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de Transferencia del Conocimiento lo incorporará en   remitida  al  Servicio  de  Transferencia  del
               la Cartera de resultados que figura en su página web   Conocimiento.
               institucional con el objeto de garantizar una difusión   ‐ 10% para los departamentos/institutos a los que
               previa adecuada del mismo.                         pertenezcan   los   inventores/autores,   en
               20.2   El   Servicio   de   Transferencia   del    proporción a la participación de éstos.
               Conocimiento podrá recurrir a profesionales externos   ‐ 20% Universidad
               para  realizar  las  actuaciones  de  promoción  y
               comercialización  de  los  resultados  de  la  UMH.  Esta   21.3  Cuando,  en  aplicación  de  lo  dispuesto  en  un
               colaboración   se   regulará   mediante   los   contrato o convenio de investigación, la Universidad
               correspondientes acuerdos.                      perciba una compensación económica procedente de
               20.3   Cualquier  resultado  con  anterioridad  a  ser   la explotación de resultados de los que no es titular,
               transferido tendrá que contar con una declaración del   la  distribución  de  estos  beneficios  se  realizará
               Vicerrector  con  competencias  en  Transferencia  de   aplicando los porcentajes establecidos en el apartado
               Conocimiento,  de  que  el  resultado  no  es  necesario   anterior.   Para   llevar   a   cabo   el   reparto
               para  la  defensa  o  mejor  protección  del  interés   correspondiente al 70% entre los inventores/autores
               público, en virtud del artículo 55 de la Ley 2/2011 de   se  estará  a  lo  acordado  en  la  distribución  interna
               Economía Sostenible.                            suscrita entre ellos.
               20.4   El   Servicio   de   Transferencia   del
               Conocimiento  en  colaboración  con  el  investigador   TITULO   III:   DE   LOS   ACUERDOS   DE
               responsable, será el servicio encargado de negociar   CONFIDENCIALIDAD
               con la empresa interesada la licencia de los derechos
               de explotación de los resultados de investigación.    Artículo 22.‐ Acuerdo
               20.5   El  contrato  de  licencia  de  explotación   Los  acuerdos  de  confidencialidad  a  suscribir  con
               definitivo  será  sometido  a  la  aprobación  de  la   terceros  serán  firmados,  preferentemente,  por  los
               Comisión  en  materia  de  Propiedad  Industrial  e   miembros  de  la  comunidad  universitaria  con
               Intelectual.                                    vinculación funcionarial o contractual, obligándose a
               20.6    Este  artículo  no  será  de  aplicación  a  los   este respecto a título personal.
               contratos  de  licencia  suscritos  para  la  creación  de
               empresas de base tecnológica de la UMH.         Con la finalidad de que dichos acuerdos contengan la
                                                               información  mínima  necesaria,  el  Servicio  de
               Artículo  21.‐  Distribución  de  los  ingresos  obtenidos   Transferencia del Conocimiento facilitará los modelos
               por la explotación de los resultados            para su suscripción.
               21.1 Los ingresos obtenidos como consecuencia de los
               contratos  de  explotación  de  los  resultados  de   DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA
               investigación  que  correspondan  a  la  UMH    En  aquellas  cuestiones  no  reguladas  en  la presente
               compensarán en primer lugar los gastos en los que   normativa, se estará a lo dispuesto en la normativa
               haya  incurrido  la  Universidad  asociados  a  la   vigente  reguladora  de  la  materia  objeto  de  la
               protección de los resultados.                   presente normativa.
               21.2 La diferencia entre los ingresos recibidos y los
               gastos  incurridos  serán  considerados  como  los   DISPOSICIÓN DEROGATORIA
               beneficios  generados  como  consecuencia  del   Queda derogada la Normativa sobre los derechos de
               contrato  de  explotación  del  resultado  suscrito  y  se   propiedad  industrial  e  intelectual  de  la  UMH,
               distribuirán mediante el siguiente reparto:     aprobada el 1 de diciembre de 2010 por el Consejo de
                  ‐ 70% entre los inventores/autores del resultado,   Gobierno de la UMH.
                  repartido  de  acuerdo  al  porcentaje  de
                  participación que le corresponde a cada inventor
                  según  consta  en  la  Comunicación  de  resultados



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