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normas  específicas  que  pudieran  resultarles  de   c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos de
               aplicación lo permitan.                         la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,  en  sus
                                                               órganos de gobierno y representación.
               Artículo 11. Modificaciones en los contratos.
                                                               d)  Ver  acreditada  su  condición  mediante  el  carné
               Con  carácter  general,  el  contrato  no  podrá  sufrir   universitario correspondiente.
               modificaciones en el número de horas semanales de
               trabajo ni en la contraprestación económica durante   e) Estar incluido en los programas que en materia de
               la vigencia del mismo.                          salud laboral y prevención de riesgos se lleven a cabo
                                                               desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
               Con carácter excepcional, por causas debidamente   de la Universidad
               motivadas, y, previo acuerdo con el trabajador, se
               podrá llevar a cabo la modificación del contrato.   f)  Hacer  uso  de  las  instalaciones  y  servicios
                                                               universitarios  en  condiciones  de  igualdad  con  el
               Artículo 12. Finalización del contrato.
                                                               resto de personal de la Universidad.
               El  contrato  finalizará  en  la  fecha  indicada  por  el
                                                               g)  Participar  en  las  convocatorias  de  ayudas  a  la
               Investigador  responsable  en  la  propuesta  de
                                                               investigación que, con carácter genérico, publique la
               contratación.  Si  la  obra  o  servicio  no  hubiera
                                                               Universidad.
               finalizado  en  esa  fecha  y  se  hiciera  necesario
               prorrogar  el  contrato,  el  investigador  principal   h) A la propiedad industrial e intelectual de acuerdo
               comunicará   al   Servicio   de   Personal   de   a lo previsto en el artículo 165 de este Reglamento.
               Administración y Servicios la necesidad de prórroga.
                                                               i) El resto de derechos mencionados en el artículo 14
               CAPITULO III.-DERECHOS Y DEBERES                de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
                                                               Tecnología y la Innovación, así como los previstos en
               Artículo  13.-  Deberes  del  investigador  responsable   las normas específicas que les pudieran resultar de
               de la actividad                                 aplicación.

               El  investigador  responsable  de  la  actividad  de   Artículo  15.-  Deberes  del  personal  investigador  y
               investigación  adoptará  las  medidas  necesarias  en   personal colaborador en tareas de investigación.
               orden al cumplimiento de las obligaciones generadas
               por  los  contratos  previstos  en  el  presente   Sin  perjuicio  de  los  deberes  establecidos  con
               reglamento.                                     carácter general por la normativa vigente aplicable,
                                                               y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación
               Artículo  14.-  Derechos  del  personal  investigador  y   jurídica, son deberes de este personal:
               personal colaborador en tareas de investigación.
                                                               a) Realizar las actividades previstas en sus programas
               Sin  perjuicio  de  los  derechos  establecidos  con   de  formación  y/o  especialización,  en  su  caso,  y
               carácter general por la normativa vigente aplicable,   cumplir los objetivos con aprovechamiento.
               y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación
               jurídica, son derechos de este personal:        b) Ajustarse al régimen interno o de funcionamiento
                                                               de  la  Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche,
               a) Estar integrado en los servicios, departamentos,   especialmente en cuanto a condiciones de trabajo y
               institutos, o aquellas otras estructuras creadas por la   normas de prevención de riesgos laborales.
               Universidad.
                                                               c) Observar confidencialidad con respecto a los datos
               b)  Obtener  la  colaboración  y  el  apoyo  necesarios   o  información  de  carácter  científico,  técnico  o
               para el desarrollo normal de sus tareas, facilitándole   comercial  a  los  cuales  pudiese  acceder  durante  el
               el acceso a las instalaciones y a la utilización de los   desarrollo  de  sus  actividades,  de  acuerdo  a  lo
               medios,  instrumentos  o  equipos  que  se  precisen   establecido en el artículo 16 de este Reglamento. El
               para el normal desarrollo de su actividad.      incumplimiento  de  esta  obligación,  así  como  la
                                                               utilización  indebida  de  la  información,  implicará

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