Page 133 - 2022 TOMO III(modif.1)
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   Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos   anterior que queden determinadas en el Convenio de
                   propuestos y que se acuerden entre las partes.   creación o Acuerdo de aprobación.
               4. El Consejo Asesor se reunirá como mínimo una vez al   ARTÍCULO 12. Secretario de la Cátedra
               año en sesión ordinaria. Asimismo, se podrá reunir con
               carácter extraordinario, cuando así lo requiera cualquiera   El Secretario de la Cátedra será uno de los miembros del
               de sus miembros.                                Consejo Asesor de la misma.

               ARTÍCULO 11. Director de la Cátedra y Codirector.    El Secretario será nombrado por el Rector, a propuesta
                                                               del Director.
               El Director de la Cátedra será un experto de reconocido
               prestigio profesional, técnico y/o científico en el ámbito   Serán funciones del Secretario:
               temático de la Cátedra, preferentemente perteneciente
                                                                   Convocar las reuniones del Consejo Asesor por indicación
               a los cuerpos docentes con vinculación permanente de la
                                                                    del Director de la Cátedra.
               UMH.
                                                                   Redactar, archivar y custodiar las Actas de las reuniones
               La Cátedra podrá contar, asimismo, con un Codirector
                                                                    del Consejo Asesor.
               igualmente  de  reconocido  prestigio  en  el  ámbito  de
               actuación de la Cátedra.                            Expedir las certificaciones de las Actas y acuerdos.

               Será requisito imprescindible que la Cátedra disponga de      Informar a los Servicios Centrales de la Universidad de
               un Director o un Codirector perteneciente a los cuerpos   aquellos  acuerdos  del  Consejo  Asesor  que  tengan
                                                                    implicaciones para su gestión.
               docentes con vinculación permanente de la UMH.
                                                                   Cualquier otra función establecida en los documentos de
                El Director y, en su caso, el Codirector serán nombrados
                                                                    creación de las Cátedras.
               por el Rector de acuerdo a lo establecido en el artículo 13.
                                                               ARTÍCULO 13. Nombramiento de Director, Codirector y
               Serán funciones del Director:
                                                               Secretario
                   Presidir el Consejo Asesor de la Cátedra.
                                                               El Director, Codirector, en su caso, y Secretario de las
                   Representar a la Cátedra en cuantas reuniones, acciones   Cátedras de Empresa o de Mecenazgo serán nombrados
                   o actividades se requieran.                 por el Rector una vez su designación haya sido aprobada
                                                               por el Consejo de Gobierno junto al Convenio de creación
                   Elaborar el Plan anual de actividades de la Cátedra.
                                                               de las Cátedras.
                   Proponer  al  Consejo  Asesor  la  participación  en  las
                                                               La  designación  de  un  nuevo  Director,  Codirector  o
                   actividades de la Cátedra de los profesionales referidos en
                                                               Secretario requerirá la previa aceptación del Vicerrector
                   el  artículo  9.1  y  en  particular,  cuando  proceda,  su
                   designación como “Adjunto a la Cátedra”.    con  competencias  en  transferencia  de  conocimiento,
                                                               procediendo el Rector a su nombramiento.
                   Ejecutar los acuerdos del Consejo Asesor.
                                                               El  Director,  Codirector  en  su  caso  y  Secretario  de  las
                   Supervisar las actividades de la Cátedra.   Cátedras Institucionales serán nombrados por el Rector,
                                                               oído el Consejo de Gobierno.
                   Gestionar los recursos económicos de la Cátedra.

                   Informar al Consejo Asesor de cuantas acciones, gestiones
                   o actividades se lleven a cabo, presentando, una vez al
                   año, la Memoria técnica y económica.

                   Cualquier otra función establecida en los documentos de
                   creación de las Cátedras.                   CAPÍTULO III
                                                               RÉGIMEN ECONÓMICO
               En caso de que la Cátedra cuente con un Codirector, éste
               asumirá  aquellas  funciones  recogidas  en  el  apartado

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