestión y de Administración c) Los directores de los grupos de
y Servicios de la UMH y de otras investigación reconocidos por la
universidades, previa obtención en su Universidad o de otras estructuras
caso de las autorizaciones necesarias. organizativas similares creadas por la
universidad con orgánica aprobada en
presupuesto, el personal docente e
investigador, funcionario o contratado
de la UMH y el personal investigador
cuyo contrato específico de
investigación le faculte.
2. Corresponde al rector, o persona en quien
delegue, la firma de aquellos contratos o
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