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CUADERNO DE VERANO POSTC 2021


        quien el procesado obligó a introducirle el pene en
        su ano, tocándole en sus partes genitales, c) Jose
        María efectuó los mismos actos que se narran en el
        apartado a) con elmenor Gabriel . en una habita-
        ción que el procesado tiene en el bajo de su casa, d)
        Jorge , nacido el 11 de agosto de 1949, en la cocina
        de un bar en el que servía, ha llevado a efecto con
        el menor Gabriel  idénticos actos, dejándose mas-
        turbar por el mismo, dejándole dinero por ello”.

           De todo este elenco de conductas lo más esencial
        es la potencialidad corruptora: “hay puntos de espe-
        cial sensibilidad que por ser más vulnerables de-
        ben ser los más especialmente protegidos para evi-
        tar que a través de ellos se produzca la corrupción
        social, que es lo que ocurre en el caso de autos”.

           Y,  en  fin,  esa  misma  jurisprudencia  se  convierte
        en coadyuvante del mantenimiento de esa morali-
        dad pasando llevando a cabo interpretaciones desa-
        foradas del tipo, como en el caso de Cosme y Carlos.
        La STS de  23/09/1971 bendice estas conductas de
        pura jauría humana, en la que es el grupo social el
        que va “buscando” donde se halle el escándalo para
        denunciarlo.  Carlos y Cosme se escondieron en una
        casa ruinosa propiedad de aquél. Se cerraron den-
        tro de la misma. Los resultandos de la sentencia les
        estigmatizan. Son “conocidos invertidos”. Realmente
        este etiquetaje hace que porten con ellos el escán-
        dalo. La comunidad confiere a ese hecho una tras-
        cendencia que deviene en típica penalmente. Uno
        de sus miembros avisa a un policía, que  al advertir
        esa entrada en su propia vivienda los sorprende. Hay
        unas  cuarenta personas fuera. Aquello que se hace
        de forma absolutamente clandestina y buscando la
        privacidad, y que de hecho se desarrolla en un recin-
        to privado, ha trascendido. La comunidad y la fuerza
        policial se han ocupado de que concurriera esa tras-
        cendencia y la interpretación judicial ha cumplido
        su misión de cubrirnos del escándalo y de su poten-
        cia corruptora.

           Condenados a arresto, multados, suspendidos de
        varios derechos, quizás sometidos en otro expedien-
        te a no se sabe que medidas de seguridad, Cosme y
        Carlos representan la tragedia de cientos de desvia-
        dos de la ortodoxia moral. El Derecho Penal cumplió
        así una función tranquilizadora de los buenos ciu-
        dadanos que hostigaron en las puertas de su casa a
        nuestros dos desdichados protagonistas, y cumplió
        su función de intimidar y marginalizar a los que no
        podían ser encuadrados en el recato propio de esa
        sociedad anestesiada, que como decía la sentencia,
        no podía ocultar su  “repulsa y conmoción” ante la
        idea de que dos hombres se abrazasen y besasen.






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