Page 202 - 2025 TOMO II
P. 202

extensión de la protección de la patente, o cuando no   13.1 Se entiende por diseño industrial la apariencia
               se hayan pronunciado expresamente al respecto con   externa  de  un  producto  que  se  deriva  de  líneas,
               un mes de antelación a la fecha de vencimiento del   contornos, colores, forma, textura, materiales y/o su
               periodo  de  prioridad  de  la  patente  española,  el   ornamentación.
               Servicio  de  Transferencia  del  Conocimiento  dará   13.2  Con  relación  a  la  protección  y  extensión  del
               traslado de esta circunstancia a la Comisión junto con   diseño  industrial  se  estará  a  lo  establecido  en  el
               un Informe Potencial de mercado para que, en todo   Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento
               caso,  se  pronuncie  sobre  la  conveniencia  de  la   interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo
               extensión.                                      4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.
               11.5  El  acuerdo  de  la  Comisión  será  notificada  al   13.3  El  Servicio  de  Transferencia  del  Conocimiento
               investigador  responsable  a  través  del  Servicio  de   llevará  un  registro  de  los  diseños  industriales
               Transferencia del Conocimiento.                 solicitados bajo titularidad de la UMH y comunicará al
               11.6 La entrada en fases nacionales a la finalización   Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial los
               del  procedimiento  de  extensión  internacional   registros solicitados a los efectos de su inclusión en el
               quedará  condicionada  a  la  existencia  efectiva  de   patrimonio  de  la  Universidad  como  inmovilizado
               acuerdos  de  explotación  con  empresas  o  a  la   inmaterial
               posibilidad  real  de  suscribir  un  contrato  de
               explotación con una empresa que financie los gastos   Capítulo 7: Programas de Ordenador
               que dicha gestión pueda ocasionar.
                                                               Artículo 14.‐ Concepto y Procedimiento Protección de
               Capítulo 5: Topografía de semiconductores       los programas
                                                               14.1 A efectos de la presente normativa se entiende
               Artículo 12: Concepto y procedimiento de protección    por  programa  de  ordenador  toda  secuencia  de
               12.1 Se entiende por topografía de semiconductores   instrucciones  o  indicaciones  destinadas  a  ser
               una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere   utilizadas,  directa  o  indirectamente,  en  un  sistema
               la manera en que estén fijadas o codificadas:   informático para realizar una función o una tarea o
                   a) que representen la estructura tridimensional   para  obtener un  resultado determinado, cualquiera
                   de  las  capas  que  componen  el  producto   que fuere su forma de expresión y fijación. Quedan
                   semiconductor,                              incluidos  dentro  del  programa  de  ordenador  la
                   b) en la cual cada imagen tenga la estructura o   documentación preparatoria, técnica y los manuales
                   parte de la estructura de una de las superficies   de uso.
                   del  producto  semiconductor  en  cualquiera  de   14.2 Una vez seguido el procedimiento descrito en el
                   sus fases de fabricación.                   artículo 8, en el caso de que apruebe la inscripción de
               12.2 Para llevar a cabo la protección de una topografía   una obra o un programa de ordenador en el Registro
               de semiconductores se estará a lo establecido en el   de la Propiedad Intelectual, serán los autores quienes
               Capítulo 3 de la presente normativa “Procedimiento   lo presente ante el mencionado registro, trasladando
               interno” y, en lo que resulte de aplicación, al Capítulo   posteriormente  el  expediente  al  Servicio  de
               4 correspondiente a Patentes y Modelos de Utilidad.    Transferencia del Conocimiento.
               12.3 El SGI llevará un registro de las topografías de   14.3  En  los  programas  de  ordenador,  con
               semiconductores  solicitadas  bajo  titularidad  de  la   independencia  de  que  se  registren  o  no,  se  hará
               UMH  y  comunicará  al  Servicio  de  Gestión   constar  en  la  primera  pantalla  o  primera  página  lo
               Presupuestaria y Patrimonial los registros solicitados   siguiente:
               a los efectos de su inclusión en el patrimonio de la   Copyright <año> UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ
               Universidad como inmovilizado inmaterial        DE ELCHE. Todos los derechos reservados
                                                               14.4  El  Servicio  de  Transferencia  del  Conocimiento
               Capítulo 6: Diseños Industriales                llevará  un  registro  de  los  programas  de  ordenador
                                                               solicitados bajo titularidad de la UMH y comunicará al
               Artículo 13.‐ Concepto y procedimiento de protección    Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial los


               202 | Página                         Presupuesto
   197   198   199   200   201   202   203   204   205   206   207