Page 38 - 2023 TOMO II (OCT)
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2.  En  casos  excepcionales  y  cuando  las  comisiones   Un mes en territorio nacional.
                  tengan  importancia  extraordinaria  o  comporten  una   Tres meses en el extranjero.
                  especial  solemnidad  en  la  representación  de  la
                  Universidad Miguel Hernández, como es el caso de sus
                  representantes, o el del Consejo Social, se podrá solicitar   CAPÍTULO I: COMISIONES DE SERVICIO.
                  el reintegro íntegro de los gastos originados.
                  3. En ningún caso podrá tener consideración de Comisión
                                                              ARTÍCULO 40. Conceptos de Indemnización
                  de  Servicios,  el  desplazamiento  habitual  (lugar  de
                  residencia a Centro de Trabajo Habitual).
                                                              La indemnización por Comisiones de Servicios que se
                  4.  No  generará  derecho  a  indemnización  aquellas
                  comisiones que tengan lugar a iniciativa propia sin previa   realicen  en  el  territorio  nacional,  podrá  estar
                  autorización.                               compuesta por:

               ARTÍCULO 39: Límites                            a) Dietas: Es la cantidad recibida diariamente para
                                                              compensar  los  gastos  originados  fuera  del  término
               La  presente  Normativa  tiene  por  objeto  regular  las   municipal en donde radique su lugar de trabajo.
               indemnizaciones que correspondan a todo el personal   Los estados que originan el derecho a percibir dietas
               de la Universidad Miguel Hernández por Comisiones   pueden comprender los subconceptos siguientes:
               de  Servicio,  quedan  excluidas  de  indemnización

               aquellas autorizaciones cuyos gastos sean asumibles
                                                              a.1) Alojamiento (incluido desayuno): Se devengarán gastos
               por otras Entidades.                           de alojamiento cuando la comisión obligue a pernoctar fuera
                                                              de la residencia habitual. Se justificarán con las facturas de
               El personal de la Universidad Miguel Hernández que   los establecimientos hosteleros. El importe a pagar será el
               realice un desplazamiento al servicio de ésta, recibirá   justificado efectivamente, con el límite de la cuantía fijada
               dietas y gastos que se acreditarán de acuerdo con los   en la Tabla I de este Título.
               criterios e importes aprobados por el Consejo Social, y
               que  se  encuentran  recogidas  en  la  Tabla  I  de  este   Podrán concertarse con empresas la prestación del servicio
                                                              de alojamiento. Cuando se produzca este supuesto, el pago
               Título.  A  propuesta  del  Consejo  de  Gobierno,  el
                                                              de  estos  gastos  concertados  equivaldrá  a  la  dieta  de
               Consejo  Social  podrá  actualizar  anualmente,  con
                                                              alojamiento en el desplazamiento por razón del servicio. No
               efectos  de  1  de  enero,  la  cuantía  de  las   se incluirán como gastos indemnizables los correspondientes
               indemnizaciones.                               a mini bar, teléfonos u otros extras.

               No obstante, lo anterior, el personal perteneciente al   a.2) Manutención: se devengarán por el importe fijado en la
               Grupo I recogido en el Anexo I del presente Título, así   Tabla  I  de  este  Título,  y  su  justificación  se  deducirá,
               como el personal de la Universidad Miguel Hernández   automáticamente, del día y hora que comienza y finaliza la
               de Elche que por su cualificación técnica y cualificación   comisión de servicio.
               de  la  Comisión  de  Servicios  haya  de  acompañarlos;
               pueden ser indemnizados por los gastos de Hospedaje   Se percibirá el importe de una dieta por cada uno de los días
                                                              completos de duración de la Comisión de Servicios. En las
               y  Restauración,  por  los  importes  efectivamente
                                                              comisiones  cuya  duración  sea  igual  o  inferior  a  un  día
               realizados,  sin  resultar  de  aplicación  las  cuantías   natural,  no  se  percibirán  indemnizaciones  por  gastos  de
               recogidas en el apartado D “Dietas” del referido Anexo   manutención  cuando  la  comisión  no  tenga  una  duración
               I.  En  situaciones  justificadas  de  inexistencia  de   mínima de cinco horas. Ahora bien, si la comisión se inicia
               alojamientos adecuados por localización o condiciones   antes de las 14:00 horas y finaliza después de las 16:00 horas,
               básicas en destino, que en aplicación del criterio de   cumpliendo  la  duración  mínima  establecida,  en  este
               eficiencia en el uso de los recursos públicos destinados   supuesto  se  percibirá  el  50%  del  importe  de  la  dieta  de
               a financiar el alojamiento y desplazamientos al lugar   manutención. Por los días de salida y regreso se percibirá la
               de  celebración  del  acto  o  reunión;  el  personal   parte proporcional que corresponda según el cuadro horario
               reconocido como Alto Cargo en la tabla I de este título,   siguiente:
               excepcionalmente   podrá   superar   los   límites
                                                                                      REGRESO
               establecidos para alojamiento en la Tabla I referida.

               La  duración  de  las  comisiones  de  servicio  por  la     ANTES DE   ENTRE    DESPUÉS
                                                                             15,30 h   15,30h ‐22h   22 h
               asistencia a cursos de capacitación, especialización o
               ampliación  de  estudios,  los  de  perfeccionamiento,
               investigación científica y técnica o de creación artística
               o por razones del servicio será de:               SALIDA   ANTES DE   15,30 h
                                                                              0%      50%      100% (*)



               38 | Página                      Presupuesto
   33   34   35   36   37   38   39   40   41   42   43