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1. Personal Investigador: exclusivamente carácter de personal
colaborador en tareas de investigación, lo
Investigador Sénior: que así se hará constar en la
debe poseer el correspondiente convocatoria
grado de doctor con
Artículo 5.- Retribuciones
una antigüedad
igual o superior a 4
1. En función de las categorías anteriormente
años.
referenciadas, se establecen las retribuciones que
Investigador Junior:
constan en el Anexo de este Reglamento.
debe poseer el
grado de doctor. CAPITULO II.-PROCEDIMIENTO DE
Investigador en
SELECCIÓN
Formación:
Licenciado, Art. 6. Propuesta de contratación
Ingeniero,
Arquitecto, El investigador responsable de una actividad de
Graduado, investigación que tenga prevista la contratación de
Diplomado o personal investigador o personal colaborador en
Ingeniero Técnico, o tareas de investigación propondrá dicha
equivalente, no contratación al Servicio de Personal de
doctor, que esté Administración y Servicios de la universidad y
inscrito en un adjuntará documento de reserva de crédito por
programa de importe igual al coste total del contrato propuesto,
Doctorado. así como propuesta de los miembros integrantes de
la comisión de selección prevista en el artículo 8 del
presente Reglamento.
El personal contratado conforme a
cualquiera de estas categorías tendrá Art. 7. Gestión de la convocatoria
exclusivamente carácter investigador, lo
1. El Servicio de Personal de Administración y
que así se hará constar en la
Servicios dará traslado de la propuesta de la
correspondiente convocatoria.
convocatoria al Vicerrector con competencias en
2. Personal colaborador en tareas de materia de investigación para que proceda, en su
investigación caso, a su autorización.
A continuación, confeccionará la correspondiente
1. Titulados superiores I: Licenciado,
convocatoria conforme a la propuesta formulada por
Ingeniero, Graduado con Máster, o
el investigador responsable, y procederá a darle el
titulaciones equivalentes a las
trámite correspondiente para la publicación.
anteriores.
2. Titulados superiores II: Graduado o 2. La publicación de la convocatoria se realizará en
equivalente los tablones oficiales de la Universidad y se remitirá
3. Titulados de grado medio: Diplomado o a la Dirección Territorial de Inserción Laboral para
equivalente que proceda a su difusión entre sus Oficinas.
4. Técnicos especialistas: bachiller o
equivalente 3. Los interesados que presenten instancias, deberán
5. Auxiliares: graduados en ESO acompañarlas del currículo, que contendrá la
documentación justificativa de todo lo expuesto en
el mismo. Las instancias podrán presentarse en el
El personal contratado conforme a Registro General o Registros Auxiliares de la
cualquiera de estas categorías tendrá Universidad, o por cualquiera de los medios
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