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las tasas oficiales, así como los costes de protección y   - Plan de explotación del resultado
               mantenimiento  correrán a cargo de la partida del   11.2 El SGI-OTRI examinará la documentación recibida y
               presupuesto que  la Universidad dotará al efecto, de   realizará  un  informe de potencial  de  mercado  que
               acuerdo a los  límites económicos aprobados por  la   remitirá a la Comisión junto con la documentación que
               Universidad anualmente.                         considere oportuna, a fin de que ésta, en el plazo
               La partida de presupuesto será gestionada por el   máximo de un mes, resuelva acerca de la conveniencia
               Vicerrectorado con competencias en Transferencia de   de dicha extensión. En la instrucción del procedimiento,
               Conocimiento.                                   la Comisión podrá solicitar cuanta información adicional
               El mantenimiento de la protección de los resultados   estime oportuna y podrá dar audiencia a los
               estará condicionado a la viabilidad de explotación de la   inventores/autores cuando la propuesta de resolución
               misma y a la disponibilidad de fondos.          del procedimiento así lo requiera.
                                                               11.3 La Comisión valorará la documentación aportada y,
               Capítulo 4: Patentes/Modelos de Utilidad        en su caso  la información  requerida durante el
                                                               procedimiento de instrucción, y se pronunciará sobre la
               Artículo 10.- De la protección a nivel nacional:   extensión de la protección de la patente.
               10.1 Si como consecuencia del procedimiento al efecto   11.4 En el caso de que  los inventores, mediante  la
               instruido la Comisión acuerda instar la protección de la   cumplimentación del modelo referido en el apartado
               invención, para la tramitación de la inscripción de una   uno, comuniquen que no están  interesados en  la
               invención, los inventores podrán contar con el apoyo de   extensión de la protección de la patente, o cuando no se
               los adecuados servicios profesionales externos y con el   hayan pronunciado expresamente al respecto con un
               asesoramiento técnico del SGI-OTRI, redactarán un   mes de antelación a la fecha de vencimiento del periodo
               borrador de la memoria de solicitud de patente, que   de prioridad de la patente española, el SGI-OTRI dará
               será revisado por el citado Servicio.           traslado de esta circunstancia a la Comisión junto con un
               10.2 El SGI-OTRI gestionará la  presentación  del   Informe Potencial de mercado para que, en todo caso,
               expediente resultante ante la OEPM, y mantendrá   se pronuncie sobre la conveniencia de la extensión.
               informado al investigador responsable de cualquier   11.5  El acuerdo de la Comisión será notificada al
               incidencia que pudiera  producirse durante la   investigador responsable a través del SGI-OTRI.
               tramitación del citado expediente.              11.6 La entrada en fases nacionales a la finalización del
               10.3 Si como consecuencia del procedimiento al efecto   procedimiento de extensión  internacional quedará
               instruido, la Comisión resuelve no instar la protección,   condicionada a  la existencia efectiva de acuerdos de
               se estará a lo establecido en los apartados 3.1 y 3.2 de   explotación con empresas  o a la posibilidad real de
               la presente normativa.                          suscribir un contrato de explotación con una empresa
               10.4 El SGI-OTRI llevará un registro de las patentes y   que financie los gastos que dicha gestión pueda
               modelos de utilidad solicitadas bajo titularidad de la   ocasionar.
               UMH y  comunicará al  Servicio de Gestión
               Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados a   Capítulo 5: Topografía de semiconductores
               los  efectos de su inclusión  en el patrimonio  de  la
               Universidad como inmovilizado inmaterial        Artículo 12: Concepto y procedimiento de protección
                                                               12.1 Se entiende por topografía de semiconductores
               Artículo 11.- De la Extensión Internacional     una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere
               11.1 Los  inventores, a través del investigador   la manera en que estén fijadas o codificadas:
               responsable, podrán manifestar su interés por extender   a) que representen la estructura tridimensional de las
               la protección de una patente/modelo de utilidad a otros   capas que componen el producto semiconductor,
               países, a través  del procedimiento establecido en el   b) en la cual cada imagen tenga la estructura o parte de
               presente apartado. Este interés deberá comunicarse al   la estructura de una de las superficies del producto
               SGI-OTRI,  con una antelación de tres meses al   semiconductor en cualquiera de  sus fases de
               vencimiento del plazo de prioridad, aportando:    fabricación.
               - Comunicación de Interés en extensión internacional de   12.2 Para llevar a cabo la protección de una topografía
               la protección                                   de semiconductores  se estará a  lo establecido en el

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