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3. A la vista de los informes, el Servicio de la/as contraparte/es la firma del convenio por
Modernización y Coordinación Administrativa medios electrónicos. En caso de que se
remitirá al proponente los mismos, requiera realizar una firma pública del
comunicándole que, en caso de existir defectos convenio, se firmará manualmente otra copia,
de forma o fondo y recomendaciones para la en el acto que se organice a tal efecto, para
mejora del texto o problemas de legalidad, escenificar el acuerdo. A todos los efectos se
dispone de un plazo máximo de dos meses para considerará como original el documento
subsanar la falta o acompañar los documentos firmado electrónicamente.
preceptivos, con indicación de que, si así no lo
2. Cuando no sea posible realizar la firma
hiciera, se le tendrá por desistido de su
electrónica, el órgano proponente se encargará
solicitud de tramitación del convenio. Cuando
de gestionar la firma manual del convenio por
el informe jurídico sea favorable, el Servicio de
todas las partes (rubricado en todas sus
Modernización y Coordinación Administrativa
páginas) y remitirlo, en el plazo máximo de 1
solicitará al Rector la aprobación del convenio
mes, al Servicio de Modernización y
y después indicará al proponente que puede
Coordinación Administrativa para su
proceder a circular el texto del convenio entre
digitalización y registro. Se digitalizará el
los miembros del Consejo de Dirección.
documento en papel firmado para su archivo
Artículo 7. Aprobación por Consejo de como copia electrónica auténtica del
Gobierno y Consejo Social. documento original del convenio.
1. Los convenios que por aplicación de la
normativa vigente o por su especial 3. Una vez el documento esté firmado por
transcendencia deban someterse a la todas las partes, el Servicio de Modernización y
aprobación del Consejo de Gobierno, lo harán Coordinación Administrativa realizará el
con carácter previo a su firma. registro del convenio, el archivo del mismo y su
publicación.
2. Los convenios de contenido económico
superior a 100.000 euros deberán ser En la inscripción de cada convenio se
previamente aprobados por el Consejo Social, incorporarán los datos siguientes:
de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.l) de
a) El número de registro del convenio.
la Ley 7/2024, de 30 de diciembre, de la
b) El título del convenio.
Generalitat Valenciana, reguladora de los
c) El tipo de convenio.
Consejos Sociales de las Universidades Públicas
d) La fecha de suscripción.
Valencianas, que modifica la Ley 2/2003, de 28
e) Las partes que lo suscriben.
de enero.
f) El objeto del convenio.
3. El órgano proponente remitirá al Servicio de g) La financiación, en el supuesto de que
Modernización y Coordinación Administrativa del convenio se deriven obligaciones y/o
el acuerdo donde conste la aprobación del derechos económicos para las partes.
convenio por el Consejo correspondiente. h) La constitución, en su caso, de un
Artículo 8. Firma y Registro. órgano mixto de seguimiento y control de las
1. Cumplidos los trámites anteriores, el Servicio actuaciones que se acuerde desarrollar.
de Modernización y Coordinación i) La fecha del inicio de la eficacia y el
Administrativa llevará a cabo las actuaciones plazo de vigencia del convenio.
necesarias para recabar del proponente y de j) La fecha y los motivos de extinción.
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