Page 266 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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procedimiento sin publicidad ni concurrencia, crédito. Aquellas operaciones que superen el
de equipos necesarios para el desarrollo de la periodo de vigencia del presupuesto anual
investigación cuya cuantía exceda del 5% del deberán contar con el informe favorable del
Capítulo II del Presupuesto de la Universidad. Consejo Social y serán finalmente aprobadas
por la Generalitat Valenciana.
4. Se informará al Consejo Social además, de
todos los acuerdos que adopten el Claustro y Artículo 129. Las entidades Instrumentales
el Consejo de Gobierno, así como de aquellas
resoluciones del Rector de los que se deriven 1. La Universidad podrá crear, por sí sola o en
obligaciones económicas. colaboración con otras entidades, cualquier
clase de personas jurídicas de acuerdo con la
Artículo 126. La Cuenta General legislación general aplicable. Su aprobación
competerá al Consejo Social a propuesta del
1. La Cuenta General anual es el documento Consejo de Gobierno.
que sirve para rendir cuentas de la ejecución
del presupuesto ante los órganos competentes 2. La dotación fundacional o la aportación al
y la Comunidad Universitaria. capital social a las entidades anteriores se
ajustará a las normas que, a tal fin, establezca
2. La elaboración de la Cuenta General anual la Comunidad Autónoma.
corresponde al Gerente, bajo la dirección del
Rector, que la someterá al Consejo de 3. Las entidades en las que la Universidad
Gobierno, y contendrá la liquidación tenga participación mayoritaria en su capital, o
presupuestaria, los estados financieros anuales, fondo patrimonial equivalente, estarán
y sus anexos. Aprobada por éste, será sometidas a la obligación de rendir cuentas en
presentada al Consejo Social para su los mismos plazos y procedimientos que la
aprobación definitiva, y posteriormente se hará Universidad.
pública.
Artículo 130. Criterios para la dotación
3. Las Universidades están obligadas a rendir fundacional o aportaciones al capital social
cuentas ante el órgano de fiscalización de de las entidades instrumentales.
cuentas de la Comunidad Autónoma, al que
serán remitidas por conducto de la Generalitat 1. La dotación fundacional o aportación al
Valenciana. capital social de entidades que la Universidad
cree al amparo del artículo 84 de la LOU estará
Artículo 127. Control Interno sometida a los siguientes criterios:
1. La Universidad asegurará el control interno a. Tendrá asignada dotación específica en los
de la gestión económico-financiera de acuerdo presupuestos de la Universidad.
a los principios de legalidad, eficacia y
eficiencia. A tal efecto, podrá constituirse una b. Será proporcionada a la viabilidad estimada
unidad administrativa dotada de autonomía de la consecución de los objetivos académicos,
suficiente para garantizar el ejercicio de los sociales y económicos de la entidad.
pertinentes controles y evaluaciones.
c. No podrán aportarse bienes de dominio
2. El Consejo de Gobierno aprobará los público universitario, más que en régimen de
procedimientos adecuados para la auditoría concesión o cesión de uso, estableciéndose en
interna de la UMH, a cargo del el acuerdo fundacional su duración y retorno a
correspondiente órgano de Control Interno. la Universidad.
Artículo 128. Operaciones de crédito. d. Se remitirá al Consejo Social para su
aprobación el previo informe o memoria
El Rector, previa autorización del Consejo de económica que justifique la idoneidad de la
Gobierno, podrá concertar operaciones de medida.
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