Page 201 - 2024 TOMO II (noviembre)
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11.6 La entrada en fases nacionales a la finalización del   Patrimonial los registros solicitados a los efectos de su
               procedimiento de  extensión internacional  quedará   inclusión en el patrimonio de  la Universidad como
               condicionada a la existencia efectiva de acuerdos de   inmovilizado inmaterial
               explotación con  empresas o  a la posibilidad  real  de
               suscribir un contrato de explotación con una empresa   Capítulo 7: Programas de Ordenador
               que financie los gastos  que  dicha gestión  pueda
               ocasionar.                                      Artículo 14.- Concepto y Procedimiento Protección de
                                                               los programas
               Capítulo 5: Topografía de semiconductores       14.1 A efectos de la presente normativa se entiende
                                                               por programa de ordenador toda  secuencia de
               Artículo 12: Concepto y procedimiento de protección    instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas,
               12.1 Se entiende por topografía de semiconductores   directa o indirectamente, en un sistema informático
               una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere   para realizar una función o una tarea o para obtener un
               la manera en que estén fijadas o codificadas:   resultado determinado, cualquiera que fuere su forma
                   a) que representen la estructura tridimensional   de expresión y fijación. Quedan incluidos dentro del
                   de las  capas que componen  el producto     programa   de   ordenador  la  documentación
                   semiconductor,                              preparatoria, técnica y los manuales de uso.
                   b) en la cual cada imagen tenga la estructura o   14.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en el
                   parte de la estructura de una de las superficies del   artículo 8, en el caso de que apruebe la inscripción de
                   producto semiconductor  en  cualquiera de sus   una obra o un programa de ordenador en el Registro
                   fases de fabricación.                       de la Propiedad Intelectual, serán los autores quienes
               12.2 Para llevar a cabo la protección de una topografía   lo presente ante el mencionado registro, trasladando
               de semiconductores se estará a lo establecido en el   posteriormente el expediente al SGI-OTRI.
               Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento   14.3 En  los programas de ordenador,  con
               interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo 4   independencia de  que se  registren  o no, se hará
               correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    constar  en la primera  pantalla o  primera página lo
               12.3 El SGI-OTRI llevará un registro de las topografías   siguiente:
               de semiconductores solicitadas bajo titularidad de la   Copyright <año> UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ
               UMH y comunicará al Servicio de  Gestión        DE ELCHE. Todos los derechos reservados
               Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados a   14.4 El SGI-OTRI llevará un registro de los programas de
               los efectos  de  su inclusión en el  patrimonio de la   ordenador  solicitados bajo titularidad de la UMH y
               Universidad como inmovilizado inmaterial        comunicará  al Servicio de Gestión Presupuestaria  y
                                                               Patrimonial los registros solicitados a los efectos de su
               Capítulo 6: Diseños Industriales                inclusión en el patrimonio de  la Universidad como
                                                               inmovilizado inmaterial
               Artículo 13.- Concepto y procedimiento de protección
               13.1 Se entiende por diseño industrial  la apariencia   Capítulo 8: Otras Obras de propiedad intelectual
               externa de un producto  que  se  deriva  de líneas,
               contornos, colores, forma, textura, materiales y/o su   Artículo 15.- Concepto y Procedimiento
               ornamentación.                                  15.1 Se entiende por obra  a  efectos  de la  presente
               13.2 Con relación a la protección y extensión del diseño   normativa las creaciones originales literarias, artísticas
               industrial se estará a lo establecido en el Capítulo 3 de   o científicas expresadas por cualquier medio o soporte,
               la presente normativa “Procedimiento interno” y, en lo   tangible o intangible, actualmente conocido o que se
               que   resulte  de  aplicación,  al  Capítulo  4  invente en el futuro.
               correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    15.2 Para  la publicación de libros  en la Editorial
               13.3 El  SGI-OTRI llevará un registro de los  diseños   Electrónica de la UMH el procedimiento a seguir será el
               industriales solicitados bajo  titularidad de la UMH y   establecido por el Servicio de Bibliotecas.
               comunicará  al Servicio de Gestión Presupuestaria  y

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