Page 202 - 2024 TOMO II (noviembre)
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15.3 Para la publicación de los artículos científicos, así conocido que, con independencia de si responde o no
como de los libros en los que el personal con plenamente a las condiciones para la concesión de un
vinculación funcionarial y contractual de la UMH derecho de obtentor, pueda:
participe a título gratuito y sin posterior compensación a) Definirse por la expresión de los caracteres
económica por derechos de autor, la UMH cede los resultantes de un cierto genotipo o de una
derechos patrimoniales sobre dichas obras a los cierta combinación de genotipos.
autores, pudiendo, consiguientemente, los autores
firmar la cesión de derechos solicitada por las b) Distinguirse de cualquier otro conjunto de
editoriales. plantas por la expresión de uno de dichos
caracteres por lo menos, y
Capítulo 9: Know-How
Artículo 16.- Concepto c) Considerarse como una unidad, habida
Se entiende por know-how a efectos de la presente cuenta de su aptitud a propagarse sin
normativa, el conocimiento técnico, explicitado que alteración.
pueda ser considerado nuevo, sustantivo y útil para su
explotación, resultado de las actividades de 19.2 Una ve seguido el procedimiento descrito en el
investigación de la UMH, cuya protección se obtiene artículo 8, n el caso de que se esté interesado en la
mediante secreto industrial y que vaya a ser objeto de inscripción de la variedad vegetal serán los autores
transferencia a una empresa para su explotación. quienes remitan la documentación al Registro,
trasladando posteriormente el expediente al SGI-OTRI
Artículo 17.- Transferencia 19.3 El SGI-OTRI llevará un registro de las variedades
El know-how entendido según el artículo anterior, vegetales solicitadas bajo titularidad de la UMH y
podrá ser objeto de transferencia siempre que se comunicará al Servicio de Gestión Presupuestaria y
cumplan los siguientes requisitos: Patrimonial los registros solicitados a los efectos de su
- se explicite el conocimiento a transferir de una inclusión en el patrimonio de la Universidad como
forma detallada inmovilizado inmaterial
- sea mantenido secreto.
Capítulo 11: Explotación de los resultados
Artículo 18.- Procedimiento
18.1 El know-how entendido según el artículo 16 Artículo 20.- Promoción y comercialización de los
deberá seguir el procedimiento establecido en el resultados protegidos
artículo 8 de la presente Normativa. 20.1 A partir de la presentación de la solicitud de
18.2 El SGI-OTRI llevará un registro del know-how protección del resultado de investigación el SGI-OTRI lo
entendido según el artículo 16 y titularidad de la UMH incorporará en la Cartera de resultados que figura en
y comunicará al Servicio de Gestión Presupuestaria y su página web institucional con el objeto de garantizar
Patrimonial el Know-How a los efectos de su inclusión una difusión previa adecuada del mismo.
en el patrimonio de la Universidad como inmovilizado 20.2 El SGI-OTRI podrá recurrir a profesionales
inmaterial. externos para realizar las actuaciones de promoción y
comercialización de los resultados de la UMH. Esta
colaboración se regulará mediante los
correspondientes acuerdos.
20.3 Cualquier resultado con anterioridad a ser
Capítulo 10: Variedades Vegetales transferido tendrá que contar con una declaración del
Vicerrector con competencias en Transferencia de
Artículo 19.- Concepto y Procedimiento Conocimiento, de que el resultado no es necesario para
19.1 Se entiende por variedad vegetal un conjunto de la defensa o mejor protección del interés público, en
plantas de un solo taxón botánico del rango más bajo virtud del artículo 55 de la Ley 2/2011 de Economía
Sostenible.
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