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trabajan de la mano en la evaluación y supervisión de estas actividades de la investigación, así como en
el asesoramiento al personal investigador y al estudiantado sobre estos aspectos.
De modo genérico podemos afirmar que el proceso de evaluación se realiza teniendo en cuenta los
tres principios de la bioética, extrapolables a todos los ámbitos de la ciencia y, por supuesto, los dere-
chos humanos. Los dos primeros principios de la bioética son el principio de no maleficencia (no hacer
el mal) y el principio de beneficencia (hacer el bien). Toda actividad de investigación debe balancear los
riesgos y los beneficios, siendo siempre superiores los beneficios. Es importante destacar que cuando
hablamos de riesgos no nos referimos exclusivamente a un riesgo físico, deben tenerse en cuenta to-
dos los derechos de las personas y minimizar el riesgo de vulneración de los mismos. Es decir, además
del derecho a la vida y la integridad física, psíquica y moral, se deben tener en cuenta, entre otros, el
derecho a la no discriminación o el derecho a la libertad. Y relacionado con este derecho a la libertad
encontramos el tercer principio de la bioética: el principio de autonomía (que obliga a respetar la libertad
de decisión de cualquier participante en un estudio de investigación).
Hemos dicho que los principios de la bioética son extrapolables a todos los ámbitos de la ciencia,
aunque es necesario concretar que esta afirmación hace referencia a los dos primeros: no maleficencia
y beneficencia. Sean animales, plantas, microorganismos o circuitos electrónicos, por poner un ejemplo
inanimado, debemos tener siempre en cuenta estos principios. Cualquier actividad, aunque no haya
seres vivos objeto de estudio, puede suponer un riesgo para las personas que la desarrollan, para otras
personas del entorno y/o para el medio ambiente. No hay nada más ético que proteger la seguridad y
salud y, en última instancia, el mundo en el que vivimos. Además, y por seguir con el ejemplo anterior,
la elaboración de un circuito electrónico podría tener también implicaciones éticas dependiendo del uso
que se le fuera a dar o de qué personas fueran a beneficiarse de ese avance científico.
Además de la obtención del COIR, para llevar a cabo un actividad de investigación el/la estudiante
del TFM debe conocer el Código de Buenas Prácticas Científicas (CBPC) de la UMH: Esté código de
conducta engloba un conjunto de indicaciones sobre la práctica de la actividad científica, destinados a
favorecer la calidad de la investigación realizada y a prevenir problemas de integridad en el comporta-
miento de los científicos, del personal investigador en formación y de los estudiantes que participan en
actividades de investigación.
Desde un punto de vista práctico, no todas las actividades de TFG/TFM se consideran actividades
de investigación por lo que las implicaciones ético-legales pueden ser desde nulas a complejas.
En resumen, un/a estudiante de Trabajo de Fin de Máster que vaya a realizar una actividad de inves-
tigación debería cumplir los siguientes requisitos:
● Conocer el CBPC: https://oir.umh.es/codigo-de-buenas-practicas-cientificas/
● Obtener el COIR para TFM: https://oir.umh.es/tfg-tfm/
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