Page 276 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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c) En el caso de bienes inmuebles, cuando el indicando claramente la unidad adquirente,
Documento público en el que conste la ubicación del bien donde se debe efectuar el
adquisición por parte de la Universidad se Inventario, persona de contacto, número de
deposite en Secretaría General, el Secretario activos a inventariar y fecha de inicio de la
General ordenará que se incluyan los datos garantía. En caso de que no conste, se
correspondientes a dicho bien en el inventario, considerará la que figure en el acta de recepción.
remitiendo para ello copia de
documento público formalizado al Servicio de 8. Servicio de Gestión Presupuestaria y
Gestión Presupuestaria y Patrimonial. Patrimonial procederá a inventariar los bienes,
empleando el cuestionario correspondiente o
2. Las facturas detallarán los activos adquiridos medios que se habiliten, emitiendo el acta de
de forma individualizada, indicando el precio de inventario correspondiente, que remitirá a la
cada uno de los bienes. Si la factura no incluye unidad adquirente u órgano competente para
estos condicionantes, el desglose se realizará en su tramitación con todo el expediente de pago
un anexo. de factura.
3. Deberán tramitarse en facturas independie Artículo 15. Alquiler o leasing.
ntes los bienes inventariables de los bienes
fungibles y consumibles. 1. Tras la tramitación administrativa correspondiente
de disposición y autorización/reserva de crédito, y
4. Con carácter general, se incluirá el plazo de firmados los contratos pertinentes, se procederá
garantía establecido en la normativa vigente, de la misma forma que la descrita en la
excepto si se establece uno mayor en el propio adquisición de bienes y derechos por el
contrato o documento de adquisición. Este procedimiento de compra.
aspecto deberá ser comunicado al Servicio
de Gestión Presupuestaria y Patrimonial. 2. Por las condiciones específicas de estos tipos
Asimismo, se comunicará a esta Unidad la de contrato, será requisito indispensable
sustitución del bien inventariado durante el trasladar al Servicio de Gestión
plazo de garantía. Presupuestaria y Patrimonial copia del
contrato suscrito a fin de que consten los datos
5. Verificada la recepción del bien y comprobado de mantenimiento, de garantía, duración del
por el responsable de la unidad adquirente u contrato, e importe del bien, así como de las
órgano habilitado por la Mesa de Contratación o cuotas.
designado por la Ley de Contratos del Sector
Público que el mismo cumple las condiciones y 3. Previamente a
características solicitadas, así como su correcto la finalización del contrato, cuando el activo vaya
funcionamiento y la normativa vigente, la unidad a ser retirado de la Universidad, deberá:
u órgano formalizará el acta de recepción y a. Realizar la tramitación administrativa para su
conformidad general al funcionamiento y baja.
características de los bienes adquiridos.
b. Comunicar al Servicio de Gestión
6. En el supuesto de compras centralizadas, este Presupuestaria y Patrimonial dicha baja,
informe se formalizará desde el órgano o servicio indicando en este caso como motivo la
competente conforme a lo establecido en el finalización del contrato de
artículo 10 del presente Reglamento.
arrendamiento/leasing.
7. El responsable de la unidad adquirente u Artículo 16. Otras formas de uso o disfrute.
órgano competente remitirá copia de la factura y
acta de recepción al Servicio de Gestión 1. La incorporación de activos a la Universidad
Presupuestaria y Patrimonial, a efectos de que por cualquier otro título deberá estar
ésta proceda a emitir el acta de inventario, previamente autorizada por el
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