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ANEXO  N-IV: NORMATIVA SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD
               INDUSTRIAL E INTELECTUAL DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE


               (UMH)

               Aprobado por el Consejo  de  Gobierno  de  5 de   universidad y que  pertenezcan  al ámbito de sus
               noviembre de 2002.                              funciones docente e investigadora.
                                                               2.1.2. Los resultados obtenidos por otros miembros de
               Modificado:                                     la  comunidad   universitaria,  con  vinculación
               Por el Consejo de Gobierno de 1 de diciembre de 2010.   funcionarial o contractual, como consecuencia de sus
               Por el Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2016.   funciones en la Universidad.
                                                               2.1.3 Los resultados obtenidos por  personal en
                                                               prácticas formativas en investigación  durante  la
               TITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN                  ejecución  de su proyecto  formativo.  Así como los
                                                               resultados obtenidos por cualquier beneficiario de una
               Artículo 1.- Ámbito de aplicación               ayuda gestionada por la Universidad que, de cualquier
               1.- Esta normativa es de aplicación a:          forma, colabore con un Departamento/Instituto para
               Los resultados  de los trabajos de  investigación,   iniciar su formación en investigación.
               desarrollo tecnológico e innovación  susceptibles de   2.1.4. Los resultados cuya titularidad correspondiera a
               derechos en exclusiva de los que sea titular la UMH   cualquier persona física o jurídica, vinculada o no con la
               según  lo expuesto en el  artículo 2,  y más    universidad, y que haya sido cedida a la Universidad
               concretamente:                                  mediante  el correspondiente acuerdo suscrito al
                •   Invención protegible  mediante Patente,  Modelo de   efecto.
                   Utilidad o Topografía de semiconductores;   2.1.5. Los derechos de explotación de las obras que se
                •   Diseño Industrial;                         realicen bajo  contrato suscrito por  la  UMH con
                •   Programa de Ordenador                      terceros.  En  particular,  corresponde a la UMH la
                •   Otras Obras de Propiedad Intelectual
                •   Know-How                                   titularidad de los derechos  de  explotación de  los
                •   Variedad Vegetal                           informes  científicos emitidos en el marco  de  los
               2.- Esta normativa no es de aplicación a los resultados   acuerdos suscritos  al amparo del  art.  83 de  la Ley
               y  las obras que el personal contratado o con   Orgánica de Universidades.
               vinculación estatutaria con la UMH pueda generar en   2.2. Lo señalado  en  el apartado anterior  respecto a
               el ejercicio de sus funciones y siguiendo instrucciones   titularidad de resultados, se entiende sin perjuicio de lo
               de la  Universidad  para solventar una necesidad   establecido en los contratos o convenios suscritos con
               concreta  de la  UMH,  en cuyo  caso la titularidad   entidades públicas o privadas,  o  personas físicas,  al
               corresponde a la  UMH sin  que  ésta deba  retribuir   amparo del art.  60  de  la Ley Orgánica  del  Sistema
               económicamente al personal encargado  de llevar a   Unviersitario (Ley 2/2023, de 22 de marzo), en cuyo
               cabo la citada obra.                            caso se estará a lo dispuesto en los mismos.
                                                               2.3. Para aquellos supuestos en los que el resultado no
               TITULO II: DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACION   sea exclusivamente titularidad de la UMH se suscribirá
                                                               un contrato de cotitularidad con el resto de entidades
               Capítulo 1. Titularidad, Derechos y Obligaciones   públicas y/o privadas titulares del resultado, en el que
                                                               se regulará las condiciones  específicas de dicha
               Artículo 2.- Titularidad de los resultados de I+D+i   cotitularidad.
               2.1. Corresponde a la UMH, en el ámbito de aplicación   2.4.  En  caso  de  que  el  resultado  proceda de una
               de la  presente normativa, la titularidad  de  los   actividad no  relacionada con  la  función del
               resultados obtenidos en las siguientes situaciones:   inventor/autor en la Universidad y ésta se realice con
               2.1.1. Los resultados obtenidos por el personal docente   medios  propios  y  fuera  del  tiempo  dedicado  a  su
               e investigador  y por el personal investigador,  con   actividad profesional, la titularidad de los derechos, así
               vinculación   funcionarial   o contractual, como   como  los  beneficios,  las  obligaciones  y
               consecuencia de su  función de investigación  en la
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