Page 318 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
P. 318

Z


                          adjudicaciones, que serán tramitadas por los Servicios de Tramitación en el momento de
                          producirse.

                           2.  En  el  caso  de  expedientes  de  gastos  correspondientes  a  contratos  administrativos,
                          antes de efectuar el reconocimiento de la obligación, se deberá justificar por el contratista
                          el  cumplimiento  de  la  prestación  contractual,  debiendo  emitir  y  entregar  la
                          correspondiente factura que deberá cumplir los requisitos reglamentarios, y en la que se
                          hará constar adicionalmente el número de expediente asignado al contrato. Para aprobar,
                          en su caso, el reconocimiento de la obligación, se deberá tramitar la factura siguiendo el
                          procedimiento.

                           3.  Una  vez  aprobado  el  reconocimiento  de  la  obligación,  el  Servicio  de  Tramitación
                          expedirá un documento “O”.

                 4.  Pago.

                     1.   La  tramitación  del  pago  de  las  obligaciones  reconocidas  será  realizada  por  el
                     procedimiento general.


               Sin perjuicio de los criterios anteriores, se estará a lo establecido en el artículo 12 de las Normas de
               Ejecución y Funcionamiento del Presupuesto Vigente, en relación a la incorporación de los remanentes
               de créditos corrientes que no lleguen a fase “O” de Obligaciones Reconocidas a 31 de diciembre de
               2015.


               Sin perjuicio de la actualización con la aprobación de las Bases de Ejecución del Presupuesto Anual,
               corresponderán las funciones a realizar por los respectivos Servicios de Tramitación y Servicio Gestor
               de acuerdo a la siguiente relación:



                                                                SERVICIO GESTOR DE DOCUMENTOS
                      SERVICIO DE TRAMITACIÓN
                                                                          POSTERIORES (*)




                (*) El Servicio Gestor podría coincidir en Servicio de Tramitación, o Servicio con Competencias en Planificación Presupuestaria.

















               316 | P á g i n a               Presupuesto
   313   314   315   316   317   318   319   320   321   322   323