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ANEXO N‐IV: NORMATIVA SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E

               INTELECTUAL DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE (UMH)

               Aprobado  por  el  Consejo  de  Gobierno  de  5  de   consecuencia  de  su  función  de  investigación  en  la
               noviembre de 2002.                              universidad  y  que  pertenezcan  al  ámbito  de  sus
                                                               funciones docente e investigadora.
               Modificado:                                     2.1.2. Los resultados obtenidos por otros miembros de
               Por el Consejo de Gobierno de 1 de diciembre de 2010.   la   comunidad   universitaria,   con   vinculación
               Por el Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2016.   funcionarial o contractual, como consecuencia de sus
                                                               funciones en la Universidad.
                                                               2.1.3  Los  resultados  obtenidos  por  personal  en
               TITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN                  prácticas  formativas  en  investigación  durante  la
                                                               ejecución  de  su  proyecto  formativo.  Así  como  los
               Artículo 1.‐ Ámbito de aplicación               resultados obtenidos por cualquier beneficiario de una
               1.‐ Esta normativa es de aplicación a:          ayuda gestionada por la Universidad que, de cualquier
               Los  resultados  de  los  trabajos  de  investigación,   forma, colabore con un Departamento/Instituto para
               desarrollo  tecnológico  e  innovación  susceptibles  de   iniciar su formación en investigación.
               derechos en exclusiva de los que sea titular la UMH   2.1.4. Los resultados cuya titularidad correspondiera a
               según  lo  expuesto  en  el  artículo  2,  y  más   cualquier persona física o jurídica, vinculada o no con la
               concretamente:                                  universidad, y que haya sido cedida a la Universidad
                   Invención  protegible  mediante  Patente,  Modelo  de   mediante  el  correspondiente  acuerdo  suscrito  al
                   Utilidad o Topografía de semiconductores;   efecto.
                   Diseño Industrial;                         2.1.5. Los derechos de explotación de las obras que se
                   Programa de Ordenador                      realicen  bajo  contrato  suscrito  por  la  UMH  con
                   Otras Obras de Propiedad Intelectual
                   Know‐How                                   terceros.  En  particular,  corresponde  a  la  UMH  la
                   Variedad Vegetal                           titularidad  de  los  derechos  de  explotación  de  los
                                                               informes  científicos  emitidos  en  el  marco  de  los
               2.‐ Esta normativa no es de aplicación a los resultados
                                                               acuerdos  suscritos  al  amparo  del  art.  83  de  la  Ley
               y  las  obras  que  el  personal  contratado  o  con
                                                               Orgánica de Universidades.
               vinculación estatutaria con la UMH pueda generar en
                                                               2.2.  Lo  señalado  en  el  apartado  anterior  respecto  a
               el ejercicio de sus funciones y siguiendo instrucciones
                                                               titularidad de resultados, se entiende sin perjuicio de lo
               de  la  Universidad  para  solventar  una  necesidad
                                                               establecido en los contratos o convenios suscritos con
               concreta  de  la  UMH,  en  cuyo  caso  la  titularidad
                                                               entidades  públicas  o  privadas,  o  personas  físicas,  al
               corresponde  a  la  UMH  sin  que  ésta  deba  retribuir
                                                               amparo del art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades
               económicamente  al  personal  encargado  de  llevar  a
                                                               (Ley  6/2001,  de  21  de  diciembre),  en  cuyo  caso  se
               cabo la citada obra.
                                                               estará a lo dispuesto en los mismos.

                                                               2.3. Para aquellos supuestos en los que el resultado no
               TITULO II: DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACION
                                                               sea exclusivamente titularidad de la UMH se suscribirá

                                                               un contrato de cotitularidad con el resto de entidades
               Capítulo 1. Titularidad, Derechos y Obligaciones
                                                               públicas y/o privadas titulares del resultado, en el que

                                                               se  regulará  las  condiciones  específicas  de  dicha
               Artículo 2.‐ Titularidad de los resultados de I+D+i
                                                               cotitularidad.
               2.1. Corresponde a la UMH, en el ámbito de aplicación
                                                               2.4.  En  caso  de  que  el  resultado  proceda  de  una
               de  la  presente  normativa,  la  titularidad  de  los
                                                               actividad  no  relacionada  con  la  función  del
               resultados obtenidos en las siguientes situaciones:
                                                               inventor/autor en la Universidad y ésta se realice con
               2.1.1. Los resultados obtenidos por el personal docente
                                                               medios  propios  y  fuera  del  tiempo  dedicado  a  su
               e  investigador  y  por  el  personal  investigador,  con
                                                               actividad profesional, la titularidad de los derechos, así
               vinculación   funcionarial   o   contractual,   como
                                                               como    los   beneficios,   las   obligaciones   y
               192 | Página                     Presupuesto
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