Page 274 - 2024 TOMO II (noviembre)
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relativa a las condiciones necesarias para la
concesión de la práctica en el marco de la
actividad de investigación, si procede, o aquellas
que afectan al normal desarrollo de la misma.
• Respetar y hacer un buen uso del patrimonio y las
instalaciones de la Universidad Miguel
Hernández de Elche. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA:
• El resto de deberes que se recojan en la CONTRATOS EN VIGOR.
legislación general reguladora de las prácticas de
los estudiantes universitarios. Los contratos con cargo a actividades de
Artículo 26- Derechos de propiedad industrial e investigación gestionados por la Universidad Miguel
intelectual y confidencialidad Hernández de Elche celebrados con anterioridad a la
entrada en vigor del presente Reglamento,
1.- Derechos de propiedad industrial e intelectual continuarán vigentes en los mismos términos hasta
la fecha de finalización prevista en el contrato, o
Con relación a los derechos de propiedad industrial prórrogas necesarias para la ejecución de la obra o
e intelectual sobre los resultados que se pudieran servicio que ha dado lugar a dicho contrato.
generar durante el periodo de práctica formativa se
estará a lo establecido en la Normativa de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA:
Universidad Miguel Hernández de Elche sobre BECAS DE INVESTIGACIÓN EN VIGOR.
Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y
subsidiariamente a la legislación reguladora de la Aquellas becas de investigación que se encuentren
materia a nivel estatal. vigentes a la entrada en vigor del presente
Reglamento, continuarán vigentes, en los mismos
2.- Confidencialidad
términos, hasta su finalización.
El estudiante se compromete a mantener Posteriormente, en aquellos casos en que se desee
confidencialidad sobre la información a la que dar continuidad a la formación de una persona, el
pudiera tener acceso durante la realización de la investigador responsable deberá ajustarse a lo
práctica formativa en el desempeño de su actividad dispuesto en este Reglamento.
en la Universidad.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en
vigor durante el periodo necesario para que la Queda derogada la Normativa de becas de
Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la investigación de la UMH asociadas a convenios,
misma de acuerdo a lo establecido en contratos y proyectos de I+D, aprobada el 16 de
contratos/convenios suscritos previamente con marzo de 2002 por la Comisión Gestora; así como sus
terceros.
modificaciones posteriores, y el apartado I.7 de la
En aquellos supuestos en los que la Universidad no Normativa Provisional de Gestión Económico-
hubiera contraído una obligación de administrativa de Acuerdos de investigación y
confidencialidad previa, el estudiante en práctica Prestaciones de Servicio.
formativa quedará obligado a la confidencialidad
durante los dos años siguientes a la finalización de su
vinculación con la Universidad.
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