Page 271 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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TITULO PRELIMINAR                              actualización  permanente  y  se  regirá  por  lo
                                                               establecido en el presente Reglamento.
               Disposiciones Generales
                                                               Artículo 2. Definiciones.
               Artículo 1. Generalidades.
                                                               El   patrimonio   de   la   Universidad   estará
               1.  La  Universidad  Miguel  Hernández  establece    compuesto por los bienes de dominio público y
               un   inventario   de   bienes   y   derechos   con   las   por los bienes y derechos de dominio privado.
               siguientes finalidades:
                                                               Son  bienes  de  dominio  público  o  demaniales
               -  Identificar  el  patrimonio  de  la  Universidad  y   aquellos  de  los  que  sea  titular  la  Universidad,
               proteger y defender el mismo.                   que  estén  afectos  o  vayan  a  afectarse  al  uso
                                                               general o a la prestación del servicio público de
               - Registrar las inversiones realizadas y proceder a
               su amortización progresiva.                     la  Universidad,  tanto  docencia  e  investigación,
                                                               así  como  los  que  se  destinen  a  oficinas  o
               - Administrar y controlar la asignación de uso y   servicios administrativos de la misma.
               custodia de bienes y derechos a unidades.
                                                               Son  bienes  y  derechos  de  dominio  privado  o
               -  Gestionar  los  bienes  y  derechos  para  llevar  a   patrimonial  de  la  Universidad  aquellos  cuya
               cabo      el    control     de     garantías,   titularidad  le  pertenezca  y  no  tengan  la
               mantenimiento centralizado  y  previsiones  de   consideración de demaniales.
               inversión.
                                                               TITULO I. ALTA DE BIENES
               2.  El  inventario  de  bienes  y  derechos  de  la
               Universidad   Miguel   Hernández,   que   se    CAPITULO I. CRITERIOS DE INVENTARIO.
               gestionará  desde  el  Servicio  de  Gestión    Artículo 3. Criterio general
               Presupuestaria y Patrimonial, comprenderá todos
               los bienes y derechos que integran su patrimonio.   1.  Con  independencia  de  la  forma  de
               También  formarán  parte  del  inventario  aquellos   adquisición  y  procedencia  de  los  fondos,  se
               bienes  o  derechos  cedidos  a  un  tercero cuyo   inventariarán  todos  los  bienes  y  derechos  que
               dominio  o  disfrute  hubiera  de  revertir     integran  el  patrimonio  de  la  Universidad,  de
               transcurrido determinado plazo o al cumplirse o   conformidad  con  lo  establecido  en  el  presente
               no determinada condición.                       reglamento.

               3.  Todos  los  bienes  y  derechos  que  se  utilicen   2.  Los  activos  a  inventariar  deben  tener  un  val
               en  la  Universidad  Miguel  Hernández  quedarán   or   igual  o  superior  a  300,00,-   €,  IVA
               asignados,  a  efectos  de  gestión,  a  un  Centro,    incluido    salvo    que    concurran   razones
               Departamento,        Servicio,      Unidad,      estratégicas,  por  tratarse  de  un  activo  de
               Facultad,              Escuela             o    adquisición  dificultosa,  su  pérdida  impida  el
               Instituto,  con  independencia  del  procedimient  funcionamiento  de  otros  activos,  en  el  caso  de
               o  de  adquisición  y  procedencia  de  los  fondos.   adquisiciones efectuadas con cargo a proyectos
               Será el responsable de cada uno de ellos el que   de   investigación   que   deban   quedar
               frente  a  la  Universidad  garantice  la  custodia  y   incorporadas  en  el  Inventario,  por  mandato  del
               buen  uso  de  los  bienes  que  le  hayan  sido   órgano  financiador  o  cuando  se  solicite
               asignados.  En  el  supuesto  de  edificios,  el   motivadamente  por  el  responsable  del  activo,
               Consejo de Gobierno de la Universidad designará al   en  cuyo  caso  serán  inventariados  aunque  su
               órgano  unipersonal  encargado  de  la  gestión del   valor no supere la citada cuantía.
               uso de los mismos.
                                                               3. Serán inventariables aquellos bienes muebles
               4.  El  inventario  del  patrimonio  de  la  Universid  que cumplan los dos requisitos siguientes:
               ad  Miguel  Hernández  de  Elche  será  objeto  de
                                                                     Que no sea fungible: vida útil superior a
                                                                      un año y no se consuma por el uso.


                                                         2017                    271 | P á g i n a
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