Page 327 - 2023 TOMO II (OCT)
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considerable.                                   ‐  Mobiliario:  mesas,  sillas,  armarios  no
                      ‐ Los bienes inmuebles se inventariarán de      empotrados,  taquillas,  archivadores,
                      forma  individual  e  independientemente,       cajoneras               registradas
                      los solares y los edificios.                    independientemente  y  estanterías.  No
                                                                      estando  incluido  en  este  concepto  de
                  Artículo 12. Bienes inventariables.                 mobiliario, elementos tales como: silla de
                  1. Con independencia de la forma de adquisición     ruedas,  muletas,  andadores,  camillas,  y
                  y  procedencia  de  los  fondos,  se  inventariarán   en  general  aquellos  bienes  muebles
                  todos  los  bienes  y  derechos  que  integran  el   análogos, específicos para la asistencia a
                  patrimonio  de  la  Universidad,  de  conformidad   la movilidad.
                  con lo establecido en la presente Normativa.        ‐  Grandes  electrodomésticos:  cocinas,
                  2. Los bienes muebles a inventariar deben tener     hornos,    lavadoras,   secadoras,
                  un  valor  igual  o  superior  a  300,00  euros,  IVA   frigoríficos,  congeladores,  lavavajillas,
                  excluido,  salvo  los  asociados  a  proyectos  de   termos y calentadores.
                  financiación  externa  que  deban  quedar           2.3.  Aquellas  adquisiciones  que  se
                  incorporados en el Inventario por mandato del       incorporen  a  bienes  muebles,  que  ya
                  órgano financiador.                                 estén inventariados y que supongan un
                     2.1.  Serán  inventariables  aquellos  bienes    aumento  de  su  capacidad  productiva  o
                     muebles  que  cumplan  los  dos  requisitos      un  alargamiento  de  su  vida  útil  se
                     siguientes:                                      calificarán  de  mejoras  inventariables,
                        a) Que no sea fungible: vida útil superior    con independencia de su valor.
                        a un año y no se consuma por el uso.    3.  Se  incluirán  como  bienes  inmuebles  a
                        b) Valor total igual o superior a 300,00   inventariar  los  terrenos,  bienes  naturales  y
                        euros,   IVA   excluido   (transportes,   construcciones.”
                        seguros, y gastos de instalación hasta su
                        puesta en funcionamiento, incluido).    Artículo 13. Bienes no inventariables.
                     2.2.   Sin   perjuicio   de   lo   expuesto   No serán inventariables los bienes muebles:
                     anteriormente,   regirán   las   siguientes
                     excepciones,  que  se  incluirán  en  el      a)   No  fungibles  cuyo  valor  sea  inferior  a
                     Inventario  de  Bienes  de  la  Universidad  en   300,00  euros,  IVA  excluido,  salvo  las
                     todo caso, con independencia de su valor:     excepciones  que  debidamente  motivadas
                        ‐  Patrimonio  cultural:  circunscrito  a  lo   sean de interés estratégico y/o patrimonial
                        que  el  Plan  General  de  Contabilidad   para   la   universidad,   y   autorizadas
                        Pública,  PGCP  (Orden  EHA/1037/2010,     expresamente por Gerencia, previo informe
                        de 13 de abril), en su apartado Normas de   del  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
                        reconocimiento  y  valoración,  define     Patrimonial.
                        como  patrimonio  histórico,  que  “está   b) Fungibles, es decir, que se consuman con
                        constituido  por  aquellos  elementos      el  uso,  sea  cual  fuere  su  aplicación,
                        patrimoniales  muebles  o  inmuebles  de   independientemente de su coste o cuya vida
                        interés     artístico,   histórico,        útil sea inferior a un año.
                        paleontológico,       arqueológico,
                        etnográfico, científico o técnico, así como   Considerando como material fungible:

                        el patrimonio documental y bibliográfico,     a)  El  material  para  repuestos  o  piezas  para
                        los  yacimientos,  zonas  arqueológicas,      sustituciones.
                        sitios  naturales,  jardines  y  parques  que   b)  El material fungible de vidrio de laboratorio.
                        tengan  valor  artístico,  histórico  o       c)  Ciertos  bienes  que  han  de  entenderse  como
                                                                      material  de  oficina  no  inventariable,  tales  como
                        antropológico”.                               papeleras, flexos, percheros, bandejas o conjuntos
                        ‐ Equipos para procesos de información:       de archivo en plástico, carritos de transporte, carros
                        unidades  centrales  (CPU),  monitores,       de  carpetas  colgantes,  pequeñas  etiquetadoras,
                        televisores,   ordenadores   portátiles,      grapadoras,  y  en  general  el  pequeño  y  común
                                                                      material de oficina, que no supere los 300,00 euros
                        teléfonos  móviles,  tablets,  impresoras,    IVA excluido.
                        escáneres y equipos multifunción.             d) Libros, revistas y otras publicaciones que serán
                        ‐ Equipos de alimentación ininterrumpida      catalogados por las Bibliotecas.
                        (SAI´S).                                      e) Los bienes particulares que sean de propiedad de
                                                                      las  personas  que  desempeñan  su  trabajo  en  la
                        ‐  Equipos  audiovisuales:  proyectores  y    Universidad.
                        pantallas de proyección.                      f)  Las  aplicaciones  informáticas  adquiridas  bajo

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