Page 154 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
P. 154
ARTÍCULO 56.Gastos Diversos la cuenta de cargo de entre todas las que
fuera titular la Universidad.
Comprenderán aquellos conceptos no
incluidos en los apartados anteriores y que
requieran su pago al contado, tales como
pequeñas compras de materiales (eléctrico,
técnico etc.) y otros, como los protocolarios y Artículo 60. Formalización
de representación. Desde el Servicio de Información Contable y
Gestión Económica y Financiera, (en adelante
ARTÍCULO 57. Cheques SICGEF), se realizarán los trámites
conducentes a la generación y activación de
Los Cheques no cobrados, cuya fecha de las tarjetas asignadas.
emisión sea anterior al 01 de enero del Este Servicio, asimismo, será el encargado de
ejercicio económico anterior, serán anulados velar por el mantenimiento, actualización o
durante el primer trimestre del ejercicio cancelación de los contratos
económico en curso. Posteriormente, deberá correspondientes, en virtud de la variación de
procederse a la regularización de la Caja Fija. las circunstancias existentes en el momento
de la designación.
Con cargo a la cuenta de caja fija podrá
solicitarse a la Entidad Financiera la emisión
de cheques en moneda extranjera, siempre Artículo 61. Naturaleza y cuantía de los
que sea para el pago de alguno de los gastos.
Son susceptibles de atenderse por este
conceptos anteriores y con los límites procedimiento todos los gastos que tuvieran
indicados en esta normativa (operaciones
corrientes inferiores a 1.500 euros y gastos cabida en los créditos presupuestarios de las
que podrían considerarse de inversión, diferentes Unidades Orgánicas, según la
Resolución Rectoral de Responsables de las
inferiores a 300 euros.
mismas.
Capítulo III: “Pagos con Tarjetas”. Se excluyen expresamente aquellos que por
su cuantía excedan de los 1.500 euros
Artículo 58. Objeto (impuestos incluidos), debiéndose evitar el
El presente Capítulo tiene como objeto fraccionamiento del gasto.
regular el procedimiento para la atención
inmediata de gastos presupuestarios Artículo 62. Medio de pago.
mediante el uso de tarjetas de crédito, débito Deben atenderse los gastos siempre con la
o prepago, por parte de determinados opción de pago con tarjeta, bien
responsables de centros de gasto, y el modo presencialmente, bien a través de medios
en que estos gastos deben ser tramitados electrónicos.
para su imputación contable en el aplicativo Está obligado a solicitar factura por cada una
Universitas XXI-Económico. de las transacciones y a conservarlas junto con
los justificantes de pago correspondientes, a
Artículo 59. Usuarios Responsables los efectos de su posterior incorporación al
Desde la Gerencia, con el conocimiento del sistema contable.
Vicerrector de Economía y Empresa, se
designarán los titulares de tarjetas, Artículo 63. Procedimiento contable.
especificándose la entidad financiera y el tipo
de tarjeta a emitir, así como, en su caso, el A) Tarjetas de crédito y débito.
crédito o cantidad disponible por recarga,
según se trate de tarjeta de crédito o tarjeta -Según vayan atendiéndose gastos,
prepago. deberán registrarse los oportunos
En el caso de tarjeta de débito deberá justificantes en el aplicativo Universitas
indicarse, para esa entidad financiera, cuál es XXI-Económico, especificando en la
descripción de que se trata de un gasto
154 | P á g i n a Presupuesto