Page 187 - 2023 TOMO II (OCT)
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Artículo 15.                                            y desarrollo en los que no se reconozca a la
                                                                       universidad  ninguna  propiedad  sobre
               Las  prestaciones  de  servicio  se  formalizarán       resultados ni la percepción de regalías, la
               mediante  la  cumplimentación  de  una  hoja  de        universidad recibirá en concepto de gastos
               encargo  de  acuerdo  con  el  modelo  normalizado      generales el 13,2% del importe económico
               aprobado por la universidad.                            neto del contrato.
                                                                      En  el  supuesto  de  los  contratos  de
               Las  hojas  de  encargo  contendrán  al  menos  la      enseñanzas   de   especialización   o
               información siguiente:                                  actividades  específicas  de  formación  que
                  - Datos del solicitante del servicio.                requieran  del uso del  Campus  Virtual y/o
                                                                       expedición  de  certificado,  la  universidad
                  - Investigador Responsable y Departamento.
                                                                       recibirá en concepto de gastos generales el
                  - Descripción detallada de la actividad (mínimo
                                                                       18,7%
                   60 palabras).
                                                                       del importe económico neto del contrato.
                  - Plazo aproximado de ejecución.
                  - Presupuesto aproximado (sin IVA).            En  todos  los  casos,  los  costes  indirectos  se
                                                                 aplicarán  con  carácter  general,  en  los  términos
               En  el  caso  de  la  realización  de  trabajos   recogidos  en  la  Normativa  de  Contribución  de
               profesionales  tramitados  a  través  de  Colegios   Costes Indirectos, previo descuento del 0,7% que
               Profesionales, la prestación de servicio se podrá   corresponda aplicar para impulsar actividades de
               entender solicitada mediante la cumplimentación   Cooperación al Desarrollo, del modo siguiente:
               del  modelo  de  hoja  de  encargo  del  Colegio
               Profesional debidamente visada.                     a)  Un 25%   se   revertirá   para   gastos
                                                                       de investigación   a   criterio   del
               Las hojas de encargo tendrán la consideración de        departamento o instituto universitario.
               contratos regulados por este reglamento y estarán   b)   Un 25% que será asignado al investigador
               por tanto sujetas a las normas en él establecidas.      responsable del acuerdo, para   su   libre
                                                                       disposición.
               Artículo 16.                                            En ambos casos, la reversión se producirá a
                                                                       medida   que   se vaya recibiendo en la
               Corresponderá  al  Consejo  de  Gobierno  la            universidad la    financiación prevista
               aprobación  de  todas  las  actividades reguladas en    en el acuerdo.
               este reglamento.
                                                                   c)  El  restante  50%    correspondiente  a
                                                                       contribución  de  costes  indirectos  para
                      TÍTULO III. RÉGIMEN ECONÓMICO                    gastos   generales   no   revertido   al
                                                                       departamento o instituto universitario o al

               Artículo 17.                                            investigador responsable, en los términos
                                                                       recogidos en la Normativa de contribución
               El  importe  de  los  contratos  o  convenios  y        de  costes  indirectos,  queda  a  disposición
               prestaciones  de  servicio  regulados  en  este         del  vicerrectorado con  competencias  en
               reglamento  será  plenamente  incorporado  a  los       Transferencia  del  Conocimiento,  quién
               presupuestos de la universidad.                         podrá  proponer  acciones  especiales
                                                                       financiadas  con  la  aplicación  de  estos
               Artículo 18.                                            costes indirectos.

               Por  norma  general,  a  los  importes  netos     En  los  casos  en  que  hubiera  un  co‐investigador
               correspondientes  de  los  contratos,  convenios  y   responsable,  corresponderá  al  Investigador
               prestaciones  de  servicio  regulados  en  este   responsable  la  plena  responsabilidad  del
               Reglamento,  se  aplicará  la  Normativa  de      cumplimiento del contrato. Asimismo, la reversión
               contribución  a  los  costes  indirectos  vigente   de  los  costes  indirectos  recaerá  en  el
               conforme a los siguientes criterios:              departamento  o  instituto  universitario  al  que
                                                                 pertenezca el investigador responsable.
                    Con carácter general, dedicarán un 10,7% a
                     los gastos generales de la universidad. En el
                     supuesto de los contratos de investigación
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