Page 203 - 2024 TOMO II (noviembre)
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20.4 El SGI-OTRI en colaboración con el distribución de estos beneficios se realizará aplicando
investigador responsable, será el servicio encargado de los porcentajes establecidos en el apartado anterior.
negociar con la empresa interesada la licencia de los Para llevar a cabo el reparto correspondiente al 70%
derechos de explotación de los resultados de entre los inventores/autores se estará a lo acordado en
investigación. la distribución interna suscrita entre ellos.
20.5 El contrato de licencia de explotación
definitivo será sometido a la aprobación de la Comisión TITULO III: DE LOS ACUERDOS DE CONFIDENCIALIDAD
en materia de Propiedad Industrial e Intelectual.
20.6 Este artículo no será de aplicación a los Artículo 22.- Acuerdo
contratos de licencia suscritos para la creación de Los acuerdos de confidencialidad a suscribir con
empresas de base tecnológica de la UMH. terceros serán firmados, preferentemente, por los
Artículo 21.- Distribución de los ingresos obtenidos por miembros de la comunidad universitaria con
la explotación de los resultados vinculación funcionarial o contractual, obligándose a
21.1 Los ingresos obtenidos como consecuencia de los este respecto a título personal.
contratos de explotación de los resultados de
investigación que correspondan a la UMH Con la finalidad de que dichos acuerdos contengan la
compensarán en primer lugar los gastos en los que información mínima necesaria, el SGI-OTRI facilitará los
haya incurrido la Universidad asociados a la protección modelos para su suscripción.
de los resultados.
21.2 La diferencia entre los ingresos recibidos y los DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA
gastos incurridos serán considerados como los En aquellas cuestiones no reguladas en la presente
beneficios generados como consecuencia del contrato normativa, se estará a lo dispuesto en la normativa
de explotación del resultado suscrito y se distribuirán vigente reguladora de la materia objeto de la presente
mediante el siguiente reparto: normativa.
- 70% entre los inventores/autores del resultado,
repartido de acuerdo al porcentaje de participación DISPOSICIÓN DEROGATORIA
que le corresponde a cada inventor según consta Queda derogada la Normativa sobre los derechos de
en la Comunicación de resultados remitida al SGI- propiedad industrial e intelectual de la UMH, aprobada
OTRI. el 1 de diciembre de 2010 por el Consejo de Gobierno
- 10% para los departamentos/institutos a los que de la UMH.
pertenezcan los inventores/autores, en proporción
a la participación de éstos. DISPOSICIÓN FINAL
- 20% Universidad La presente normativa entrará en vigor el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la
21.3 Cuando, en aplicación de lo dispuesto en un Universidad Miguel Hernández de Elche, y será de
contrato o convenio de investigación, la Universidad aplicación a aquellas notificaciones de resultados
perciba una compensación económica procedente de recibidas en el SGI-OTRI con posterioridad a dicha
la explotación de resultados de los que no es titular, la fecha.
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