Page 257 - 2020-TomoII (V7)
P. 257

concesión  de  la  práctica  en  el  marco  de  la   DISPOSICIÓN  TRANSITORIA  PRIMERA:
                     actividad  de  investigación,  si  procede,  o   CONTRATOS EN VIGOR.
                     aquellas que afectan al normal desarrollo de
                     la misma.                                 Los  contratos  con  cargo  a  actividades  de
                    Respetar y hacer un buen uso del patrimonio   investigación gestionados por la Universidad Miguel
                     y  las  instalaciones  de  la  Universidad  Miguel   Hernández de Elche celebrados con anterioridad a la
                     Hernández de Elche.                       entrada  en  vigor  del  presente  Reglamento,
                    El  resto  de  deberes  que  se  recojan  en  la   continuarán vigentes en los mismos términos hasta

                     legislación general reguladora de las prácticas   la  fecha  de  finalización  prevista  en  el  contrato,  o
                     de los estudiantes universitarios.        prórrogas necesarias para la ejecución de la obra o
                                                               servicio que ha dado lugar a dicho contrato.
               Artículo  26-  Derechos  de  propiedad  industrial  e
                                                               DISPOSICIÓN  TRANSITORIA  SEGUNDA:
               intelectual y confidencialidad
                                                               BECAS DE INVESTIGACIÓN EN VIGOR.
                                1.-  Derechos  de  propiedad  industrial  e
               intelectual                                     Aquellas becas de investigación que se encuentren
                                                               vigentes  a  la  entrada  en  vigor  del  presente
               Con relación a los derechos de propiedad industrial
                                                               Reglamento,  continuarán  vigentes,  en  los  mismos
               e  intelectual  sobre  los  resultados  que  se  pudieran
                                                               términos, hasta su finalización.
               generar durante el periodo de práctica formativa se
               estará  a  lo  establecido  en  la  Normativa  de  la   Posteriormente, en aquellos casos en que se desee
               Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  sobre   dar continuidad a la formación de una persona, el
               Derechos  de  Propiedad  Industrial  e  Intelectual  y   investigador  responsable  deberá  ajustarse  a  lo
               subsidiariamente  a  la  legislación  reguladora  de  la   dispuesto en este Reglamento.
               materia a nivel estatal.
                                                               DISPOSICIÓN DEROGATORIA
                               2.- Confidencialidad
                                                               Queda  derogada  la  Normativa  de  becas  de
               El  estudiante  se  compromete  a  mantener     investigación  de  la  UMH  asociadas  a  convenios,
               confidencialidad  sobre  la  información  a  la  que   contratos  y  proyectos  de  I+D,  aprobada  el  16  de
               pudiera  tener  acceso  durante  la  realización  de  la   marzo de 2002 por la Comisión Gestora; así como sus
               práctica formativa en el desempeño de su actividad   modificaciones  posteriores,  y  el  apartado  I.7  de  la
               en la Universidad.                              Normativa  Provisional  de  Gestión  Económico-
                                                               administrativa  de  Acuerdos  de  investigación  y
               Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en
                                                               Prestaciones de Servicio.
               vigor  durante  el  periodo  necesario  para  que  la
               Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la
               misma  de  acuerdo  a  lo  establecido   en
               contratos/convenios  suscritos  previamente  con
               terceros.

               En aquellos supuestos en los que la Universidad no

               hubiera   contraído   una    obligación   de
               confidencialidad  previa,  el  estudiante  en  práctica

               formativa  quedará  obligado  a  la  confidencialidad
               durante los dos años siguientes a la finalización de su
               vinculación con la Universidad.









                                                        2020                         257 | P á g i n a
   252   253   254   255   256   257   258   259   260   261   262