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baja en el inventario de la Universidad y los Las modificaciones de crédito se regirán, en cuanto
procedimientos de enajenación, de conformidad a las competencias para su aprobación, por lo
con lo establecido en la legislación de Contratación dispuesto en la legislación general, autonómica y
de las Administraciones Públicas. Dicho reglamento por las Normas de la propia Universidad, y en su
será autorizado por el Consejo Social. tramitación, por lo dispuesto por el Consejo Social.
5. Corresponde al secretario general y al Gerente, Artículo 125. La contratación
en nombre del Rector, la inscripción en los registros
públicos de los bienes y derechos cuya titularidad 1. El Rector es el órgano de contratación de la
ostente la Universidad. Universidad, estando facultado para realizar, en
nombre y representación de aquélla, los contratos
Artículo 123. El Presupuesto en que intervenga la Universidad, previa la
oportuna consignación presupuestaria.
1. La Universidad contará con un presupuesto
anual, único, público y equilibrado, que contendrá 2. Corresponde al Rector la aprobación de los
la totalidad de sus ingresos y gastos durante el año pliegos de condiciones administrativas, generales y
natural. particulares, que hayan de servir de base a cada
contrato, y la aprobación de los proyectos técnicos
2. El Gerente confeccionará el anteproyecto de
que eventualmente se incorporen.
presupuesto, con la metodología más adecuada
para reflejar los recursos y sus aplicaciones, en sus 3. Se informará al Consejo Social de la celebración
estados de Ingresos y Gastos. El Rector lo de los contratos:
presentará ante el Consejo de Gobierno y
a) Que tengan un plazo de ejecución superior a un
aprobado, en su caso, por éste, será propuesto al
año, o si comprometen fondos públicos de futuros
Consejo Social para su aprobación definitiva.
ejercicios presupuestarios.
3. Toda actividad que cuente con financiación
b) Que tengan por objeto la adquisición, por
afectada se contabilizará de forma separada, sin
procedimiento sin publicidad ni concurrencia, de
perjuicio de que deba consignarse en el
equipos necesarios para el desarrollo de la
presupuesto de la Universidad.
investigación cuya cuantía exceda del 5% del
4. Las Normas de gestión y ejecución del Capítulo II del Presupuesto de la Universidad.
Presupuesto se aprobarán conjuntamente con el
presupuesto anual, pudiendo ser objeto de 4. Se informará al Consejo Social, además, de todos
modificación durante el ejercicio. los acuerdos que adopten el Claustro y el Consejo
de Gobierno, así como de aquellas resoluciones del
5. La estructura Presupuestaria, en sentido amplio, Rector de los que se deriven obligaciones
estará en relación con la normativa autonómica en económicas.
la materia y contendrá el detalle de los Ingresos y
Gastos por conceptos, para proporcionar Artículo 126. La Cuenta General
información suficiente a los órganos de gestión y de
1. La Cuenta General anual es el documento que
control.
sirve para rendir cuentas de la ejecución del
6. En lo que corresponda a la programación presupuesto ante los órganos competentes y la
Comunidad Universitaria.
plurianual, se añadirá al presupuesto anual una
evaluación cuantitativa del cumplimiento del
2. La elaboración de la Cuenta General anual
correspondiente programa en el ejercicio anterior,
corresponde al Gerente, bajo la dirección del
así como de las modificaciones precisas para
Rector, que la someterá al Consejo de Gobierno, y
efectuar las correcciones que sean necesarias.
contendrá la liquidación presupuestaria, los estados
financieros anuales, y sus anexos. Aprobada por
Artículo 124. Modificaciones de crédito.
éste, será presentada al Consejo Social para su
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