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económicos relativos a la misma, con especial II.2.‐ ENTREGA DEL INFORME, FACTURACIÓN DE
referencia por su implicación contable a la fecha de TRABAJOS Y RECLAMACIÓN DE FACTURAS
inicio y finalización de la prestación de servicio. El solicitante recogerá el informe de la correspondiente
PS en el Departamento o Instituto, previa firma de una
A continuación, el Servicio de Gestión de la nota de entrega (Anexo VI), que constituye el
Investigación/Servicio de Transferencia del
Conocimiento procederá a la comunicación: comprobante de que el solicitante de la PS ha recibido
el trabajo y, por tanto, constituye un compromiso de
Al profesor responsable, facilitándole una copia de pago de la factura que se emite en base a ésta.
la misma y notificándole tanto el número de
referencia como el centro de gasto asignado.
Para aquellas actividades periódicas a las que se hace
Al Director del Departamento/Instituto, referencia en el apartado II.1, que cuenten con la
facilitándole una copia de la PS. autorización previa por parte del Consejo de
Gobierno de la Universidad y con la autorización
Al Auxiliar Administrativo del semestral del Vicerrector con competencias en
Departamento/Instituto correspondiente, Investigación y Transferencia de Conocimiento, el
adjuntándole copia de la PS notificándole tanto el documento de encargo de la actividad supone a
número de referencia como el centro de gasto efectos presupuestarios un reconocimiento de
asignado.
derecho, por lo que servirá de base para la emisión
Al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, de la correspondiente factura por parte de la
indicándole los principales datos económicos de la Universidad.
PS.
El PR enviará al Servicio de Gestión de la
Al solicitante, informándole tanto del número de Investigación/Servicio de Transferencia del
referencia como del centro de gasto y facilitándole el Conocimiento una copia de la nota de entrega para
segundo original. su archivo indicando en la misma, de forma expresa,
el número de referencia asignado por el Servicio de
El Vicerrector con competencias en Investigación y
Gestión de la Investigación/Servicio de Transferencia
Transferencia de Conocimiento informará al Consejo de
del Conocimiento a la correspondiente Hoja de
Gobierno de las PS que hayan sido tramitadas por el Encargo. Asimismo, el PR remitirá al Servicio de
Servicio de Gestión de la Investigación/Servicio de Información Contable, Gestión Económica y
Transferencia del Conocimiento. Financiera, junto con la citada nota de entrega,
propuesta de emisión de la factura correspondiente
El Servicio de Gestión de la Investigación/Servicio de (siguiendo el modelo que figura en las Bases de
Transferencia del Conocimiento comunicará al Servicio Ejecución del Presupuesto de la UMH). El Servicio de
Información Contable, Gestión Económica y
de Gestión Presupuestaria y Patrimonial cualquier
Financiera en base a la propuesta procederá a emitir
modificación de la prestación de servicio inicial
la oportuna factura; emisión que supondrá la
aprobada, que suponga variaciones en el contenido realización, de forma simultánea, de un apunte de
económico‐administrativo de la misma, entendiéndose Reconocimiento de Gerencia para su firma y sello y a
en caso contrario que no se ha producido. continuación el Servicio de Información Contable,
Gestión Económica y Financiera la enviará a la
Recibida la comunicación de la firma de la PS y la entidad contratante para que proceda al pago de la
información sobre el contenido económico de la misma, salvo que el PR prefiera remitirla él mismo.
misma, el Servicio de Gestión Presupuestaria y El Servicio de Información Contable, Gestión
Patrimonial, a través de la oportuna modificación del Económica y Financiera, reclamará las facturas a
Presupuesto, habilitará las partidas presupuestarias instancia del PR, excepto aquellas emitidas a otras
correspondientes a la PS firmada, las cuales contarán administraciones públicas. A los tres meses de la
emisión de la factura se remitirá un aviso telemático
con crédito presupuestario disponible en la medida que
al PR con el fin de recabar su visto bueno para: a)
se vayan produciendo ingresos en el citado contrato de
proceder a la reclamación de la misma, o b)
PS.
paralizarla temporalmente hasta un plazo máximo e
improrrogable de dos meses. Transcurrido dicho
período, automáticamente se procederá a la
reclamación de la factura impagada, salvo que el PR
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