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Ley  49/2002,  de  23  de  diciembre,  de  régimen   Artículo 2. Composición del patrimonio.
                  fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los   1.  Los  bienes  y  derechos  de  la  Universidad
                  incentivos fiscales al mecenazgo, en su apartado   podrán ser de dominio público (demaniales) o
                  c) reconoce los incentivos fiscales que en ella se   de dominio privado (patrimoniales).
                  contemplan  a  los  donativos,  donaciones  y   2.  Son  bienes  de  dominio  público  cuya
                  aportaciones irrevocables realizados a favor de   titularidad ostenta la Universidad:
                  las  Universidades  públicas  y  los  colegios   a)  Los  que  se  encuentren  afectos  al  uso  o
                  mayores  adscritos  a  ellas,  como  instituciones   servicio  público  de  la  educación  superior,  así
                  beneficiarias.                                como a sus fines y funciones.
                                                                b) Todo bien que en el futuro destine el Estado
                  De los términos previstos en el artículo 6 de la   o la Comunidad Autónoma al cumplimiento, por
                  Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, del   la Universidad, de sus fines estatutarios.
                  mecenazgo  cultural,  científico  y  deportivo  no   c)  Cualquier  otro  bien,  cualquiera  que  sea  su
                  profesional  en  la  Comunitat  Valenciana;  que   origen, que fuere afectado al servicio público de
                  reconoce a la Generalitat la competencia para   la  educación  superior  prestado  por  la
                  fomentar  mediante  incentivos  y  beneficios   Universidad.
                  fiscales en actividades de mecenazgo, en favor   d)   Son   inalienables,   imprescriptibles   e
                  de   actividades   culturales,   científicas   y   inembargables.
                  deportivas  no  profesionales,  desarrolladas  por   3.  Son  bienes  de  dominio  privado  todos
                  la Universidad.                               aquellos bienes y derechos que pertenezcan a la
                                                                Universidad  y  no  están  destinados  al  uso  o
                  Dado  que  la  aceptación  de  donaciones  o
                  cesiones de uso es un trámite necesario previo a   servicio público universitario, y entre ellos:
                  su incorporación al patrimonio universitario, o a   a)  Los  rendimientos,  frutos  o  rentas  de  sus
                                                                bienes.
                  la  incorporación  al  presupuesto  en  el  caso  de
                                                                b) Las acciones y participaciones en sociedades
                  cantidades  adineradas,  la  Universidad  Miguel
                  Hernández  establece  los  procedimientos     de carácter público o privado, y en fundaciones
                  específicos de aceptación.                    públicas  o  privadas  en  que  intervenga  la
                                                                Universidad o sus organismos o entidades.
                                                                c)   Son   alienables,   prescriptibles   e
                  A  estos  efectos,  y  para  dar cumplimiento a  lo   inembargables, los bienes de dominio privado,
                  previsto  en  la  Normativa  establecida  en  los   mientras tengan este carácter.
                  anteriores  apartados;  se  dicta  el  presente   4. La titularidad de los bienes de la Universidad
                  Reglamento de Gestión Patrimonial e Inventario   Miguel Hernández de Elche únicamente podrá
                  bienes, aplicable a esta Universidad.         ser limitada por razón de interés público, en los
                                                                casos en que la ley así lo establezca.
                  TÍTULO I: PATRIMONIO
                                                                Artículo  3.  Afectación  y  desafectación  de
                  Artículo 1. Concepto de patrimonio.           bienes  y  derechos.  Inscripción  en  registros
                  1.  El  patrimonio  de  la  Universidad  Miguel   públicos.
                  Hernández  de  Elche  está  constituido  por  el   1.  Los  bienes  que  se  adquieran  como
                  conjunto  de  bienes,  derechos  y  obligaciones   patrimoniales,  y  sean  inventariables,  se
                  cuya  titularidad  ostenta  esta  Institución,  o  le   considerarán afectados en atención a su uso o
                  sean atribuidos por el ordenamiento jurídico, y   servicio  público  por  lo  que  se  les  otorga  la
                  por los rendimientos de tales bienes y derechos.   condición  de  bienes  de  dominio  público,
                  2. Tendrán la consideración de patrimonio de la   afectación que es simultánea a la adquisición.
                  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  todos   2. En caso de expropiación forzosa, la afectación
                  los  bienes  y  derechos  de  sus  organismos  y   se  entiende  implícita  en  la  declaración  de
                  Entidades públicas sujetas al Derecho privado.   utilidad pública o interés social.
                  3.  Las  donaciones  que  reciba  y  el  material   3.  Es  competencia  del  Consejo  de  Gobierno,
                  inventariable y bibliográfico que se adquiera con   acordar la afectación al dominio público de los
                  cargo a fondos de investigación, se incorporarán   bienes  universitarios  y  su  desafectación,  así
                  al  patrimonio  de  la  Universidad  Miguel   como  la  adquisición  y  el  procedimiento  de
                  Hernández  de  Elche,  salvo  que  en  virtud  de   enajenación de bienes patrimoniales.
                  convenio deban adscribirse a otras entidades.   4.  El  acto  de  afectación  producirá  en  los
                                                                registros  públicos  los  efectos  previstos  en  la
                                                                legislación  del  Estado,  y  se  hará  constar  en  el

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