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especializados de amplia repercusión social y de interés La duración del convenio siguiendo las condiciones
para la Universidad. En ellas se pueden realizar establecidas en el artículo 6 del presente Reglamento.
actividades de formación, investigación y desarrollo y/o
La adscripción de la Cátedra a un departamento o
divulgación.
instituto.
ARTÍCULO 3. Iniciativa y Procedimiento de creación
Los órganos de la Cátedra, de acuerdo con el artículo 8I del
presente Reglamento.
Las Cátedras Institucionales se crearán a iniciativa del
Rector quien la propondrá al Consejo de Gobierno para Las condiciones económicas, de acuerdo con el artículo 14
su aprobación. Los términos aplicables a la creación de del presente Reglamento.
estas Cátedras quedarán recogidos en el
correspondiente Acuerdo de aprobación del Consejo de Las condiciones de difusión de la existencia de la Cátedra
y del uso de la imagen de la Universidad.
Gobierno, según se detalla en el artículo 4.
El cumplimiento de las normativas internas de la
Las Cátedras de Empresa o de Mecenazgo se crearán a
Universidad que resulten de aplicación.
iniciativa de un miembro del personal docente e
investigador (PDI), perteneciente a los cuerpos docentes Adicionalmente, el Convenio de creación de las Cátedras
con vinculación permanente, adscrito a un de Empresa deberá contener, al menos, las condiciones
Departamento o Instituto de la UMH. Este miembro de confidencialidad sobre las actividades de la Cátedra y el
actuará como promotor durante el proceso de régimen de titularidad y explotación, si procede, de los
tramitación de la propuesta de creación de la Cátedra y derechos de Propiedad Industrial y/o Intelectual.
será la persona de contacto y responsable de la
El Convenio de Creación de las Cátedras de Mecenazgo
propuesta mientras se constituya formalmente la
reflejará el carácter desinteresado de la aportación de la
Cátedra. empresa o entidad colaboradora y, en particular, se hará
constar que la titularidad respecto de los derechos de
La propuesta deberá dirigirse al Vicerrectorado con
Propiedad Industrial y/o Intelectual corresponderá a la
competencias en transferencia de conocimiento para su UMH.
valoración, debiendo formalizarse la creación de la
Cátedra mediante la suscripción del correspondiente El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de
Mecenazgo será suscrito por el Rector de la Universidad y
Convenio de creación entre la UMH y la/s entidad/es y
por los representantes de las otras entidades con poderes
cuya aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de
suficientes para la firma del convenio.
la Universidad. Con carácter previo a su aprobación, se
solicitará informe al Director del departamento o ARTÍCULO 5. Administración y gestión del Convenio de
instituto al que vaya a quedar adscrita la Cátedra. creación
Las Cátedras de Empresa y de Mecenazgo quedarán La OTRI es el servicio administrativo encargado de las
adscritas al departamento o instituto al que pertenezca gestiones para la constitución de las Cátedras de Empresa
su Director o, en caso de que éste sea personal externo a o de Mecenazgo. Su personal está al servicio de la
la UMH, su Codirector. comunidad universitaria para informar y asesorar sobre
cualquier aspecto relacionado con estas Cátedras y para
ARTÍCULO 4. Contenidos del Acuerdo de aprobación y
elaborar su Convenio de creación.
del Convenio de creación
ARTÍCULO 6. Duración
El Acuerdo de aprobación de las Cátedras Institucionales
detallará, al menos, su objeto, actividades, financiación, Las Cátedras Institucionales se crearán con carácter
estructura y funcionamiento. indefinido, pudiendo extinguirse tal y como se establece
en el artículo 7.
El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de
Mecenazgo deberá incluir, al menos, los siguientes La duración de las Cátedras de Empresa o de Mecenazgo
aspectos: será establecida de común acuerdo entre las partes y se
plasmará en el Convenio de creación.
La descripción de las actividades a desarrollar.
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