Page 271 - 2024 TOMO II (noviembre)
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condiciones de trabajo y normas de prevención   2.- Confidencialidad
                  de riesgos laborales.
                                                               El personal investigador y el personal colaborador en
                  c) Observar confidencialidad con respecto a los   tareas de investigación se compromete a mantener
                  datos o  información de  carácter científico,   confidencialidad sobre la información a la que
                  técnico o comercial a los cuales pudiese acceder   pudiera tener acceso en  el desempeño de su
                  durante el desarrollo de sus actividades, de   actividad en la Universidad.
                  acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este
                  Reglamento. El incumplimiento de esta        Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en
                  obligación, así como la utilización indebida de la   vigor durante el periodo necesario para que la
                  información,  implicará  incurrir  en  las   Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la
                  responsabilidades que resulten procedentes, y   misma de acuerdo a lo establecido     en
                  será exigible directamente  al  causante la   contratos/convenios  suscritos previamente con
                  indemnización de los daños y perjuicios      terceros.
                  ocasionados.
                                                               En aquellos supuestos en los que la Universidad no
                  d) Respetar y hacer un buen uso del patrimonio y   hubiera  contraído  una  obligación  de
                  las instalaciones de la Universidad Miguel   confidencialidad previa, el personal investigador y
                  Hernández de Elche.                          personal colaborador en investigación quedará
                                                               obligado a la confidencialidad durante los dos años
                  e) Comunicar al Vicerrectorado competente en   siguientes a la finalización de su vinculación con la
                  materia de investigación cualquier cambio o   Universidad.
                  incidencia relativas a las condiciones necesarias
                  para la concesión de la ayuda que dio origen a la   Artículo 17.- Colaboración en la docencia
                  formalización del contrato, si procede, o aquellas   El personal investigador de la Universidad Miguel
                  que afectan al normal desarrollo de la misma.
                                                               Hernández  de  Elche podrá  colaborar en tareas
                  f) Cumplir las obligaciones generales derivadas   docentes en materias relacionadas con su actividad
                  de  la  normativa  vigente  sobre  ayudas  o   investigadora hasta un máximo de 80 horas al año,
                  subvenciones públicas, en su caso.           sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la
                                                               finalidad  investigadora de su vinculación a la
                  g) El resto de deberes mencionados en el artículo   Universidad Miguel Hernández de Elche, en el marco
                  15 de la Ley de la  Ciencia, la Tecnología y la   de una tutela académica.
                  Innovación, así como los previstos en las normas
                  específicas que pudieran resultar de aplicación   Para ello, este personal deberá solicitar la
                                                               autorización a los vicerrectorados con competencia
               Artículo  16.-   Derechos   de    propiedad     en las materias de investigación y docencia, con
               industrial/intelectual y confidencialidad       especificación de las tareas encomendadas, su
                                                               duración y con las conformidades previas del
               1.- Propiedad industrial e intelectual sobre los   investigador responsable,  y del director del
               resultados                                      Departamento, como representante del Consejo de

                                                               Departamento, o del  Director del Instituto, en
               Con relación a los derechos de propiedad industrial
               e intelectual sobre los resultados generados durante   función de la adscripción de la docencia.
               su vinculación con la  Universidad y en el año   La docencia impartida podrá ser certificada, a
               posterior a la misma, se estará a lo establecido en la   petición del interesado, por la Secretaría General de
               Normativa de la Universidad Miguel Hernández de   la Universidad Miguel Hernández de Elche.
               Elche sobre Derechos de Propiedad Industrial e
               Intelectual y, subsidiariamente, a la legislación   Artículo 18.- Colaboración en otras actividades
               reguladora de la materia a nivel estatal.


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